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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (18/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 139

139 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de junio de 2025 El Peruano / se ha tomado en cuenta en la estructura organizacional y en las funciones de las Unidades de Organización, que la Gerencia Sub Regional de Ilo, es una Unidad Ejecutora de Inversiones, sujeto al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - SNPMGI, y como tal, ejecuta obras por administración directa; por ello, si se ha tomado en cuenta la Directiva N° 017-2023-CG/GMPL “Ejecución de Obras Públicas por Administración Directa”, el cual establece que en los documentos internos de gestión se debe desarrollar las funciones de los Organos o Unidades Orgánicas responsables de plani fi car y programar las actividades del proceso de la ejecución de obras públicas por administración directa, así como de su ejecución y supervisión hasta su culminación y liquidación, de acuerdo con las disposiciones de la citada Directiva y las funciones establecidas por el SNPMGI. Asimismo, previo a la aprobación del MOP, es necesario complementar con la información necesaria y con las opiniones respectivas de las Areas correspondientes; todo ello con la fi nalidad de poder proseguir con el trámite de aprobación. Por lo que, el presente Informe es derivado a la GRPPAT, para atender lo requerido por la Gobernación Regional; Que, con el Informe N° 229-2024-GRM/GRPPAT- SOMI de fecha 10 de julio del 2024, el Sub Gerente de Organización y Modernización Institucional, emite opinión ampliatoria a la propuesta del Manual de Operaciones de la Gerencia Sub Regional de Ilo, re fi riendo en su análisis que, en atención a lo requerido por la Gobernación Regional, si se ha tomado en cuenta la Directiva de Contraloría, al momento de elaborar la propuesta del MOP, así como la Directriz de Ejecución de Obras por Administración Directa; asimismo, cabe señalar que se cumplió con todo lo solicitado en el Memorándum N° 897-2024-GRM/GR. Sin embargo, hace notar que previo a la aprobación del Decreto Regional, es necesario que se convoqué al Directorio de las Gerencias Regionales, para que previa evaluación, acuerden la aprobación del MOP, debiendo remitirse previamente a la Gerencia General Regional, para su convocatoria y Sesión de Directorio. Concluyendo que, la propuesta del MOP de la Gerencia Sub Regional de Ilo, es técnicamente PROCEDENTE y justi fi ca la estructura organizacional y los mecanismos de control de la Gerencia Sub Regional de Ilo; recomendando, se derive el presente a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, para el informe ampliatorio solicitado y seguidamente remitirlo a la GGR para la Sesión de Directorio que señala la norma. Finalmente, el presente documento es remitido a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, a través del Memorándum N° 653-2024-GRM/GGR-GRPPAT, para el informe ampliatorio de la propuesta del MOP de la GSR. ILO, el mismo que posteriormente es derivado a la Sub Gerencia de Organización y Modernización Institucional, para su reevaluación y luego derivado a la Gerencia Sub Regional de Ilo, para su atención; Que, mediante Informe N° 259-2024-GRM/GSRI- SGPP de fecha 13 de agosto del 2024, el Sub Gerente de Planeamiento y Presupuesto de la Gerencia Sub Regional de Ilo, solicita al Gerente Sub Regional de Ilo, se sirva derivar el presente Expediente a la GRPPAT de la Sede Central con atención a SOMI, para opinión correspondiente. Por lo que, con el Informe N° 234-2024-GRM/GGM-GSR.ILO 003, el presente expediente es remitido a la GRPPAT, para su evaluación; Que, mediante Informe N° 270-2024-GRM/GRPPAT- SOMI de fecha 14 de agosto del 2024, el Sub Gerente de Organización y Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite el Informe Técnico Ampliatorio en relación a la propuesta de aprobación del Manual de Operaciones de la Gerencia Sub Regional de Ilo - MOP, indicando en su análisis que las funciones del Organo de Dirección de la Gerencia Sub Regional de Ilo, señaladas en el Artículo 8° han sido revisadas y las mismas cuentan con amparo legal en las funciones generales de la Gerencia antes señalada, establecidas en el Artículo 4° del Manual de Operaciones. Asimismo, respecto al Organo de Control Institucional, de acuerdo a la nueva normatividad, este tiene dependencia administrativa, técnica y funcional del Organo de Control Institucional del Gobierno Regional de Moquegua a cargo de la Contraloría General de la República. Señalando que de acuerdo al Artículo 14° numeral 14.1 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, la Gerencia Sub Regional de Ilo, al ser un Organo Desconcentrado, requiere una organización distinta a la Entidad de la cual forman parte; en este sentido, la GSRI al igual que el Gobierno Regional de Moquegua - Sede Central, es también una organización y como tal también requiere de su propio Organo de Control. De otro lado, las normas se encuentran alineadas a las normas establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Moquegua para la Gerencia Sub Regional de Ilo. Concluyendo que, de acuerdo a las normas y técnicas de organización y funcionamiento, resulta técnicamente PROCEDENTE aprobar el Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Sub Regional de Ilo, el mismo que consta de 4 Títulos 2 Capítulos, 39 Artículos y 3 Disposiciones Complementarias. Finalmente, con el Memorándum N° 863-2024-GRM/GGR-GRPPAT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, la propuesta del Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Sub Regional de Ilo, a efecto de que se continúe con el trámite respectivo; Que, en el Informe Técnico sustentatorio, se señala que se está eliminando Unidades Orgánicas de la actual Estructura Orgánica aprobada por la Ordenanza Regional N° 010-2010-CR/GRM, la misma que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Gerencia Sub Regional de Ilo y se está reordenando funciones de la Estructura Orgánica; por lo que, en consecuencia, esta propuesta se encuentra incursa en el supuesto b) del Artículo 46° numeral 46.1 de los LOE aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, este supuesto de modi fi cación de la estructura orgánica, no requiere la sección tercera tal como se señala en el Artículo 46°; Que, el Informe Técnico remitido por la Gerencia Sub Regional de Ilo, contiene la Sección 1: Justi fi cación de la Necesidad y la Sección 2: Análisis de la Racionalidad; esto conforme al supuesto de hecho b) previsto en el Artículo 46° inciso 46.1 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM - Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, sobre la modi fi cación del Documento de Gestión de Organización y Funciones de Organo Desconcentrado, en este caso, Manual de Operaciones; con actualización y precisión de algunas denominaciones de las Unidades Orgánicas; Que, al respecto cabe mencionar que, para la evaluación de la necesidad del Manual de Operaciones, se ha tomado en cuenta: la obligación legal de adecuarse a la actual normativa de Organización del Estado, así como el de contar con una estructura adecuada para poder cumplir con sus funciones que se encuentran a cargo de la Gerencia Sub Regional de Ilo, y para el análisis de Racionalidad de la Propuesta, ha prevalecido el principio de especialidad, por el cual toda unidad organizacional debe tener claramente asignadas sus competencias, de modo tal que pueda determinarse su desempeño, grado de cumplimiento de las funciones y que coadyuven al logro de los objetivos institucionales; Que, asimismo, la propuesta de estructura ha sido diseñada evitando la duplicidad de las funciones y competencias, no existiendo duplicidad de funciones con los distintos Organos del Gobierno Regional de Moquegua, ni con otras Entidades, ni con otras Unidades Orgánicas Internas. En el presente Informe, la Gerencia Sub Regional de Ilo, ha señalado que no se está incrementando ninguna Unidad Orgánica, más bien se está eliminando Unidades Orgánicas, se reordena funciones, se actualiza y precisa en algunos casos la denominación. En la práctica estas Unidades Orgánicas son con las que actualmente cuenta la Gerencia Sub Regional de Ilo en su Estructura Orgánica de su ROF vigente y en su CAP; Que, en este Manual de Operaciones se ha desarrollado la siguiente Estructura Orgánica de la Gerencia Sub Regional de Ilo con sus respectivas funciones: ORGANO DE DIRECCION - Gerencia Sub Regional; ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL - Organo de Control Institucional; ORGANOS DE ASESORAMIENTO - O fi cina