TEXTO PAGINA: 66
66 NORMAS LEGALES Sábado 20 de diciembre de 2025 El Peruano / Regional, con la participación democrática de la sociedad organizada”. Asimismo, en su artículo 152° precisa que: “La Dirección Regional de Educación es responsable de la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional, con la participación de los integrantes del Consejo Participativo Regional de Educación. El Gobierno Regional aprueba, publica, monitorea y evalúa el Proyecto Educativo Regional, de acuerdo con indicadores establecidos”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2020-MINEDU, se aprobó el “Proyecto Educativo Nacional - PEN al 2036: El Reto de la Ciudadanía Plena”, elaborado por el Consejo Nacional de Educación por encargo del Ministerio de Educación. Que es de cumplimiento obligatorio por todas las instituciones en el ámbito local, regional y nacional; Que, con fecha 5 de diciembre de 2024 la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante O fi cio N° 1305- 2024-GRL/GRPPAT emite OPINIÓN FAVORABLE del Proyecto Educativo Regional PER al 2034, emitido por la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Modernización mediante Informe N° 1411-2024-GRL/GRPPAT/OP/SLCP; Que, mediante OFICIO N° 4701/GRL/DRELP- DGI/2024, la Dirección Regional de Educación remite al Consejo Regional para conocimiento de la Comisión Ordinaria de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Deporte, el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el: PROYECTO EDUCATIVO DE LA REGIÓN LIMA AL 2034, el mismo que fue aprobado mediante RDR N° 002134-2024-DRELP; En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 27 de diciembre del 2024, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes se dio cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales participantes de la sesión extraordinaria del consejo regional, y; En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: “PROYECTO EDUCATIVO DE LA REGIÓN LIMA AL 2034” Artículo Primero.- APROBAR EL PROYECTO EDUCATIVO DE LA REGIÓN LIMA AL 2034; Región Lima, educa para el bienestar de las personas y de la sociedad” como principal instrumento de política educativa regional, que tiene una VISIÓN educativa regional con horizonte temporal al año 2034, además, contiene 7 Objetivos Estratégicos y 24 Acciones Estratégicas con sus respectivos indicadores, teniendo como punto de partida la educación en el contexto de la región Lima, la Educación que queremos en el marco del Plan de Desarrollo Concertado Regional y alineado al Proyecto Educativo Nacional al 2036. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, a través de las dependencias competentes, para la articulación con los instrumentos de gestión y asignación presupuestal para la implementación de las acciones estratégicas regionales contenidas en el documento del Proyecto Educativo de la Región Lima al 2034. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Dirección Regional de Educación adopten medidas para su implementación en toda la jurisdicción regional, articulando con los instrumentos de gestión, coordinando con las instancias del gobierno regional, gobiernos locales, Instituciones académicas, empresariales y de la sociedad civil en concordancia con las disposiciones legales de la materia. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emitir una directiva regional de seguimiento y evaluación para la mejora continua que estará a cargo de un Equipo intersectorial e interinstitucional en coordinación con el Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE). Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Educación, a las Unidades de Gestión Educativa Local, a las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades a plani fi car, ejecutar y evaluar sus actividades, planes y proyectos en el marco del Proyecto Educativo Regional al 2034. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local en coordinación con los Gobiernos Locales la conformación y funcionamiento de los Consejos Participativos Locales de Educación (COPALE), para el proceso de formulación de los Proyectos Educativos Locales (PEL), de sus respectivas jurisdicciones, articulados al Proyecto Educativo Regional PER 2034 y a su correspondiente Plan de Desarrollo Local Concertado, contando con la asistencia técnica y acompañamiento metodológico de la Dirección Regional de Educación en coordinación con el COPARE. Artículo Sétimo.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de acta. Artículo Octavo.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fi nes. En Huacho, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. POR TANTO: Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. TOMÁS EMILIANO CHAVARRÍA HÚNGARO Presidente del Consejo Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los once días del mes de setiembre del año dos mil veinticinco. ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO Gobernadora Regional de Lima 2437514-1 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Modifican la Ordenanza Nº 506-2023-GRP/ CR respecto a la conformación del Consejo Regional por los derechos de las niñas, niños y adolescentes de la Región Pasco ORDENANZA REGIONAL Nº 536-2025 -G.R. P/CR MODIFÍQUESE EL ARTÍCULO TERCERO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 506-2023-GRP/CR RESPECTO A LA CREACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL MULTISECTORIAL COMO ESPACIO DE DELIBERACIÓN, CONCENTRACIÓN Y ARTICULACIÓN DE ESFUERZOS EN CONJUNTO PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA REGIÓN PASCO. POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias, en la Vigésima Sesión Ordinaria, desarrollada el veintiuno de octubre del año