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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2025 (04/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / una propuesta normativa para la optimización del marco jurídico vigente que regula la casación; Que, el artículo 7 de la citada Resolución Ministerial, establece un período de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de sesenta (60) días calendario a partir del día hábil siguiente a su instalación, prorrogable por períodos similares o menores; Que, la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, que ejerce la Secretaría Técnica del citado Grupo de Trabajo, señala que en la cuarta sesión ordinaria llevada a cabo el 17 de diciembre de 2024, dicho órgano colegiado acordó prorrogar su vigencia por treinta (30) días calendario, considerando la fi nalidad de la propuesta normativa que es la optimización del marco jurídico vigente sobre la casación, lo cual incluye el análisis de Códigos Procesales y Leyes Procesales que la regulan; Que, mediante Informe N° 001-2025-JUS/OGPM- OOM, la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a otorgado viabilidad a la referida propuesta; Con el visado del Viceministro de Justicia, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017- JUS; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de la vigencia Se prorroga el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Resolución Ministerial N° 0280- 2024-JUS por treinta (30) días calendario, contados a partir del 8 de enero de 2025. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2359113-1 PRODUCE Apueban la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Lambayeque, adscrita al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000224-2024-ITP/DE San Isidro, 27 de diciembre del 2024VISTOS: El Memorando N° 435-2024-ITP/CITEAGRO- CHAVIMOCHIC, de fecha 03 de setiembre de 2024, y el Memorando N° 463-2024-ITP/CITEAGRO-CHAVIMOCHIC, de fecha 16 de setiembre de 2024, ambos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic; el Memorando N° 6508-2024-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 151-2024-ITP/PRESUPUESTO, ambos de fecha 16 de octubre de 2024, emitido por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 50-2024- ITP/DO, de fecha 29 de octubre de 2024, de la Dirección de Operaciones, el Memorando N° 872-2024-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe N° 78-2024-ITP/CAS-DEDFO, ambos de fecha 06 de noviembre de 2024, y el Memorando N° 915-2024-ITP/DEDFO de fecha 26 de noviembre de 2024, precisado con Proveido N° 2000-2024-ITP/DEDFO, de fecha 04 de diciembre de 2024, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, el Informe N° 580-2024-ITP/OAJ de fecha 04 de diciembre de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 36-2024-ITP/SCD, de fecha 11 de diciembre de 2024, de la Secretaria de Consejo Directivo; el Memorando N° 1019-2024-ITP/DEDFO, de fecha 19 de diciembre de 2024, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el que establece en su artículo 1, que el ITP es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE (en adelante, D. Leg N° 1228), dispone que los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversi fi cación productiva; Que, el primer párrafo del artículo 17 del D. Leg N° 1228 se establece que el ITP es un Organismo Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los CITE; Que, asimismo, el artículo 18 del Reglamento del D. Leg N° 1228, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, dispone que en cuanto el CITE Público tenga un alcance territorial de más de un departamento, el ITP podrá crear Unidades Técnicas (en adelante UT) a nivel nacional mediante Resolución Ejecutiva; Que, con Resolución Ministerial N° 038-2016-PRODUCE, se creó el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic” (en adelante el CITE); Que, con Resolución de Consejo Directivo N° 02- 2024-ITP/CD, de fecha 01 de abril de 2024, se adecuó el CITE a fi n que se adicione a su ámbito territorial de intervención el departamento de Lambayeque para la cadena agroindustrial; Que, en concordancia con las normas antes indicadas, el numeral 18.14 del Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, dispone que la Dirección Ejecutiva tiene dentro de sus funciones aprobar la creación de Unidades Técnicas de CITE;