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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (27/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Viernes 27 de junio de 2025 El Peruano / proyecto en el marco del concurso desafíos de innovación en Cadenas de Valor Modalidad B, del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento denominado: “BUSQUEDA E IMPLEMENTACION DE SOLUCION TECNOLOGICA INNOVADORA, PARA LA TRANSFORMACION DEL CALZADO DE CUERO USADO Y SU REUTILIZACION COMO INSUMO EN LA INDUSTRIA DEL CALZADO”; Que, el 8 de mayo de 2025, PROINNOVATE y la Universidad Nacional del Altiplano Puno suscriben el Contrato Nº 139-PROINNOVATE-IEIR-2025, Contrato de adjudicación de recursos no reembolsables (RNR) que otorga el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE para la ejecución del proyecto en el marco del concurso “INCUBADORAS Y ACELERADORAS DE EMPRENDIMIENTOS INNOVADORES EN REGIONES” denominado: “PROYECTO PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL LABORATORIO DE INCUBACION UNA – PUNO A PARTIR DEL IMPULSO A EMPRENDIMIENTOS INNOVADORES Y SOSTENIBLES DE GRAN IMPACTO ECONOMICO SOCIAL Y AMBIENTAL, INCUNA LAB”; Que, el 2 de febrero de 2024, PROINNOVATE y el Gobierno Regional de Loreto suscriben el Contrato Nº 1053-PROINNOVATE-DER-2023, Contrato de adjudicación de recursos no reembolsables (RNR) que otorga el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE: “IMPULSANDO EL FORTALECIMIENTO Y DINAMIZACION DEL ECOSISTEMA REGIONAL EN INNOVACION Y EMPRENDIMIENTO – DER EN EL DEPARTAMENTO DE LORETO”; Que, con el O fi cio Nº 268-2025-PRODUCE/ PROINNOVATE.DE, PROINNOVATE remite el Informe Nº 070-2025-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto, a través del cual sustenta la necesidad de autorizar la transferencia fi nanciera a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, la Universidad Nacional del Altiplano Puno y el Gobierno Regional de Loreto con cargo a los recursos de su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, por la suma de S/ 2 819 553,88 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 88/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 5287/OC-PE, “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento”, a fi n de garantizar la continuidad exitosa de los mencionados contratos; Que, con el Memorando Nº 00000576-2025-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº 00000178-2025-PRODUCE/OP de su O fi cina de Presupuesto, el cual constituye el informe favorable previo en materia presupuestaria, e indica que considera procedente la aprobación de la Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma total de S/ 2 819 553,88 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 88/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento 3: Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, señalando que ha veri fi cado que PROINNOVATE cuenta con los recursos en el Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM), en la Actividad 5006387. Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, para los fi nes anteriormente señalados; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar, mediante Resolución Ministerial, la Transferencia Financiera del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, la Universidad Nacional del Altiplano Puno y el Gobierno Regional de Loreto, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Resolución Ministerial Nº 493-2024-PRODUCE, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 038. Ministerio de la Producción; y, la Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01 que aprueba la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 038: Ministerio de la Producción con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, la Universidad Nacional del Altiplano Puno y el Gobierno Regional de Loreto hasta por la suma total de S/ 2 819 553,88 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 88/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento 3: Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectúa con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5006387. “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en la fuente de fi nanciamiento 3: Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la citada Transferencia Financiera. Artículo 5.- Acciones Administrativas La O fi cina General de Administración o la que haga sus veces de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2413309-1