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35 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / como fuera del dominio marítimo; así como, en las aguas continentales; Que, mediante el OF.RE (DSL) Nº 22-6-BB/215, la Dirección General de Soberanía Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al IMARPE sobre la realización de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Océano - UNOC3 (en adelante, la conferencia) que se desarrollará en la ciudad de Niza, República Francesa, del 9 al 13 de junio de 2025; por lo que mediante los O fi cios N os 028-2025-IMARPE/ GG y 032-2025-IMARPE/GG, el IMARPE solicita la autorización de viaje al exterior de la servidora MICHELLE IVETTE GRACO, Coordinadora del Área Funcional de Investigaciones en Oceanografía Química y Geología de la Dirección General de Investigaciones Oceanográ fi cas y Cambio Climático, para que participe en la conferencia; Que, la solicitud de autorización de viaje se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentada en el Memorándum Nº 260-2025-IMARPE/DGIOCC, los Memorándums N os 470-2025-IMARPE/AFRH, 517-2025-IMARPE/AFRH, 666-2025-IMARPE/AFLEI, 236-2025-IMARPE/OGPP y Nº 244-2025-IMARPE/ OGPP, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N os 0000000902 y 0000000917 y el Informe Nº 138-2025-IMARPE/OGAJ; emitidos por la Dirección General de Investigaciones Oceanográ fi cas y Cambio Climático, el Área Funcional de Recursos Humanos, el Área Funcional de Logística e Infraestructura, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, todos del IMARPE; Que, mediante el Informe Técnico sustentatorio adjunto al Memorándum Nº 260-2025-IMARPE/DGIOCC, la Dirección General de Investigaciones Oceanográ fi cas y Cambio Climático del IMARPE señala que la participación del IMARPE en la conferencia es fundamental, debido a la importancia que tienen los ecosistemas marinos en la lucha contra el cambio climático, la seguridad alimentaria y el bienestar de las comunidades costeras, así como visibilizar los nuevos compromisos y el trabajo asociado al reporte de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 14); asimismo, permitirá reforzar la presencia regional y global, fortaleciendo las alianzas existentes y establecer nuevas alianzas estratégicas en temas de acidi fi cación, los estresores marino-costeros y otros en bene fi cio del sector de pesca y acuicultura; Que, mediante el Memorando Nº 00000739-2025-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura aprueba continuar con el trámite de autorización de viaje; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autorizan conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27619, antes mencionada, establece en sus artículos 2 y 3, que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; asimismo, en su artículo 2 contempla que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto – TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público;Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 031-2020- PRODUCE se aprueba la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de la servidora MICHELLE IVETTE GRACO, Coordinadora del Área Funcional de Investigación en Oceanografía Química y Geología de la Dirección General de Investigaciones Oceanográ fi cas y Cambio Climático del IMARPE, para que participe en la conferencia; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú - IMARPE; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la servidora MICHELLE IVETTE GRACO, Coordinadora del Área Funcional de Investigaciones en Oceanografía Química y Geología de la Dirección General de Investigaciones Oceanográ fi cas y Cambio Climático del Instituto Nacional del Mar del Perú - IMARPE, para que participe en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Océano - UNOC3, del 7 al 15 de junio de 2025, a realizarse en la ciudad de Niza, República Francesa. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú - IMARPE, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellido sPasaje aéreo (Incluido TUUA) US$Viáticos por 7 días (5 días + 2 días de instalación) US$ 540.00 por día MICHELLE IVETTE GRACO 2,385.00 3,780.00 Artículo 3.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, la servidora autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.