Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (05/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de febrero de 2025 El Peruano / Que, en el numeral 5.1 de las disposiciones generales de la referida Directiva, se señala que el Plan de Estrategia Publicitaría es el instrumento de gestión pública que contiene información detallada de cada una de las campañas publicitarias que prevé ejecutar la entidad durante el año, considerando los objetivos comunicacionales institucionales y los criterios de interés y/o necesidad publica, alineados a los objetivos del Plan Estratégico Institucional; Que, en el numeral 5.4 de la citada directiva dispone que las campañas contempladas en el Plan de Estrategia Publicitaría deben contar con disponibilidad presupuestaria de recursos fi nancieros a fi n de que se garantice la certi fi cación de crédito presupuestario en el respectivo año fi scal, si dicho Plan se aprueba el año previo a su ejecución, deberá contar con la previsión presupuestaria correspondiente, en ambos casos debe contar con el presupuesto asignado en la especi fi ca de gasto de servicios de publicidad de la unidad ejecutora que corresponde a la entidad; Que, en el numeral 6.1.1 de las disposiciones especí fi cas de la mencionada Directiva, se señala que la O fi cina de Comunicaciones de la entidad o la que haga sus veces que cuenta con presupuesto asignado para publicidad estatal, formula, implementa y monitorea la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria de su institución; Que, el numeral 6.1.6 de la Directiva dispone que en el marco del proceso de coordinación con la SCS la Ofi cina de Comunicaciones o la que haga sus veces en cada entidad remite antes de su aprobación, vía correo electrónico, el proyecto del Plan de Estrategia Publicitaria del sector al Secretario de Comunicación Social, con copia a la Coordinación General; asímismo el numeral 6.1.8 precisa que, aprobado el “Plan de Estrategia Publicitaria, el documento se publica mediante Resolución de la entidad, en el portal institucional y en el Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial el Peruano”. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, aprobado por Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nacional N° 017-2001- 02,00, es función, entre otras, de la O fi cina de Secretaría General, proponer a la Presidencia Ejecutiva las políticas, normas, y planes relacionados con el sistema de administración documentaría, sistema de archivo, así como las actividades de Relaciones Públicas e Imagen Institucional; Que, la O fi cina de Secretaría General, eleva la propuesta del Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Sencico, elaborado por la Especialista en Relaciones Públicas, conforme se advierte del Informe N° 000010-2025-CAS-06.00/SENCICO, el mismo que cumple con los requisitos establecidos en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, así como lo dispuesto en la Directiva N° 002-2023-PCM-/SCS, Lineamientos para la Formulación, Aprobación e Implementación del Plan de Estrategia Publicitaria de las Entidades del Poder Ejecutivo” para su aprobación; Que, en la reprogramación del SAIS, se cuenta con una programación presupuestal de S/ 200,000.00 para servicios de Publicidad y Difusión para la atención del Plan de Estrategia Publicitaria del Sencico; Que, mediante el Informe N° 000034 -2025-03.01/ SENCICO, Asesoría Legal concluye que resulta legalmente viable la emisión del acto resolutivo que aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del Sencico, siendo competencia del Presidente Ejecutivo emitir el citado acto resolutivo conforme a lo dispuesto en artículo 3 de Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; Que, mediante el Informe N° 000053 -2025-03.01/ SENCICO, Asesoría Legal indica que se debe emitir el acto resolutivo pertinente, alineado a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 002-2023-PCM/SCS - Lineamientos para la formulación, aprobación e implementación del Plan de Estrategia Publicitaria de las Entidades del Poder Ejecutivo, por lo que debe dejarse sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000017- 2025-02.00/SENCICO de fecha 24 de enero de 2025, y emitir Resolución que disponga la Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de la presente Resolución y el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del SENCICO; De conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, aprobada por Decreto Legislativo Nº 147, y los literales b) y j) del artículo 33º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; y la Directiva N° 002-2023-PCM-/SCS, Lineamientos para la Formulación, Aprobación e Implementación del Plan de Estrategia Publicitaria de las Entidades del Poder Ejecutivo” Con el visto del Gerente de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; del Asesor Legal; y del Gerente General; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DÉJESE SIN EFECTO la Resolución N° 000017-2025-02.00/SENCICO de fecha 24 de enero de 2025, por los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2°.- APROBAR el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del SENCICO, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3°.- ENCARGAR a la O fi cina de la Secretaría General del SENCICO realizar las coordinaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo 4°.- PUBLICAR la presente Resolución, así como el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 del SENCICO en la Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web institucional del SENCICO (www.sencico.gob.pe). Regístrese y comuníquese.LUIS MARTÍN GUERRERO SILVA SOLÍS Presidente EjecutivoSENCICO PLAN DE ESTRATEGIA PUBLICITARIA 2025 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN - SENCICO ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. JUSTIFICACIÓN3. MARCO LEGAL4. OBJETIVO GENERAL5. CAMPAÑAS PROGRAMADAS 5.1 Exámenes de Admisión 5.2 Cali fi cación Ocupacional, Perfeccionamiento y Especialización 5.3 Contribución al SENCICO 6. ÁMBITO DE APLICACIÓN 7. CANALES DE COMUNICACIÓN 7.1 Medios Masivos 7.1.1 Medios radiales 7.1.2 Medios digitales7.1.3 Medios escritos y revistas especializadas 8. PRESUPUESTO 9. RESPONSABILIDAD10. INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA11. CRONOGRAMA DE DIFUSIÓN12. REPROGRAMACIÓN DEL PLAN DE ESTRATEGIA PUBLICITARIA 13. MONITOREO Y EVALUACIÓN14. ANEXOS