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64 NORMAS LEGALES Sábado 14 de junio de 2025 El Peruano / c) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM, así como sus modi fi catorias. Artículo 3°.- Vigencia La presente delegación de facultades, tiene vigencia para el año fi scal 2025, con e fi cacia anticipada al 22 de abril de 2025. Artículo 4º.- Delegación de Facultades Anterior En materia de Contrataciones del Estado, la delegación de facultades aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 012-2025-INAIGEM/PE, es aplicable aún para los procesos en trámite iniciados bajo las disposiciones de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Artículo 5°.- Informes Disponer que el Gerente General informe trimestralmente a la Presidencia Ejecutiva, respecto de las actuaciones derivadas de la delegación de facultades, otorgadas mediante la presente Resolución. Artículo 6°.- Noti fi cación y Publicación Notifíquese la presente Resolución a la Gerencia General y a la O fi cina de Administración, y dispóngase su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM (www.gob.pe/inaigem). Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ FUENTEALBA DURAND Presidenta EjecutivaINAIGEM 2408919-1 Delegan facultades y atribuciones en materia de contrataciones públicas a la Oficina de Administración del INAIGEM RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 045-2025- INAIGEM/GG Huaraz, 6 de junio de 2025VISTOS:El Informe N° D000778-LOG-OADM-GG- INAIGEM-2025, emitido por la Especialista Responsable de Logística (e), y el Informe Legal N° D000127-OAJ-GG-INAIGEM-2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30286, de fecha 13 de diciembre de 2014, se crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, fi nanciera y personería jurídica de derecho público, el cual constituye pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2020-MINAM, de fecha 03 de julio de 2020, se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM, documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al logro de su misión, visión y objetivos; Que, el 24 de junio de 2024 se publica en el diario ofi cial El Peruano, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que tiene como fi nalidad maximizar el uso de recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado, en términos de e fi cacia, e fi ciencia y economía, de tal manera que dichas contrataciones permitan el cumplimiento oportuno de los fi nes públicos y mejoren las condiciones de vida de los ciudadanos; Que, el 22 de enero de 2025, se publica en el diario ofi cial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Púbicas; Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que la referida ley, entra en vigor a los noventa días calendario, contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento, es decir el 22 de abril de 2025; Que, la Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley N° 32069 establece que, a partir de su entrada en vigencia, queda derogada la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; sin perjuicio de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria, según la cual se mantiene la vigencia del marco anterior para los procedimientos iniciados antes del 22 de abril de 2025; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 32069, en concordancia con los artículos 18 y 19 de su Reglamento, incluye como actores que intervienen directamente en los procesos de contratación regulados en el nuevo régimen de contratación pública, entre otros: a) al Titular de la Entidad y, b) la Autoridad de la gestión administrativa; Que, según los literales a) y b) del numeral 25.1 de la precitada Ley, el Titular de la Entidad es la máxima autoridad ejecutiva al interior de la entidad contratante, conforme a sus normas de creación y organización, y que la Autoridad de la gestión administrativa, es la más alta autoridad de la gestión administrativa de cada entidad contratante, precisándose que en el caso de los organismos públicos es la Gerencia General; mientras que el numeral 25.2 de la misma norma, señala que el Titular de la Entidad y la Autoridad de la gestión administrativa de la entidad contratante pueden delegar, mediante resolución, las facultades que la citada Ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el Reglamento; Que, en atención a la entrada en vigencia de la nueva normativa en materia de contrataciones del Estado, resulta pertinente que el Titular de la Entidad, pueda delegar las facultades en materia de contrataciones públicas bajo el alcance de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, a la Gerencia General y a la O fi cina de Administración del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM; Que, mediante Informe N° D000778-LOG-OADM-GG- INAIGEM-2025, la Especialista Responsable de Logística (e), propone un listado de facultades delegables en merito a lo dispuesto por la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su reglamento; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal N° D000127-OAJ-GG-INAIGEM-2025 señala que, con el propósito de agilizar y optimizar la gestión administrativa de la entidad, precisa que en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento; resulta legalmente viable que la Presidencia Ejecutiva y la Gerencia General delegue facultades en materia de contrataciones, para el Año Fiscal 2025; Con el visado de la O fi cina de Administración; la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30286, Ley de creación del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM; la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF; y en el marco de las atribuciones establecidas en la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM), aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2020- MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegación de facultades a la O fi cina de Administración Delegar a la O fi cina de Administración, las siguientes facultades y atribuciones en materia de contrataciones