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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante la Nota N° D000556-2025-CONADIS-OAJ, sustentado en el Informe N° D000871-2025-CONADIS-OAJ, complementado con la Nota N° D000560-2025-CONADIS-OAJ y la Nota N° D000576-2025-CONADIS-OAJ, señala que: i) Resulta jurídicamente viable la aprobación de la Directiva; ii) Correspondería que la Directiva sea aprobada mediante Resolución de Presidencia, teniendo en consideración lo establecido en la Directiva N° D000007-2025-CONADIS-GG, “Gestión del documento normativo institucional en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)”; iii) Conforme los literales m) y q) el artículo 10 del el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Conadis, aprobado mediante Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE, la Presidencia deberá aprobar normas y documentos técnicos de los órganos de línea, así como suscribir Resoluciones en el ámbito de su competencia; y, iii) Conforme el Reglamento que establece disposiciones sobre la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, aprobada la Directiva, esta deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Con el visto de la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad; la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, la Gerencia General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014- MIMP; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), aprobado mediante Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS- PRE; y, la Resolución de Presidencia N° D000108-2025-CONADIS-GG, que aprueba la Directiva N° D000007- 2025-CONADIS-GG, Gestión del documento normativo institucional en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBAR la Directiva N° D000003- 2025-CONADIS-PRE denominada “Directiva para la creación, implementación y funcionamiento de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- DISPONER que la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad, difunda la presente Directiva a los Gobiernos Regionales y Municipales. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su anexo en la sede digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SANDRA PILAR PIRO MARCOS Presidenta Consejo Nacional para la Integraciónde la Persona con Discapacidad 2470698-1 Aprueban Lineamiento N° D0000003-2025- CONADISPRE, denominado “Lineamientos que regulan la recolección de datos en materia de discapacidad en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicios y entidades privadas que brindan servicios públicos” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000267-2025- CONADIS-PRE Lince, 19 de diciembre del 2025VISTOS: El Memorando N° D0000706-2025-CONADIS-DPSGE y el Informe N° D000036-2025-CONADIS-SDSPGE emitidos por la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; el Informe N° D000174-2025-CONADIS-OPPM, emitido por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, la Nota N° D000568- 2025-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000884-2025-CONADIS-OAJ, emitidos por la O fi cina de Asesoría Jurídica; la Nota N° D001062-2025-CONADIS-GG; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y modi fi catorias (en adelante, LGPCD), establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (en adelante, Conadis) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; Que, el numeral 73.1 del artículo 73 de la LGPCD señala que el CONADIS es el ente rector del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (en adelante, SINAPEDIS) y tiene a su cargo dirigir, coordinar, implementar, supervisar y evaluar el referido sistema funcional, a fi n de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de discapacidad desde una perspectiva social de respeto de sus derechos y garantizando la participación ciudadana; Que, de acuerdo con el artículo 75 de la LGPCD, el SINAPEDIS se encuentra conformado por el Conadis, los Ministerios del Estado, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, los organismos públicos, los programas y proyectos especiales, las organizaciones de sociedad civil y el sector privado; Que, el literal a) del artículo 82 del Reglamento de la LGPCD, aprobado por el Decreto Supremo N° 002- 2014-MIMP, dispone que el Conadis como ente rector del SINAPEDIS, tiene la atribución de emitir protocolos, procedimientos, metodologías, directivas y demás instrumentos técnicos normativos para el adecuado funcionamiento del Sistema; Que, el numeral 88.1 del artículo 88 del Reglamento de la LGPCD dispone que las entidades públicas que presten bienes y servicios incorporan en sus bases de datos o registros administrativos un rubro para recoger información sobre las personas con discapacidad, y que el Conadis dicta los lineamientos y orientaciones para la gestión de la información de las personas con discapacidad; Que, mediante la Resolución de Presidencia N° D000030-2025- CONADIS-PRE se aprueba el Lineamiento N° D000001-2025-CONADISPRE, denominado “Lineamientos que regulan la recolección de datos en materia de discapacidad en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicios y entidades privadas que brindan servicios públicos”; Que, la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, mediante el Memorando N° D000706-2025-CONADIS-DPSGE y el Informe N° D000036-2025-CONADIS-SDSPGE, propone y sustenta la actualización del documento normativo denominado “Lineamientos que regulan la recolección de datos en materia de discapacidad en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicios y entidades privadas que brindan servicios públicos” que tiene como objetivo regular la recolección de datos en materia de discapacidad, como parte del proceso de gestión de la información, en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicios, así como de las entidades privadas que brindan servicios públicos; Que, la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización mediante el Informe N° D000174-2025-CONADIS-OPPM, emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de actualización del Lineamiento, precisando que la misma cumple con los criterios establecidos en la Directiva N° D000007-2025- CONADIS-GG denominada “Gestión del documento normativo institucional en el Consejo Nacional para la