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143 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de junio de 2025 El Peruano / Que, con Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), señalando en sus numerales 37.1 y 37.3 que: “El Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres tiene por objeto establecer las líneas estratégicas, los objetivos y las acciones, de carácter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la Ley y la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. El Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se articula con los instrumentos de plani fi cación sectorial, regional y local. Es aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo”; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 043-2022-MSB-A de fecha 16 de febrero de 2022, se aprobó la conformación de Brigadistas Comunitarios en Gestión de Riesgos de Desastres en la Municipalidad Distrital de San Borja; Que, con Informe N° D000144-2025-MSB-GM-GSC- SGRD de fecha 20 de mayo de 2025, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres remite un proyecto de Decreto de Alcaldía y el documento denominado “Reglamentación que regula el funcionamiento de los brigadistas comunitarios del distrito de San Borja”; con la fi nalidad de de fi nir y establecer la organización y régimen disciplinario del Brigadista Comunitario de la Municipalidad Distrital de San Borja, con el fi n de implantar su adecuado funcionamiento; en atención a ello, solicita emitir el acto administrativo correspondiente y continuar con el trámite correspondiente; Que, a través del Informe N° D000538-2025-MSB- GM-OGAJ de fecha 23 de mayo de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y concluye que, estando al marco legal habilitante y a la propuesta alcanzada por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres al amparo de sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, respecto a la propuesta de Decreto de Alcaldía que aprueba la reglamentación del funcionamiento de los Brigadistas Comunitarios del distrito de San Borja, opina que resulta factible remitir los actuados al despacho de Alcaldía para la emisión del Decreto de Alcaldía propuesto, al amparo de lo señalado en el artículo 42° y numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972; Que, mediante Memorándum N° D000419-2025-MSB- GM de fecha 23 de mayo de 2025, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido y continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto, en concordancia a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y la Gerencia Municipal; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el documento denominado “Reglamentación que regula el funcionamiento de los brigadistas comunitarios del distrito de San Borja”, cuyo anexo es parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres de la Municipalidad de San Borja, el cumplimiento de la Reglamentación que Regula el Funcionamiento de los Brigadistas Comunitarios del Distrito de San Borja. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información su publicación conjuntamente con su Anexo en el Portal de Transparencia Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 2409764-1Modifican Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Borja RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 096-2025-MSB-A San Borja, 9 de junio de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe N° D000083-2025-MSB-GM- OGPPMI-OPMGI de la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional de fecha 11 de abril de 2025, el Memorándum N° D000076-2025-MSB-GM-OGPPMI de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional de fecha 11 de abril de 2025, el Informe N° D000385-2025-MSB-GM- OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de fecha 16 de abril de 2025, el Memorándum N° D000306-2025-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 16 de abril de 2025; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el cual se establece que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 218-2023-MSB-A de fecha 14 de agosto de 2023, se aprueba la adecuación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) y sus modi fi catorias, a la nueva estructura organizacional aprobado con Ordenanza N° 702-MSB; asimismo, se aprueba el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Borja; Que, a través del Informe N° D000083-2025-MSB- GM-OGPPMI-OPMGI de fecha 11 de abril de 2025, la Ofi cina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Institucional remite las propuestas de modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Borja, por parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, la Subgerencia de Obras Privadas, la O fi cina General de Imagen Institucional, O fi cina de Trámite Documentario y Archivo, Subgerencia de Inclusión Social y Subgerencia de Atención Integral de la Salud; concluyendo lo siguiente: i. Las propuestas presentadas están alineadas con los Objetivos y Acciones del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 110-2024-MSB-A de fecha 16 de setiembre de 2024, especialmente en áreas como desarrollo territorial, e fi ciencia institucional, protección social y salud pública. ii. Las propuestas presentadas surgen de un análisis exhaustivo de las necesidades y expectativas de la población, identi fi cadas a través de mecanismos de participación ciudadana y reportes de atención al público.