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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2025 (04/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 050-2021-ITP/ DE, se aprobó la Directiva N° 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP (en adelante la Directiva); Que, el numeral 8.1.2 de la Directiva señala que el procedimiento para la creación de una Unidad Técnica, cuenta con tres (3) etapas del procedimiento para la creación de UT, siendo estas las siguientes: i) Elaboración de la Propuesta, ii) Evaluación de la Propuesta y iii) Aprobación de la Propuesta; Que, en la etapa de elaboración de la Propuesta, el CITE mediante Memorando N° 435-2024-ITP/CITEAGRO- CHAVIMOCHIC, de fecha 03 de setiembre de 2024, remite a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante la DEDFO) el diagnóstico de brecha semidetallado, en la cual sustenta la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Lambayeque (en adelante la UT Lambayeque), siendo que dicha dirección mediante Informe N° 64-2024-ITP/CAS-DEDFO de fecha 12 de setiembre de 2024, otorga opinión técnica favorable señalando que se cumple con los criterios de pertinencia, sufi ciencia y enfoque estratégico; Que, asimismo, con relación a la primera etapa, el CITE, mediante Memorando N° 463-2024-ITP/CITEAGRO-CHAVIMOCHIC, de fecha 16 de setiembre de 2024, remite el Informe de diseño y programación del fi nanciamiento para la creación de la UT Lambayeque; en tal sentido, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Memorando N° 6508-2024-ITP/OPPM de fecha 16 de octubre de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 151-2024-ITP/PRESUPUESTO, de la misma fecha, emite pronunciamiento favorable respecto de la disponibilidad de recursos presupuestarios y sostenibilidad presupuestaria, para la creación de la UT Lambayeque; Que, posteriormente, en virtud al Informe de diseño y programación del fi nanciamiento para la creación de la UT Lambayeque, la Dirección de Operaciones, mediante el Informe N° 50-2024-ITP/DO, de fecha 29 de octubre de 2024, señala que ha culminado con la elaboración del Informe de diseño y programación de fi nanciamiento, concluyendo que es viable la propuesta de la creación de la UT Lambayeque; Que, en la etapa de Evaluación de la Propuesta, la DEDFO mediante Memorando N° 872-2024-ITP/DEDFO de fecha 06 de noviembre de 2024, sustentado en el Informe N° 78-2024-ITP/CAS-DEDFO de la misma fecha, emite el informe consolidado de viabilidad técnica y fi nanciera; Que, la DEDFO emite el informe consolidado de viabilidad técnica y fi nanciera otorgando opinión favorable respecto de la creación de la UT Lambayeque, señalando, entre otros que la propuesta de creación de la UT Lambayeque se centrará en mantener los servicios actuales del CITE, ampliando su cobertura al departamento de Lambayeque; asimismo, que su ubicación será en el distrito y provincia de Lambayeque; Que, con Informe N° 580-2024-ITP/OAJ de fecha 04 de diciembre del 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable señalando que, dado que los los órganos técnicos involucrados han emitido los informes respectivos, conteniendo pronunciamiento favorable respecto de la creación de la UT Lambayeque, cumpliendo así con el procedimiento establecido en la Directiva, considera jurídicamente viable su creación; Que, en la etapa de aprobación de propuesta, con Memorando N° 36-2024-ITP/SCD, de fecha 11 de diciembre de 2024, la Secretaria de Consejo Directivo informa que mediante acuerdo N° SO-001-0012-2024-ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 0012-2024- ITP/CD de fecha 11 de diciembre de 2024, el Consejo Directivo acordó aprobar por unanimidad la creación de la UT Lambayeque, siendo que, la ejecución del acuerdo deberá efectuarse desde su aprobación, esto conforme el Reglamento Interno del Consejo Directivo; Que, con el fi n de dar ejecución al acuerdo referido, la DEDFO, mediante Memorando N° 1019-2024-ITP/ DEDFO, de fecha 19 de diciembre de 2024, remite las funciones especi fi cas que cumplirá la UT Lambayeque;Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Operaciones, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE, Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; la Resolución Ejecutiva N° 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva N° 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Lambayeque, adscrita al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic, el cual contará con las siguientes características: a) Especialización: Agroindustrial, con especial atención en las cadenas de palta, mango, uva, limón y maracuyá b) Ámbito de acción: Departamento de Lambayequec) Ubicación: Distrito y provincia de Lambayeque Artículo 2.- Las funciones especí fi cas de la Unidad Técnica Agroindustrial Lambayeque serán las siguientes: a) Brindar asistencia técnica y capacitación en relación procesos, productos, servicios, mejora de producto, a los pequeños productores; b) Generar y difundir información que promueva la innovación productiva y el desarrollo tecnológico en favor de la competitividad de los pequeños productores c) Apoyar el emprendimiento favoreciendo los cuadros productivos o tutorización de nuevos proyectos empresariales a favor de los pequeños productores; d) Promover y desarrollar actividades de transferencia tecnológica para el desarrollo productivo o mejora de la competitividad en la cadena productiva Agroindustrial en su zona de in fl uencia; e) Promover la articulación gremial y la asociatividad de los productores y/o empresas relacionadas con los pequeños productores; f) Promover las intervenciones en la cadena productiva Agroindustrial e incentivar a la cadena productiva existente en la zona, de manera coordinada con los ecosistemas productivos y de innovación; g) Promover y desarrollar la investigación e innovación productiva en su ámbito potencial de in fl uencia; h) Promover la absorción de nuevas tecnologías para los pequeños productores Agroindustriales facilitando el acceso a equipamiento e instalaciones a los usuarios; i) Contribuir al desarrollo de la demanda de la cadena productiva y de valor en bene fi cio Agroindustria de su zona de in fl uencia; j) Investigar nuevos planteamientos y soluciones a través de la realización de proyectos de investigación cientí fi ca y desarrollo tecnológico (I+D), para innovación productiva en la cadena productiva Agroindustrial existente en su zona de in fl uencia; k) Adaptar avances cientí fi cos y técnicos a través de proyectos de investigación cientí fi ca, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i), para el desarrollo productivo en la cadena productiva Agroindustrial existente en su zona de in fl uencia; Artículo 3.- Disponer que el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic, en