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60 NORMAS LEGALES Viernes 27 de junio de 2025 El Peruano / de Nieva, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, Distrito Notarial de Amazonas, otorgada a la señora JUDITH RUBIO VALQUI. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, Colegio de Notarios de Amazonas, y a la señora JUDITH RUBIO VALQUI, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ENRIQUE ALCANTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2413189-1 Autorizan la realización de la XXXVI Convención de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de entidades del Sector Público “Principales reflexiones de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, desde la perspectiva del Estado Constitucional”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0223-2025-JUS Lima, 26 de junio de 2025VISTOS, el Informe Nº 110-2025-JUS/DGDNCR- DDJCR, de la Dirección de Desarrollo Jurídico y Calidad Regulatoria; el O fi cio Nº 561-2025-JUS/DGDNCR, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; el Informe Nº 274-2025-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 0854-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el literal f) del artículo 4 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que esta entidad del Poder Ejecutivo es competente en materia de defensa, coherencia y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico; Que, el literal i) del artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, establece que la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria tiene la función de coordinar las actividades funcionales de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica o Gerencias Legales de las entidades del Sector Público con la fi nalidad de mantener la coherencia del ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe Nº 110-2025-JUS/DGDNCR- DDJCR, la Dirección de Desarrollo Jurídico y Calidad Regulatoria de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria propone la realización de la XXXVI Convención de Representantes de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de entidades del Sector Público “Principales re fl exiones de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, desde la perspectiva del Estado Constitucional” , que se llevará a cabo de manera presencial el día viernes18 de julio de 2025, y tendrá como sede a la ciudad de Lima, en el horario de 08:00 am a 06:00 pm; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización con el Informe Nº 274-2025-JUS/OGPM, señala que se ha evaluado el presupuesto institucional de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, indicando que se cuenta con recursos de libre disponibilidad, los mismos que permiten fi nanciar el desarrollo del evento al que se ha hecho referencia; Que, en dicho contexto, resulta conveniente autorizar la realización del mencionado evento;Con el visado de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la realización de la XXXVI Convención de Representantes de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de entidades del Sector Público “Principales re fl exiones de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, desde la perspectiva del Estado Constitucional” , que se llevará a cabo de manera presencial el día viernes 18 de julio de 2025, en el horario de 08:00 am a 06:00 pm, en la ciudad de Lima. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria la organización y realización de la XXXVI Convención de Representantes de las O fi cinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de entidades del Sector Público “Principales re fl exiones de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, desde la perspectiva del Estado Constitucional” . Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, la O fi cina General de Tecnologías de Información y la O fi cina General de Imagen y Comunicaciones brinden el apoyo y colaboración necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE ALCANTARA MEDRANO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2413592-1 PRODUCE Decreto Supremo que modifica la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE DECRETO SUPREMO Nº 011-2025- PRODUCE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el artículo 9 de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; Que, el artículo 13 de la Ley Nº 30224 señala que el Consejo Directivo es el órgano máximo del INACAL, integrado por nueve (9) miembros, entre ellos, un representante de los gremios empresariales y un representante de las organizaciones de consumidores, cuyos per fi les, mecanismos y procedimientos de designación son establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, se aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, cuyo artículo 8 establece