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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (21/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Sábado 21 de junio de 2025 El Peruano / Que, de acuerdo al Informe N° 018-2025-MINEM/ DGER/DPRO-JER, existen razones operativas, comerciales y de interés social para efectuar la transferencia a favor de la CONCESIONARIA, toda vez que los SER están localizados en el ámbito geográ fi co, donde el suministro público de electricidad, está a cargo de la CONCESIONARIA, responsable de su operación, mantenimiento y comercialización, lo cual motivó, en su oportunidad, que la DGER realice las coordinaciones con la CONCESIONARIA durante la implementación de los proyectos, hasta la suscripción de las Actas de Conformidad de Operación Experimental correspondientes. Asimismo, es de interés del Ministerio de Energía y Minas, la DGER, la CONCESIONARIA y usuarios en general, que se emita la Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de los diez (10) proyectos referidos, a favor de la empresa, los cuales fueron entregados por la DGER y vienen siendo operados por la CONCESIONARIA, desde la suscripción de las respectivas Actas de Conformidad de Operación Experimental; Que, de acuerdo al Informe N° 039-2025-MINEM/ DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, señala que el expediente cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ley N° 28749 Ley General de Electri fi cación Rural y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, y demás normas especiales aplicables sobre la materia, más aún cuando se ha efectuado la suscripción de las correspondientes Actas de Conformidad de Operación Experimental; Que, el referido informe, concluye que, corresponde declarar procedente la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER, respecto de los diez (10) Proyectos de Electri fi cación Rural, el cual se realizará a título gratuito a favor de la CONCESIONARIA, por un monto total de S/ 76 114 491,23 (Setenta y seis millones ciento catorce mil cuatrocientos noventa y uno con 23/100 soles); Que, mediante Informe Nº 00519-2025/MINEM-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, señala que la DGER ha evaluado legalmente la viabilidad de la transferencia de los PROYECTOS a favor de la CONCESIONARIA, habiendo seguido el trámite correspondiente de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente en el presente caso, es decir, la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM, únicamente en el extremo referido a la emisión de la respectiva Resolución Ministerial, y considerando lo expuesto por la Jefatura de Energías Renovables y la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo mediante el cual se formalice la transferencia de los diez (10) PROYECTOS SER a favor de la CONCESIONARIA, los cuales se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Que, es oportuno resaltar sobre los cambios normativos a la LGER y su Reglamento, observando por tanto lo siguiente: 'HFUHWR/HJLVODWLYR 1ƒPRGLILFDOD/*(5 Vigencia: 23/09/2015 - Actualidad 5HJODPHQWRGHOD/H\ 1ƒ /H\*HQHUDOGH (OHFWULILFDFLyQ5XUDO Decreto Supremo N° 025-2007-EM Vigencia: 03/05/ 2007 – 14 /07/20205HJODPHQWRGHOD/H\ 1ƒ/H\*HQHUDOGH (OHFWULILFDFLyQ5XUDO Decreto Supremo N° 018-2020-EM Vigencia: 15/07/2020 -A c t ualidad/H\1ƒ± /H\*HQHUDOGH (OHFWULILFDFLyQ5XUDO /*(5 Vigencia: 01/06/2006 - ActualidadQue, en ese contexto se advierte que la entrega física de los PROYECTOS se efectuó entre el año 2014 al 12/06/2020, es decir durante la vigencia del Decreto Supremo N° 025-2007-EM, aplicable para el presente caso; el cual estableció en su artículo 53, que la transferencia de obras de los SER se realizaría a título gratuito mediante Resolución Ministerial, según los criterios establecidos en su artículo 54; Con los vistos de la Dirección General de Electri fi cación Rural, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; Los Decretos Supremos Nº 025-2007-EM y N° 018-2020-EM, que aprueban el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman los diez (10) Proyectos de Electri fi cación Rural, por un monto total de S/ 76 114 491,23 (Setenta y seis millones ciento catorce mil cuatrocientos noventa y uno con 23/100 soles), detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, a favor de la empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - Electro Oriente, de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Poner en conocimiento de la empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - Electro Oriente y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2411802-1 INTERIOR Designan Prefecta Regional de Tumbes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 104-2025-IN Lima, 20 de junio de 2025 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior tiene entre otras funciones especí fi cas, dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 161 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, señala que los Prefectos Regionales son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Interior a propuesta del Viceministerio de Orden Interno; Que, se encuentra vacante el cargo de Prefecto/a Regional de Tumbes, por lo que en aplicación del literal c) del artículo 118 del citado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, el Despacho Viceministerial