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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (30/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Lunes 30 de junio de 2025 El Peruano / Que, con Informe N° 001-2025-IMARPE/AFC de fecha 27 de junio de 2025, el Área Funcional de Contabilidad de la O fi cina General de Administración, indica que la actualización del procedimiento administrativo “Embarque de Técnicos Cientí fi cos de Investigación (TCI)” del IMARPE se ha efectuado aplicando el Decreto Supremo N° 064-2010 PCM, que aprueba la Metodología de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en exclusividad, comprendido en los Textos Únicos de Procedimientos de las Entidades Públicas en cumplimiento al numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, asimismo, el mencionado informe indica que, al referido procedimiento, se ha Eliminado el Requisito “Aplicar la metodología dispuesta sea dedicada a la pesca para consumo humano directo” y se ha Modi fi cado el Requisito “Elaboración de la TABLA ASME (Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS)”; Que, mediante Informe N° 030-2025-IMARPE/OGPP, de fecha 27 de junio de 2025, el Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que se desplegaron las acciones necesarias que corresponden para la formulación y/o actualización de una propuesta de Simpli fi cación Administrativa a los Procedimientos Administrativos del TUPA del IMARPE, concordante con la sustentación presentada por la O fi cina General de Administración, considerando viable técnicamente la modi fi cación del TUPA del IMARPE (por simpli fi cación administrativa) y la aprobación de dicha modi fi cación mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; Que, de acuerdo al numeral 19.2 del artículo 19 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, en adelante Lineamientos del TUPA, la potestad para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad atribuidas a los Organismos Técnicos Especializados, los faculta a poder eliminar procedimientos o servicios prestados en exclusividad; por lo que siendo el IMARPE un Organismo Técnico Especializado está facultado para efectuar la actualización del TUPA; Que, de acuerdo al numeral 5.4 del artículo 5 de los Lineamientos del TUPA, las entidades de la administración pública deben aprobar o modi fi car su TUPA como resultado de un proceso de simpli fi cación administrativa o modernización institucional; Que, el artículo 19 de la citada norma establece que procede la modi fi cación del TUPA, cuando no implique la creación de nuevos procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, incremento de derechos de tramitación o requisitos; señalando que cuando se trate de un Organismo Técnico Especializado, corresponde la modi fi cación del TUPA mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, con Informe N° 188-2025-IMARPE/OGAJ de fecha 27 de junio de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que en atención a lo determinado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde proceder a la actualización de un (1) procedimiento del TUPA del IMARPE, modi fi cándolo, por lo que, corresponde su aprobación a través de una Resolución de Presidencia Ejecutiva en su calidad de Titular de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1677, Decreto Legislativo para el Fortalecimiento y Modernización de la Gestión y Organización del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, Decreto Supremo N° 002-2003-PRODUCE, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), corresponde a la Presidencia Ejecutiva aprobar la modi fi cación del procedimiento del TUPA del Instituto del Mar del Perú identi fi cado como “Embarque de Técnicos Cientí fi cos de Investigación (TCI) del IMARPE”; Con el visado de la Gerencia General, y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a fi n de actualizar un (1) procedimiento administrativo, de acuerdo con el siguiente detalle: Tabla 1: Actualización de la tarifa por procedimiento administrativo Denominación del P.A.Requisito EliminadoRequisito ModificadoBase Legal VigenteTarifa en Nuevos Soles (S/) Embarque de Técnicos Científicos de Investigación (TCI) del IMARPEAplicar la metodología dispuesta sea dedicada a la pesca para consumo humano directo”Elaboración de la TABLA ASME (Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.Decreto Supremo N° 064-2010 PCM, que aprueba la Metodología de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en exclusividad, comprendido en los Textos Únicos de Procedimientos de las Entidades Públicas en cumplimiento al numeral 44.6 del Art. 44 de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.104.32 Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el portal web de la entidad: http://www.imarpe.gob.pe y en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE PAZ ACOSTA Presidente Ejecutivo (e) 2414210-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 115- 2024-MTC/01.02, a fin de establecer el Derecho de Vía para el tramo que inicia en la intersección con la Av. Costanera y finaliza en el empalme del Puente Santa Rosa de la Ruta Nacional PE-20I, así como sus Anexos N° 01 y N° 02 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 419-2025-MTC/01.02 Lima, 27 de junio de 2025 VISTOS: El Memorando N° 3054-2025-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de