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17 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / del gasto público que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio 2025; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus respectivas modi fi catorias, establecen disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contratación de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a), del numeral 8.1 del artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, quien ejerce las funciones establecidas en la Ley y su Reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procedimientos de contratación de bienes, servicios y obras; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la norma precitada, establece que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de o fi cio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento; Que, el Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público, comprende dentro de su ámbito de aplicación, las prácticas preprofesionales y profesionales, así como, la suscripción del convenio respectivo por parte del estudiante, el centro de estudios y la entidad pública en la que se desempeñan las actividades; Que el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, tiene como fi nalidad establecer los principios, de fi niciones, composición, normas y procedimientos del Sistema Nacional de Abastecimiento, asegurando que las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público se ejecuten de manera e fi ciente y e fi caz, promoviendo una gestión interoperativa, articulada e integrada, bajo el enfoque de la gestión por resultados; Que, el numeral 24.2 del artículo 24° de la Directiva N° 005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 (en adelante Directiva N° 0005-2021-EF/54.01), dispone que el Cuadro Multianual de Necesidades es aprobado por el Titular de la Entidad o funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los doce (12) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA; Que, el numeral 27.3 del artículo 27° de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, establece que las modi fi caciones al Cuadro Multianual de Necesidades son presentadas al Área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público quien evalúa y en los casos que corresponda gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o a quien se hubiera delegado dicha facultad; Que, mediante Memorando Múltiple N° 000116-2024-MIDIS/FONCODES/DE, la Dirección Ejecutiva solicita a la Unidad de Administración, la Coordinación de Logística, la Coordinación Técnica, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Unidad de Recursos Humanos, evalúen y emitan pronunciamiento sobre las facultades delegadas mediante Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 001-2024-MIDIS/FONCODES/DE y N° 124-2024-MIDIS/FONCODES/DE, a fi n de modi fi car o incorporar facultades o atribuciones para el período 2025; Que, mediante Memorando N° 001132-2024-MIDIS/ FONCODES/UA, la Unidad de Administración re fi ere que considera oportunas las facultades y atribuciones otorgadas mediante Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 001-2024-MIDIS/FONCODES/DE y N° 124-2024-MIDIS/FONCODES/DE; Que, mediante Memorando N° 000005-2025-MIDIS/ FONCODES/UA-CL, el Coordinador de Logística solicita que se mantengan las facultades y atribuciones otorgadas en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 001-2024-MIDIS/FONCODES/DE; Que, mediante Memorando N° 000001-2025-MIDIS/ FONCODES/DE-CT, el Coordinador Técnico señala que sus funciones ya están explicitadas en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del FONCODES, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 140-2022-FONCODES/DE; Que, mediante Memorando N° 000001-2025-MIDIS/ FONCODES/UPPM, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, solicita que se mantengan las facultades y atribuciones otorgadas en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 001-2024-MIDIS/FONCODES/DE, actualizando la referencia a la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, mediante Memorando N° 000001-2025-MIDIS/ FONCODES/URH, la Unidad de Recursos Humanos, señala que, se le debe continuar delegando las facultades señaladas en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 001-2024-FONCODES/DE, en materia administrativa y de gestión; Que, mediante Informe N° 000004-2025-MIDIS- FONCODES/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica, concluye que, corresponde adecuar la delegación de funciones y atribuciones a las Unidades y Coordinaciones precitadas, actualizando aquellas otorgadas mediante Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 001-2024-MIDIS/FONCODES/DE y N° 124-2024-MIDIS/FONCODES/DE; Que, de acuerdo a lo expuesto y al marco normativo detallado precedentemente, y con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión que permita al Foncodes agilizar el cumplimiento tanto de las funciones previstas en el Manual de Operaciones, así como el logro de las metas institucionales para el Año Fiscal 2025, la Dirección Ejecutiva puede delegar facultades mediante Resolución, salvo aquellas atribuciones que le sean inherentes a su calidad de Titular del Foncodes; en los términos señalados precedentemente; Con el visto de la Unidad de Administración, del Coordinador de Logística, del Coordinador Técnico, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Unidad de Recursos Humanos, y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modi fi catorias y el Manual de Operaciones del Programa Nacional Foncodes aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Jefe/a de la Unidad de Administración del Foncodes Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Administración del Foncodes, para el Año Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones: 1.1. En materia de representación: 1.1.1 Representar al Foncodes en los actos y/o actividades que resulten necesarias cuando actúe como administrado ante cualquier tipo de autoridad y/o dependencia administrativa, para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes, presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en todo tipo de audiencias administrativas, interponer recursos administrativos de impugnación y ofrecer medios probatorios, ejerciendo los medios de defensa correspondientes en coordinación con la Procuraduría Pública del MIDIS, de ser el caso. 1.1.2 Representar al Foncodes ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, la Superintendencia de Bienes Estatales - SBN, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de