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40 NORMAS LEGALES Viernes 7 de febrero de 2025 El Peruano / Denominación del Procedimiento AdministrativoCódigo Ampliación de autorización para la prestación del servicio público del transporte regular, aplicable al régimen excepcional establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31596, Ley que establece medidas a fi n de garantizar la cobertura adecuada, continuidad y calidad del servicio de transporte público en Lima y Callao.PA43169DFF5 Transferencia de autorización para la prestación del servicio público del transporte regular, aplicable al régimen excepcional establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31596, Ley que establece medidas a fi n de garantizar la cobertura adecuada, continuidad y calidad del servicio de transporte público en Lima y Callao.PA431690D03 Habilitación vehicular por inclusión o sustitución para la prestación del servicio público del transporte regular, aplicable al régimen excepcional establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31596, Ley que establece medidas a fi n de garantizar la cobertura adecuada, continuidad y calidad del servicio de transporte público en Lima y CallaoPA43169C0D3 Habilitación por inclusión de conductor/a para la prestación del servicio público del transporte regular, aplicable al régimen excepcional establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31596, Ley que establece medidas a fi n de garantizar la cobertura adecuada, continuidad y calidad del servicio de transporte público en Lima y Callao.PA4316906C5 Modi fi cación de Ficha Técnica para la prestación del servicio público del transporte regular, aplicable al régimen excepcional establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31596, Ley que establece medidas a fi n de garantizar la cobertura adecuada, continuidad y calidad del servicio de transporte público en Lima y Callao.PA431695AF8 Habilitación de zona de estacionamiento para la prestación del servicio público del transporte regular, aplicable al régimen excepcional establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31596, Ley que establece medidas a fi n de garantizar la cobertura adecuada, continuidad y calidad del servicio de transporte público en Lima y Callao.PA43169139D Artículo 2.- Aprobación del derecho de tramitación Aprobar los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos incorporados mediante el artículo 1, los que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Aprobación de Formularios Aprobar los Formularios de los procedimientos administrativos incorporados mediante el artículo 1, así como sus anexos, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 4.- Aprobación de la actualización de la base legal en los procedimientos administrativos y servicio prestado en exclusividad del servicio público de transporte especial en las modalidades de Taxi, Turístico, Trabajadores y Estudiantes en Lima y Callao 4.1. Aprobar la actualización de la base legal en los procedimientos administrativos y servicio prestado en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, en mérito a la versión V002 del Reglamento que regula la prestación del Servicio Público de Transporte Especial en la modalidad de Taxi en Lima y Callao, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 162-2023-ATU/PE. 4.2. Aprobar la actualización de la base legal en los procedimientos administrativos y servicio prestado en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, en mérito a la versión V2 del Reglamento que regula la prestación del Servicio Público de Transporte Especial en las modalidades de turístico, trabajadores y estudiantes en Lima y Callao, aprobado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 163-2023-ATU/PE. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial “El Peruano”; así como la publicación de dicho Decreto Supremo y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en el portal del diario o fi cial “El Peruano” (www.elperuano.pe), y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (www. atu.gob.pe). Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2369151-1 Otorgan a la empresa FASTNET EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2025-MTC/01.03 Lima, 4 de febrero de 2025 VISTO, el escrito de registro N° T-579288-2024 mediante el cual la empresa FASTNET EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que los primeros servicios a brindar serán el servicio portador local en la modalidad conmutado y el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones;