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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (14/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Sábado 14 de junio de 2025 El Peruano / aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Resolución Ministerial al que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sean remitidos a la Mesa de Partes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (Sede Principal) ubicada en Jirón Zorritos N° 1203, en el distrito, provincia y departamento de Lima; así como, a través de la Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (https://mpv.mtc.gob.pe/), con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, o vía correo electrónico a la dirección info.dgprc@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2409423-1 Declaran que autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en la banda FM en la localidad de Motupillo, departamento de Lambayeque, serán otorgadas mediante concurso público RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1380-2025-MTC/28 Lima, 30 de mayo de 2025CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el numeral 40.1 del artículo 40 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que con fi gurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por Concurso Público; Que, mediante Informe Nº 1382-2025-MTC/28.01, la Dirección de Servicios de Radiodifusión de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de las frecuencias disponibles, razón por la cual las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTOSOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIAS DISPONIBLES Radiodifusión SonoraFM Motupillo Lambayeque 2 1 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión de la Dirección de Servicios de Radiodifusión;SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidad que se detalla a continuación, serán otorgadas mediante Concurso Público: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO Radiodifusión sonora FM Motupillo Lambayeque Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección de Servicios de Radiodifusión para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (https://www.gob.pe/ mtc), así como en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ANGEL VIACAVA DEXTRE Director General deAutorizaciones en Telecomunicaciones 2409004-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 155-2025- VIVIENDA Lima, 13 de junio de 2025VISTOS: El O fi cio N° 00175-2025-CG/GRECE de la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República, el Memorándum N° 580-2025-VIVIENDA-OGA de la O fi cina General de Administración, el Memorando N° 976-2025-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0326-2025-VIVIENDA/ OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° 0471-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, mediante la Resolución Ministerial N° 477-2024-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 225 119 825,00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;