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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de diciembre de 2025 El Peruano / N° 362-2025-IMARPE/OGAJ; emitidos por la Dirección General de Investigaciones Oceanográ fi cas y Cambio Climático, el Área Funcional de Recursos Humanos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Área Funcional de Logística e Infraestructura, Área Funcional de Contabilidad, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, todos del IMARPE; Que, de conformidad con el Informe Técnico Sustentatorio adjunto el Memorándum N° 630-2025-IMARPE/DGIOCC de la Dirección General de Investigaciones Oceanográ fi cas y Cambio Climático, la participación de los servidores del IMARPE en la expedición cientí fi ca ANTAR XXXII resulta de importancia nacional, toda vez que los resultados de las investigaciones a realizarse permitirán identi fi car algunos aspectos de su ecología y su relación con depredadores, así como generar una base de datos de krill y del ambiente en el Estrecho de Brans fi eld y alrededores de las Islas Pardo, para conocer los efectos de las variaciones oceanográ fi cas y el cambio climático, lo que se encuentra dentro de las competencias de la Entidad; adicionalmente se informa que la participación al ANTAR XXXII irroga gastos; Que, mediante el Memorando N° 00001791-2025-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura remite la solicitud de autorización de viaje presentada por el IMARPE para su trámite correspondiente; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619 tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 2 y 3 de la precitada Ley disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto – TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y de los organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de trece (13) servidores del IMARPE para que participen en la Trigésima Segunda Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XXXII); además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos parciales durante la ANTAR XXXII serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Instituto del Mar del Perú; mientras que los gastos por concepto de alojamiento y alimentación serán asumidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en su calidad de órgano rector de la Política Nacional Antártica de Perú; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores PATRICIA MERCEDES AYON DEJO, ROBERTO CARLOS QUESQUEN LIZA, JAVIER ANTONIO SANCHEZ ESPINOZA, JOSE LUIS SALCEDO RODRIGUEZ, GUSTAVO RENATO CUADROS CABALLERO, JULIO RICARDO ALARCON VELEZ, KEVIN JEFERSON DIAZ RUIZ, RICARDO DIOSES AVELLANEDA, OSCAR EDUARDO ESPINOZA SOLANO, MARIO MANUEL POLAR PEREZ, LUIS FERNANDO QUIPUZCOA OLGUIN, VICTOR HERNAN ARAMAYO NAVARRO, JAVIER ANTONIO QUIÑONES DAVILA, servidores del Instituto del Mar del Perú, del 1 de enero al 10 de febrero de 2026, para que participen en la Trigésima Segunda Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XXXII). Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos parciales que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo a los fondos del Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: N° Nombres y ApellidosPasajes aéreos (Incluido TUUA) US$Viáticos por 4 días (US$ 370,00 por día) US$ 1 PATRICIA MERCEDES AYON DEJO 1,322.00 1,480.00 2ROBERTO CARLOS QUESQUEN LIZA1,322.00 1,480.00 3JAVIER ANTONIO SANCHEZ ESPINOZA1,322.00 1,480.00 4 JOSE LUIS SALCEDO RODRIGUEZ 1,322.00 1,480.005GUSTAVO RENATO CUADROS CABALLERO1,322.00 1,480.00