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13 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, sustentada en la Nota de Elevación N° D000216-2024-SENAMHI-OPP de fecha 18 de noviembre de 2024, de la Unidad de Presupuesto propone se delegue en el/la Gerente General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, en materia presupuestal, durante el Año Fiscal 2025, la facultad para aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático correspondiente a la Unidad Ejecutora 001-474: SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA - SENAMHI, del Pliego 331: SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA; en atención al marco normativo aplicable; Que, con Memorando N° D000808-2024-SENAMHI- OA de fecha 20 de noviembre de 2024, la O fi cina de Administración sustentada en el Proveído N° D001208-2024-SENAMHI-UT de fecha 14 de noviembre de 2024, de la Unidad de Tesorería, la Nota de Elevación N° D000996-2024-SENAMHI-UA de fecha 18 de noviembre de 2024, de la Unidad de Abastecimiento, y la Nota de Elevación N° D000192-2024-SENAMHI-UC de fecha 18 de noviembre de 2024, de la Unidad de Contabilidad, propone se delegue en el/la Gerente General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, durante el Año Fiscal 2025, facultades en materia de contrataciones del estado y en materia administrativa; Que, mediante Informe Legal N° D00012-2025- SENAMHI-OAJ de fecha 3 de enero de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que, resulta legalmente viable emitir el acto mediante el cual la Presidenta Ejecutiva, delega en el/la Gerente General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, diversas facultades en materia presupuestal y de contrataciones del estado; en el/la Director/a de la O fi cina de Administración, diversas facultades en materia de contrataciones del estado y administrativas; y en el/la Director/a de la O fi cina de Recursos Humanos en materia de recursos humanos para el Año Fiscal 2025; Que, por su parte, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, señala que la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva del SENAMHI, es Titular del Pliego y ejerce la representación de la entidad ante las entidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional; Que, teniendo en consideración las normas antes citadas, y con el propósito de lograr una mayor fl uidez a la gestión administrativa de la Entidad y cumplir de manera oportuna y e fi caz las funciones institucionales del SENAMHI, resulta necesario delegar, en el/la Gerente General y en el/la Director/a de la O fi cina de Administración, las facultades y atribuciones que corresponden al/la Titular de la Entidad, que no son privativas a su función durante el Año Fiscal 2025; en tal sentido, debe expedirse la resolución correspondiente; Con el visado de la Gerente General, de la Directora de la Ofi cina de Administración, de la Directora de la O fi cina de Recursos Humanos, de la Directora de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y del Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, su modi fi catoria Ley N° 27188; y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM. SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, durante el Año Fiscal 2025, las siguientes facultades: 1.1 En materia presupuestaria:a) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático correspondiente a la Unidad Ejecutora 001-474: SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA - SENAMHI, del Pliego 331: SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA.1.2 En materia de contrataciones del estado: a) Resolver los recursos de apelación cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), dentro del marco de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento. b) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de obras hasta por el máximo permitido por normativa aplicable. Artículo 2.- Delegar en el/la Director/a de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, durante el Año Fiscal 2025, las siguientes facultades: 2.1 En materia de contrataciones del estado:a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del SENAMHI y sus modi fi catorias. b) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN y sus modi fi catorias. c) Aprobar los expedientes de contratación, las bases administrativas y los documentos derivados de los procedimientos de selección: adjudicaciones simpli fi cadas, licitaciones públicas, concursos en general, selección de consultores individuales, comparación de precios y subasta inversa electrónica, así como las contrataciones que se realicen a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, según la normativa de contrataciones del Estado; y sus modi fi catorias. d) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, así como los expedientes de contratación, bases y contratos que deriven de las mismas. e) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección. f) Designar a los miembros integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modi fi car su composición. g) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. h) Suscribir en representación del SENAMHI los contratos y adendas derivados de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras. i) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por normativa aplicable. j) Autorizar la reducción de prestaciones en caso de bienes, servicios y obras, hasta por el máximo permitido por la normativa aplicable. k) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes, servicios y obras, asimismo suscribir los contratos correspondientes. l) Resolver los contratos relativos a la contratación de bienes, servicios y obras por las causales reguladas en la normativa de contrataciones, incluyendo las actuaciones previas. m) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por la normativa de contrataciones del Estado. n) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual que deriven de procedimientos de selección. o) Ejercer la representación del SENAMHI ante las entidades fi nancieras, para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los contratistas. p) Poner en conocimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, los hechos producidos por proveedores, participantes, postores y contratistas que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones por infracción a la normativa de contrataciones. q) Aprobar, suscribir y observar las liquidaciones de obras y consultorías de obras que se presenten a la Entidad.