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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (21/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Sábado 21 de junio de 2025 El Peruano / ley penal mayores probabilidades de reinserción social, siendo una forma de superar los efectos negativos de la infracción y prevenir la comisión de otras futuras; Que, en virtud a la excepción establecida en el literal b) del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, la presente norma se considera fuera del alcance de la obligación de presentar expediente AIR Ex Ante a la CMCR, al constituir disposiciones normativas para la articulación con otras entidades públicas, como es la actualización de un instrumento de articulación entre entidades para la mejor administración del sistema de justicia penal juvenil; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; DECRETA: Artículo 1.- Modi fi cación del Calendario O fi cial de la aplicación progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes Modi fi car el Calendario O fi cial de la aplicación progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2024-JUS, quedando establecido de la siguiente manera: Distritos Judiciale s AñoFecha de Entrada en Vigencia Lima Norte 2025 1 de agosto de 2025Callao y Puente Piedra-Ventanilla 2026 1 de abril de 2026Lima, Lima Sur, Lima Este, Cañete y Huaura2026 1 de agosto de 2026 Ica, Arequipa, Ayacucho y La Libertad 2027 1 de abril de 2027 Lambayeque, Cajamarca, Áncash y Santa 2027 1 de agosto de 2027Piura, San Martín, Junín y Huánuco 2028 1 de abril de 2028Tumbes, Sullana, Amazonas, Pasco, Huancavelica y Selva Central2028 1 de agosto de 2028 Ucayali, Cusco, Apurímac y Puno 2029 1 de abril de 2029 Loreto, Madre de Dios, Moquegua y Tacna2029 1 de agosto de 2029 Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en la Plataforma Digital única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, a los veinte días del mes de junio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS Ministro del Interior JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2411976-1Cancelan título de Notario del distrito de Amarilis, provincia de Huánuco, Distrito Notarial de Huánuco y Pasco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0212-2025-JUS Lima, 18 de junio de 2025 VISTOS, los Informes Nº 60-2025-JUS/CN/ST/ REGISTRO y Nº 67-2025-JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Coordinación de Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios del Consejo del Notariado; los Memorandos Nº 269-2025-JUS/CN y Nº 325-2025-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Memorando Nº 345-2025-JUS/OGAJ e Informe Nº 751-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Suprema Nº 115-98- JUS, de fecha 05 de junio de 1998, se nombró notario del distrito de Amarilis, provincia de Huánuco, Distrito Notarial de Huánuco, Pasco y Ucayali, al doctor ALCIDES AGLIBERTO LAZO FACUNDO; Que, mediante O fi cio Nº 57-2025-D-CNHP, de fecha 30 de abril de 2025, el Colegio de Notarios de Huánuco y Pasco, comunicó a la Presidencia del Consejo del Notariado la renuncia al cargo de notario del señor ALCIDES AGLIBERTO LAZO FACUNDO, solicitando la cancelación de su título de Notario; Que, mediante Memorando Nº 269-2025-JUS/CN, de fecha 13 de mayo de 2025, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Informe Nº 60-2025- JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Coordinación de Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, a fi n de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título del mencionado notario; Que, de la documentación remitida por la Presidencia del Consejo del Notariado obran las copias de la carta de renuncia del señor ALCIDES AGLIBERTO LAZO FACUNDO, de fecha 21 de abril de 2025; de la Resolución Nº 003-2025-CNHP/JD, de fecha 24 de abril de 2025 emitida por el Colegio de Notarios de Huánuco y Pasco, mediante la cual declara el cese del citado notario por causal de renuncia y designa a la decana de la orden, María Lourdes Cueva Livia como administradora del archivo notarial del notario cesado; así como de las Actas de Cierre de los Registros; Que, mediante Memorando Nº 345-2025-JUS/OGAJ, de fecha 16 de mayo de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicitó a la Presidencia del Consejo del Notariado precisar si hubo cambios en la competencia territorial y administrativa del notario ALCIDES AGLIBERTO LAZO FACUNDO; Que, mediante Memorando Nº 325-2025-JUS/CN, de fecha 02 de junio de 2025, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el Informe Nº 67-2025-JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Coordinación de Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios del Consejo del Notariado, a través del cual informa que, a partir de la vigencia la Ley Nº 27567, “Ley que modi fi ca los Artículos 21 y 128 de la Ley del Notariado y Crea los Distritos Notariales de Tacna; de Moquegua; de Huánuco y Pasco; y de Ucayali”, su ejercicio notarial paso a estar circunscrito exclusivamente al Distrito Notarial de Huánuco y Pasco, manteniéndose su sede en el distrito de Amarilis, provincia de Huánuco, departamento de Huánuco; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, modi fi cado por el Decreto legislativo Nº 1232, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la resolución ministerial de cancelación de título de Notario;