TEXTO PAGINA: 74
74 NORMAS LEGALES Viernes 27 de junio de 2025 El Peruano / Que, mediante Hoja Informativa N° 000100-2025-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que aprueba de manera parcial la excepción al tope de servidores de con fi anza del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al sustento contenido en el Informe Técnico N° 000131-2025-SERVIR-GDSRH; Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062- 2008-PCM; y los Lineamientos N° 001-2023-SERVIR-GDGRH, Lineamientos que desarrollan los criterios y el procedimiento aplicable para la evaluación de excepciones al tope de servidores de con fi anza, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 214-2023-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Exceptuar al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables del tope de cincuenta (50) servidores de con fi anza previsto en el artículo 6 de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, conforme al listado de cargos y posiciones de con fi anza que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva; de acuerdo al sustento contenido en el Informe Técnico N° 000131-2025-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; en el marco del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, así como de los Lineamientos N° 001-2023- SERVIR-GDSRH. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y su Anexo, en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir), en la misma fecha de la publicación de esta Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA Presidente EjecutivoConsejo Directivo 2413251-1 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Modifican Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 057-2025/ CEPLAN/PCD Lima, 25 de junio de 2025VISTO: El Proveído N° 1622-2025-CEPLAN- DE, de la Dirección Ejecutiva; el Informe N° 0342-2025-CEPLAN-DNCP, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, el Informe N° 094-2025-CEPLAN-DNSE, de la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación, y el Informe N° 0118-2025-CEPLAN-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0021-2024/CEPLAN/PCD, se aprobó la “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN”, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0039-2024/CEPLAN/PCD; Que, de la revisión de los documentos del Visto, se considera pertinente modi fi car la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN”, aclarando los hitos correspondientes a las políticas nacionales en relación al Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), a fi n de lograr una mejor alineación de indicadores y metas entre los instrumentos de plani fi cación. Asimismo, se incorpora un Capítulo correspondiente al fortalecimiento de capacidades en planeamiento estratégico y una Disposición Transitoria Final referente a la capacitación prioritaria en materia de planeamiento estratégico para los años 2025 y 2026; Con el visado del Director Ejecutivo, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 16.3 del artículo 16 de la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 16.- Políticas Nacionales Sectoriales - PNS(…) 16.3. Se formula con un horizonte temporal mínimo de diez (10) años, optando por los hitos 2040 o 2050 del PEDN.” Artículo 2.- Incorporar el Capítulo X en la “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN”, conforme al siguiente detalle: “CAPÍTULO XSOBRE LAS CAPACIDADES EN PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Artículo 40°. Sobre el fortalecimiento de capacidades en planeamiento estratégico 40.1. El Ceplan establece los contenidos y acciones de capacitación transversal priorizados en materia de planeamiento estratégico, orientados a fortalecer las capacidades de los servidores públicos de las entidades de la administración públicas integrantes del Sinaplan. 40.2. La capacitación es brindada y orientada por el Ceplan en materia de prospectiva, planeamiento estratégico, seguimiento y evaluación y comprende acciones de enseñanza-aprendizaje como talleres, cursos, conferencias y seminarios, entre otros. Esta se programa anualmente y comprende un proceso integral, continuo y sistemático que se desarrolla a través de tres etapas: i) Plani fi cación; ii) Ejecución; y iii) Evaluación.