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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (07/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 7 de febrero de 2025 El Peruano / soles) en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias; destinados a co fi nanciar los desembolsos de los proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 001-2025-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente resolución, y el anexo citado en artículo 1° se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -- PROINNOVATE, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO AFUSO HIGA Director EjecutivoPrograma Nacional de Desarrollo Tecnológicoe Innovación - PROINNOVATE 2368559-1 RELACIONES EXTERIORES Definen categoría de la Oficina Consular del Perú en Antofagasta, República de Chile, como Consulado General RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2025-RE Lima, 6 de febrero de 2025 CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, establece que la sede de la o fi cina consular, su clase y la circunscripción consular, las fi jará el Estado que envía y serán aprobadas por el Estado receptor; Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, establece que la categoría de las O fi cinas Consulares se determina por Resolución Suprema, lo cual es propuesto por el órgano de línea consular; Que, el artículo 25 del Reglamento Consular del Perú establece las categorías que tienen las o fi cinas consulares, siendo estas: a) Consulado General; b) Consulado; c) Sección Consular; y, d) Agencia Consular; Que, el artículo 32 del Reglamento Consular del Perú dispone que el establecimiento, sede, categoría y circunscripción de una Misión Consular, así como su modi fi cación, requieren el consentimiento o la aprobación del Estado receptor; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2025- RE, publicado el 22 de enero de 2025, se dispone el restablecimiento de la O fi cina Consular del Perú en Antofagasta, República de Chile, y fi ja su circunscripción consular en las Regiones de Antofagasta y de Atacama; Que, con Nota Diplomática N° 5-4-M/105, de 24 de abril de 2024, la Embajada del Perú en la República de Chile, de conformidad con el artículo 4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, solicitó la aprobación del Gobierno chileno para que la O fi cina Consular del Perú en Antofagasta tenga la categoría de Consulado General; Que, a través de la Nota Diplomática N° 3327, de 09 de mayo de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chile, otorgó su beneplácito a la categoría de la O fi cina Consular del Perú en Antofagasta; Que, mediante memorándum OPP039612024, de 18 de diciembre de 2024, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto informa que el Pliego 008 Ministerio de Relaciones cuenta con recursos disponibles para la apertura del Consulado General del Perú en Antofagasta, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, fi nalidad (0107175); Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; y, el consentimiento de las autoridades competentes de la República de Chile; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, en el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- De fi nición de categoría de la O fi cina Consular del Perú en Antofagasta Se de fi ne que la categoría de la O fi cina Consular del Perú en Antofagasta, República de Chile, es la de Consulado General, a cargo de un funcionario consular de carrera. Artículo 2.- Asignación de recursos Se dispone la asignación de recursos necesarios para la apertura y funcionamiento del Consulado General del Perú en Antofagasta, República de Chile, con cargo al Pliego Presupuestario del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2369353-4 SALUD Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2025-SA Lima, 6 de febrero del 2025 Visto; el O fi cio N° 000009-2024-SUSALUD-CD- SUSALUD, remitido por el Presidente del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1158, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento de las funciones desarrolladas por la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, con la fi nalidad de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones sean otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien la fi nancie, disponiendo asimismo, su cambio de denominación por la de Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD);