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123 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2025 El Peruano / de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Por medio de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2206-2024-MP-FN, de fecha 04 de octubre de 2024, se resolvió dar por concluido el nombramiento del abogado Antonio Armas Velásquez, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria. Es preciso señalar que con el o fi cio N° 000066-2025-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE y el informe N° 00005-2025-MP-FN-UEDFLAMB-APH emitidos por la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de Lambayeque se pone en conocimiento que la plaza en la que sería designado el ganador cuenta con código AIRHSP y asignación presupuestal. Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modi fi cada por la Ley N° 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de designar al abogado José Leoncio Iván Constantino Espino, conforme a su título de nombramiento, esto es, en la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque; para lo cual, previamente se deberán dar por concluidos los nombramientos y designaciones que se indican en el tercer y cuarto párrafo. Por otro lado, estando a que la plaza de fi scal adjunto provincial de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, se encuentra pendiente de ocupar; previa verifi cación de los requisitos que exige la ley y en mérito al marco normativo, resulta pertinente nombrar al abogado Rolando Trinidad Gallegos Llacta como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en el referido despacho. Finalmente cabe precisar, que el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo que antecede surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en los considerandos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, que señala las condiciones resolutorias aplicables a los fi scales provisionales. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado José Leoncio Iván Constantino Espino, como fi scal adjunto superior provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lambayeque y su designación en el despacho de la Fiscalía Superior Penal Transitoria de Apelaciones de Lambayeque, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1499-2021-MP-FN, de fecha 17 de noviembre de 2021 -laborando a la fecha según la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024- a partir de la toma de posesión de cargo en el despacho que se menciona en el artículo tercero. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Rolando Trinidad Gallegos Llacta, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque y su designación en el despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3971-2018-MP-FN, de fecha 9 de noviembre de 2018 -laborando a la fecha según la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024- a partir de la toma de posesión de cargo en el despacho que se menciona en el artículo cuarto. Artículo Tercero.- Designar al abogado José Leoncio Iván Constantino Espino, fi scal adjunto superior titular penal de Chiclayo, Distrito Fiscal de Lambayeque, en la Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque. Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado Rolando Trinidad Gallegos Llacta, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en el despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de La Victoria, Distrito Fiscal de Lambayeque. Artículo Quinto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo cuarto, surtan efectos a partir de la fecha de su juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en el décimo segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento a los abogados José Leoncio Iván Constantino Espino y Rolando Trinidad Gallegos Llacta, que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Septimo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Imagen Institucional y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2367564-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Disponen tener por reportada convocatoria y modalidad de Elecciones Internas de organizaciones políticas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2025 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 000001-2025- GOECOR/ONPE Lima, 30 de enero de 2025