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288 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 015 publicado en el diario o fi cial El Peruano el 3 de diciembre de 2025, se derogó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado con Decreto de Alcaldía N° 009 publicado en el diario o fi cial El Peruano el 3 de noviembre de 2014, encargándose a la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas, proceder con la actualización y correspondiente elaboración del nuevo TUSNE; Que, mediante Memorando N° D000887-2025-MML- OGPF, la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas remite el Informe N° D001876-2025-OGPF-OPMGF de la O fi cina Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera, a través del cual propone la aprobación de un nuevo TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima, señalando lo siguiente: “(…) 3.3 Referente a la propuesta de un nuevo TUSNE de la MML 3.3.1 Cabe señalar que esta O fi cina mediante los Memorandos Circulares N° D000071-2025-MMLOGPF- OPMGF; N° D000072-2025-MML-OGPF-OPMGF y el Ofi cio N° D000105-2025-MMLOGPF-OPMGF, informo a los órganos de línea que compilan sus servicios no exclusivos en el TUSNE de la MML, que revisen sus servicios no exclusivos, a razón que se elaborará un nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE). 3.3.2 Al respecto, se ha revisado y evaluado (09) nueve propuestas TUSNE de las siguientes unidades de organización de la MML, que conforme a sus funciones y atribuciones requieren eliminar, modi fi car e incorporar, sus servicios no exclusivos: 1. La Gerencia de Desarrollo Urbano Con memorando N° D000595-2025-MML-GDU, propone la actualización del servicio no exclusivo denominado “veri fi cación técnica”, siendo, así que con el Informe N° D000024-2025-MML-GDU-SPHU- FMC, se indica que la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas y la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas, a través del Memorando N° D000277- 2025-MML-GDU-SPHU y el Memorando N° D000259-2025-MML-GDU-SAU, respectivamente; procedieron a remitir sus propuestas para la actualización del TUSNE; enmarcándose conforme al artículo 12 del Reglamento de Veri fi cación Administrativa y Técnica aprobado con Decreto Supremo N° 002-2017-VIVIENDA que dispuso que la Veri fi cación Técnica es un servicio no exclusivo. Y dentro del tope establecido para cada Categoría de Inspector Municipal de Obra, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 118-2017-VIVIENDA. Este servicio denominado “Veri fi cación Técnica” se clasi fi ca según: i) el tipo de modalidad A, B, C y D; y ii) el tipo de categoría que pertenece los procedimientos de licencia de edi fi caciones y habilitaciones urbanas. Como propuesta se encuentran enumerado de la siguiente manera: - Del 1 al 4, correspondientes a la categoría 1, 2, 3 y 4 según corresponda de la licencia de edi fi cación en la modalidad A, B, C y D. - Del 05 al 08, correspondientes a la categoría 2, 3 o 4 según corresponda de la licencia de habilitaciones urbanas en la modalidad A, B, C y D. (…) 2. La Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres Con memorando N° D001049-2025-MML-GGRD, propone actualizar los servicios no exclusivos referidos a módulos de talleres, cursos de gestión de riesgo de desastres y constancias, para que se compendie en el TUSNE de la MML. Además, con el Informe N° D000868-2025-MML- GGRD-SDCPRR de la Subgerencia de Defensa Civil, Prevención y Reconstrucción, señala que la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece que las entidades deben mantener debidamente informadas a todas las personas naturales y jurídicas sobre las condiciones de riesgo. Es por ello, que la GGRD, brinda capacitación en Gestión del Riesgo de Desastres, que comprende 10 servicios no exclusivos (07 referido a talleres y 03 al documento probatorio de los talleres… (…)3. La Gerencia de Desarrollo Económico Con memorando N° D000417-2025-MML-GDE, propone eliminar, modi fi car e incorporar sus servicios no exclusivos para compilar en el nuevo Texto Único de Servicio No Exclusivo – TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Considerando ello, la GDE a través de la Subgerencia de Turismo con Informe N° D000247- 2025-MML-GDE-ST, propone eliminar el certi fi cado de talleres, debido que no cuentan con competencia para emitir certi fi caciones académicas con valor o fi cial, y que ello, corresponde a instituciones educativas acreditadas. Asimismo, sustenta la necesidad de incorporar el servicio de emisión de “Constancias de Participación de las capacitaciones en materia de Turismo”, señalando que la emisión de una constancia acreditaría de manera su fi ciente la asistencia o participación en las capacitaciones, que brinda en materia de turismo. En adición a ello, la propuesta de la Subgerencia de Licencias y Promoción con Informe N° D000274-2025-MML-GDE-SLP, propone no mantener estos 02 servicios denominados: “Curso de Capacitación en Talleres Productivos” y “Constancia de Participación”. Dicha propuesta conforme a lo sustentada en el Informe N° D000269-2025-MML-GDE-SLP-DMA del Departamento de Microempresa y Artesanía, en el cual cita que estos talleres productivos son actividades presupuestadas. Asimismo, con Informe N° D000405-2025-MML- GDE-SLP-DAMM, el Departamento de Administración de Mercados Municipales informa que a la fecha la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de la Gerencia de Desarrollo Económico, solo administra dos mercados municipales: Gran Marisca Ramón Castilla y Unidad Vecinal N° 03, por lo que propone eliminar del servicio denominado “Uso de espacios dentro de los mercados municipales para realizar actividades de degustación, promoción y marketing”, lo referido al Mercado Municipal Minorista N° 01 y Mercado Municipal 03 de Febrero. (…) 4. La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental Con memorandos N° D000705-2025-MML-GSCGA y N° D000706-2025-MML-GSCGA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental e Informes N° D001619-2025-MMLGSCGA-SSC y D001620-2025-MML-GSCGA-SSC la Subgerencia de Servicios a la Ciudad, propone y sustenta actualizar (02) servicios no exclusivos referidos a: N°Denominación de los servicios no exclusivosAcciones propuestas 1Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos de la Construcción y Demolición de Obras Menores, con un costo por m3 de 39.90 soles.En comparación con el TUSNE vigente, se actualiza la estructura de costos del servicio, pasando de S/ 30.70 a S/ 39.90 soles el metro cúbico. Que se sustenta con Informe N° D001942-2025-MML-GSCGA-SSC-DSLP de la División de Supervisión de Limpieza Pública de la Subgerencia de Servicios a la Ciudad 2Servicio de barrido, lavado, recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos municipales para eventos deportivos o no deportivos en la jurisdicción del Cercado de Lima, con un costo por Km-L de 175.10 soles; m2 de 0.30 soles y por tonelada de 226.50 solesEn comparación con el TUSNE vigente, se actualizado la estructura de costos del servicio, pasado de: - S/ 118.40 a S/ 175.18 por kilómetros lineales. Se redondea a un decimal. - S/ 147.50 a S/ 226.50 por tonelada. Que se sustenta con Informe N° D001938-2025-MML-GSCGA-SSC-DSLP de la División de Supervisión de Limpieza Pública de la Subgerencia de Servicios a la Ciudad. Además, de ello, se ha revisado de los Informe N° 1938-2025-MML-GSCGA-SSC-DSLP y N° 1942-2025-MML-GSCGA-SSC-DSLP de la División de Supervisión de Limpieza Pública, que se ha sustentado que para brindar ambos servicios y brindar estas alternativas para los ciudadanos, han elaborado una estructura de costos para determinar el monto a cobrar por el servicio y el estudio de mercado en relación con otras entidades que brindan el servicio.