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43 NORMAS LEGALES Viernes 27 de junio de 2025 El Peruano / efectuará con cargo a las partidas presupuestales de la Marina de Guerra del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El citado O fi cial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2412770-1 Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00758-2025-DE Lima, 25 de junio del 2025 VISTOS: El O fi cio Extra FAP N° 002384-2025-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01427-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01250-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Radicado 2025271000023501 la Secretaría del Centro de Estudios Aeronáuticos-CEA (E) UEA de Aeronáutica Civil de la República de Colombia cursa la invitación a la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, para que un (1) efectivo militar de la citada Institución Armada participe en el Curso de Coordinador de Misión SAR de la Aeronáutica Civil de Colombia, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 1 al 25 de julio de 2025 (modalidad presencial); Que, con O fi cio Extra FAP N° 002384-2025-SECRE/ FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP LUIS DAVID BUSTAMANTE IQUIRA, identi fi cado con DNI N° 70462652 y NSA N° 98197, como titular; y del Capitán FAP KENYER PHOOL POMA ORIHUELA, identi fi cado con DNI N° 70496739 y NSA N° 97856, como suplente, para participar en el citado curso, a realizarse en el lugar y fecha programada; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida el 30 de junio y su retorno el 26 de julio de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal COAL N° 027-2025; la Hoja de Gastos N° 95 DGVC-ME/SIAF-RP; así como, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000755 que garantiza el fi nanciamiento correspondiente;Que, mediante la Exposición de Motivos y Sustento, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto le permitirá adquirir conocimientos sobre la doctrina, técnicas, entrenamiento y lecciones, las cuales podrán ser difundidas al personal encargado del manejo del Sistema SAR-FAP, lo cual redundará en bene fi cio de la Institución Armada; Que, conforme a lo indicado en el acotado documento, se precisa que los gastos de alojamiento, alimentación y transporte interno, serán asumidos por los O fi ciales designados, de acuerdo a las Declaraciones Juradas de fecha 12 de junio de 2025 suscritas por el Capitán FAP Luis David BUSTAMANTE IQUIRA y el Capitán FAP Kenyer Phool POMA ORIEHUELA; por lo que, el Estado Peruano asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales; Que, mediante el O fi cio N° 01427-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 279-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior del mencionado personal militar; Que, con Informe Legal N° 01250-2025-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán FAP LUIS DAVID BUSTAMANTE IQUIRA como titular, y del Capitán FAP KENYER PHOOL POMA ORIHUELA como suplente, para participar en el Curso de Coordinador de Misión SAR de la Aeronáutica Civil de Colombia, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 1 al 25 de julio de 2025; así como, autorizar su salida del país el 30 de junio y su retorno el 26 de julio de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima Clase económicaUS$ 1,344.94 x 1 persona US$ 1,344.94 Total a pagar: US$ 1,344.94 Artículo 4.- Los gastos de alojamiento, alimentación, transporte local y seguro médico que demande la participación del personal designado, serán cubiertos por el personal participante. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal militar comisionado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular