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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (20/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Sábado 20 de diciembre de 2025 El Peruano / Es así, que conforme a la información remitida por la Gerencia de Administración y Finanzas según Memorandum Nº 920-2025-GAF/MDCH, se puede observar que sobre el total de los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, el nivel de ejecución alcanza el 112.97% de los costos aprobados en la Ordenanza Nº 509-2024-MDCH, de los cuales cada servicio representa lo siguiente: Barrido de Calles asciende a 104.96%, Recolección de Residuos Sólidos asciende a 114.74%, Parques y Jardines Públicos asciende a 113.62% y Serenazgo asciende a 111.65%, lo que con fi rma que los recursos fi nancieros empleados por la actual gestión han sido ejecutados con responsabilidad y efi ciencia para el sostenimiento y mejoramiento de los servicios púbicos que viene brindando la Municipalidad de Chaclacayo, situación que permitirá alcanzar y, eventualmente, superar los niveles de prestación de los servicios públicos señalados. Señalar, que los montos ejecutados en exceso de los costos del año 2025, será asumidos íntegramente por la Municipalidad de Chaclacayo. III. APROBACIÓN DE COSTOS ANUALES DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2026 A continuación, se muestra la determinación de los costos de los Arbitrios Municipales del año 2026, establecidos a partir de la Ordenanza Nº 509-2024-MDCH, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 417 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ambas publicadas en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 06 de diciembre de 2024, reajustándolas con la variación acumulada del Índice de Precio al Consumidor de Lima Metropolitana al mes de agosto de 2025, la misma que asciende a 1.24% de conformidad a la Resolución Jefatural Nº 196-2025-INEI, publicada en el Diario O fi cial El Peruano en fecha 01 de setiembre de 2025. Costo Total de Arbitrios Municipales 2026 (S/). Servicio PúblicoCosto Anual Aprobado 2025 (S/) Ordenanza Nº 509-2024-MDCHIPC acumulado a Agosto 2025 (%)Costo Aprobado 2026 (S/)Variación (S/) Variación (%) Barrido de Calles 407,800.95 1.24% 412,857.68 5,056.73 1.24% Recolección de Residuos Sólidos2,074,505.76 1.24% 2,100,229.63 25,723.87 1.24% Parques y Jardines Públicos 1,663,455.50 1.24% 1,684,082.35 20,626.85 1.24% Serenazgo 1,138,641.59 1.24% 1,152,760.75 14,119.16 1.24% Costo Total (S/). 5,284,403.80 5,349,930.41 65,526.61 1.24% IV. DETERMINACION DE TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2026 A continuación, se muestra la determinación de las tasas de los Arbitrios Municipales del año 2026, establecidos a partir de la Ordenanza Nº 509-2024-MDCH, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 417 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ambas publicadas en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 06 de diciembre de 2024, reajustándolas con la variación acumulada del Índice de Precio al Consumidor de Lima Metropolitana al mes de agosto de 2025, la misma que asciende a 1.24% de conformidad a la Resolución Jefatural Nº 196-2025-INEI, publicada en el Diario O fi cial El Peruano en fecha 01 de setiembre de 2025. 4.1. Tasa de Barrido de Calles 2026La distribución del costo del servicio de Barrido de Calles se ha efectuado sobre la base de la información registrada en la Base de datos de predios y contribuyentes según Informe Nº 085-2025-SGREC-GAT/MDCH remitida por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el cual se muestra a continuación: Condición Cantidad de PrediosCantidad de Contribuyentes Afecto 13,405 12,666 Exonerado 34 15 Inafecto 00 Total 13,439 12,681 Las tasas de Barrido de Calles actualizadas con el IPC para el año 2026, se muestra a continuación: ZonasFrecuencia (vez/semana)Tasa Mensual 2025 x ml (S/)IPC acumulado a Agosto 2025 (%)Tasa Mensual 2026 x ml (S/) (a) (b) (c)=(a)+((a)x(b)) A5 0.2180 1.24% 0.2207 B3 0.1308 1.24% 0.1324 C1 0.0436 1.24% 0.0441 El monto mensual a pagar de la tasa de Barrido de Calles, se calcula de la siguiente manera:Monto a pagar (BC) = Tasa Mensual (ml) (S/) según frecuencia de barrido x Metros lineales de frontis (ml) Para el caso de los arbitrios de Barrido de Calles, los contribuyentes que no se encuentren conformes con el frontis de su predio, podrán presentar ante la Municipalidad una declaración jurada, señalando la medida del frontis (ml) correspondiente, a fi n que se le recalcule su tasa, de ser el caso. Respecto, a las zonas y frecuencias del servicio de Barrido de Calles son como a continuación se detalla: Frecuencia del servicio Zonas Población que comprendeFrecuencia de Barrido ACentro de Chaclacayo, todas las calles y avenidas que conforman el casco Urbano, Av. Nicolás Ayllón, Urb. Garcilaso de la Vega, Urb. Los Halcones, Urb. El Cuadro, Urb. Panorama el Cuadro, Urb. Los Jardines del Cuadro, Urb. Las Colinas del Cuadro, Asociación de Vivienda Villa Rosario, Carretera Central, Cooperativa de Vivienda Alfonso Cobián, Lotización Zarumilla.5 BAA.HH. 3 octubre, Asociación de Vivienda El Huascarán, AA.HH. San Bartolomé, AA.HH. Virgen de Fátima de Morón, AA.HH. Conjunto Vecinal Luis Felipe de las Casas, AA.HH. Miguel Grau, AA.HH. Morón Chico, AA.HH. AA.HH. Nueva Alianza, AA.HH. Cultura y Progreso, Cooperativa de Vivienda La Floresta, AA.HH. La Tapada, AA.HH. Cerro Vecino Huascata, AA.HH. Villa Rica, Asociación de Vivienda 1° de Noviembre, Asociación de Vivienda Trabajadores Municipales de Chaclacayo, Quebrada las Cumbres, AA.HH. Fundo el Monte, Asociación de Residentes Fundo el Monte, El Monte Primera Etapa, Asociación de Vivienda Valle Hermoso, Fundo San Bartolomé, Asociación de Vivienda APROVEGGI.3 CAA.HH. Perla del Sol, AA.HH. Santa Inés Bajo, Asociación de Vivienda Huascarán, AA.HH. El Paraíso, Asociación de Vivienda los Paltos, AA.HH. Los Milagros, AA.HH. Villa Mercedes, AA.HH. Santa Rosa, AA.HH. Villa Huascata, AA.HH. Monte Santa Inés, Agrupación la Estrella, AA.HH. Cerro Vecino Huascata, Cooperativa de Vivienda La Floresta Alta, Valle del Rímac.1