Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (01/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2025 El Peruano / en atención a que la plaza descrita en el cuarto párrafo se encuentra pendiente de ocupar, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de designar conforme a su título de nombramiento a la abogada Angélica Elvira Bayes Antunez en la Tercera Fiscalía Superior Penal del Santa. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Angélica Elvira Bayes Antunez, fi scal provincial titular penal del Santa, Distrito Fiscal del Santa, en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Santa, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4891-2016-MP-FN, de fecha 2 de diciembre de 2016; a partir de la toma de posesión de cargo en el despacho que se menciona en el artículo segundo de la presente resolución. Artículo Segundo .- Designar a la abogada Angélica Elvira Bayes Antunez, fi scal superior titular penal de Santa, Distrito Fiscal de Santa, en la Tercera Fiscalía Superior Penal del Santa. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento a los abogados Angélica Elvira Bayes Antunez, que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, al Despacho de la Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2367561-2 Designan fiscal en la Fiscalía Provincial de Familia de Barranca y nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huaura RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 288-2025-MP-FN Lima, 31 de enero de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 000942-2024-SG/JNJ, de fecha 27 de diciembre de 2024, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1451-2024-JNJ, de fecha 20 de diciembre de 2024 e informe Nº 00010-2025-MP-FN-OREF-PEFC, de 30 de enero de 2025, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el abogado Juan Carlos Martín Vicente Cortés Carcelén, en ese entonces, secretario general de la Junta Nacional de Justicia, se remite copias certi fi cadas de la resolución de vistos,en el marco de la Convocatoria Nº 002-2024-SN-JNJ, concurso público para la selección y nombramiento de fi scales adjuntos supremos, fi scales superiores, fi scales adjuntos superiores y fi scales provinciales – ascenso, por la cual se nombró al abogado Miguel Ángel Palacios Reynaldo como fi scal provincial de familia de Barranca del Distrito Fiscal de Huaura. Sobre el particular, con fecha 27 de diciembre de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Miguel Ángel Palacios Reynaldo, en el cargo descrito en el párrafo que antecede. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1087-2024-MP-FN, de fecha 2 de mayo de 2024, se resolvió designar al abogado Miguel Ángel Palacios Reynaldo, fi scal adjunto provincial titular especializado en delitos de agresiones en contra de las mujeres e integrantes del grupo familiar de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, designándolo en el despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Huaura. Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1737-2014-MP-FN, de fecha 9 de mayo de 2014, se resolvió nombrar a la abogada Flor María Encinas Sulca, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huaura y en atención a las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación 931-2018-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 16 de marzo de 2018 y 29 de enero de 2021, se encuentra designada en la Fiscalía Provincial de Familia de Barranca, laborando a la fecha conforme la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Es preciso señalar que con el o fi cio Nº 000988-2025-MP-FN-GG-OGPOHU-OAPH, de fecha 28 de enero de 2025, la O fi cina de Administración de Potencial Humano remite información sobre los registros AIRHSP que tenían asignados los fi scales titulares cesantes, así como el detalle de los fi scales que de manera temporal vienen ocupando las plazas en las que serían designados los fi scales ganadores de las convocatorias Nºs 002 y 006-2024-SN/JNJ realizadas por la Junta Nacional de Justicia. Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010- PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (…)”. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de designar al abogado Miguel Ángel Palacios Reynaldo en laFiscalía Provincial de Familia de Barranca; por tanto, se deberá dar por concluido el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo cuarto de la presente resolución. En ese orden, considerando que la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Agresiones en contra de las