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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (30/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Lunes 30 de junio de 2025 El Peruano / 1620, corresponde a la Sunass realizar la evaluación de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal (en adelante, empresas prestadoras), a fi n de determinar la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio (en adelante, RAT). Que, el referido artículo modi fi ca los aspectos a evaluar para la aplicación del RAT, manteniéndose los aspectos de solvencia económica y fi nanciera y sostenibilidad en la prestación del servicio; asimismo, se eliminó el aspecto de sostenibilidad en la gestión empresarial. Que, adicionalmente, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-VIVIENDA, contempla modi fi caciones en torno a los criterios, alcances y etapas para la evaluación de la aplicación del RAT. Que, de acuerdo con la segunda disposición complementaria fi nal del referido reglamento, corresponde a la Sunass emitir las normas complementarias pertinentes a las modi fi catorias realizadas. Que, los cambios mencionados anteriormente produjeron modi fi caciones tácitas y dejó sin efectos diversas disposiciones de la Directiva para la Evaluación en el Marco del Régimen de Apoyo Transitorio de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 068-2017-SUNASS-CD, por lo que, a fi n de generar certeza y predictibilidad en la evaluación que se realiza en dicho marco, resulta necesario aprobar una nueva norma. Que, a partir de lo dispuesto en el numeral 2.4 del apartado 2 de las Disposiciones para la Aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo N° 047-2021-SUNASS-CD, la propuesta normativa está fuera del ámbito de aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio, toda vez que no genera costos adicionales en su cumplimiento por parte de los actores dentro del ámbito de competencias de la Sunass. Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del párrafo 50.2 del artículo 50 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023- 2025-PCM (en adelante, Reglamento de la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria), las disposiciones normativas emitidas por las entidades del Poder Ejecutivo relacionadas a modi fi caciones que no impliquen la creación de nuevos procedimientos y/o requisitos ni cambios sustantivos que aumenten la carga administrativa no se encuentran comprendidas en el alcance del Análisis de Calidad Regulatoria Ex Ante, lo cual se enmarca en la presente propuesta. Que, el artículo 5 del Reglamento General de la Sunass contempla el principio de transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias para su aprobación deben ser previamente publicadas, a fi n de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión. Que, de conformidad con lo anterior, la Sunass dispuso, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 014-2025-SUNASS-CD, la publicación de la referida propuesta normativa y otorgó un plazo de quince días calendario para recibir comentarios de los interesados. Que, transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior, se evaluaron y consolidaron los comentarios en una matriz, la cual junto con el informe fi nal de consulta pública fueron publicados en la sede digital de la Sunass en virtud del acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Sunass en la sesión del 12 de junio de 2025, en cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria. Que, en virtud a lo expuesto, corresponde aprobar el texto de fi nitivo de la “Norma que establece disposiciones para la evaluación de las causales que determinan la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio”. Según lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la Sunass y con la conformidad de las direcciones de Políticas y Normas y Fiscalización, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General.El Consejo Directivo en su sesión del 26 de junio de 2025. HA RESUELTO:Artículo 1°.- APROBAR la “Norma que establece disposiciones para la evaluación de las causales que determinan la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio” que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- DEROGAR la “Directiva para la Evaluación en el Marco del Régimen de Apoyo Transitorio de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”, aprobada por la Resolución de Consejo Directivo N° 068-2017-SUNASS-CD. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, la cual entra en vigor al día siguiente de su publicación. Artículo 4°.- DISPONER la difusión de la presente resolución, su exposición de motivos y el Informe N° 00116-2025-SUNASS-DPN en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el portal estándar de transparencia. Regístrese, publíquese y difúndase.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo NORMA QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA LA EVALUACIÓN DE LAS CAUSALES QUE DETERMINAN LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE APOYO TRANSITORIO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente norma tiene por objeto establecer el proceso, los parámetros y criterios para efectuar la evaluación de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal a efectos de determinar el ingreso, continuidad o conclusión en el Régimen de Apoyo Transitorio. Artículo 2.- Ámbito de aplicación La presente norma es aplicable a las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal que no se encuentran incorporadas al régimen concursal. Artículo 3.- Referencias3.1. Para efectos de la aplicación de la presente norma, entiéndase como: 1. Empresa prestadora: Empresa prestadora de servicios de agua potable y saneamiento pública de accionariado municipal que no se encuentra incorporada al régimen concursal. 2. Fonavi: Fondo Nacional de Vivienda. 3. Manual de Contabilidad Regulatoria: Manual de Contabilidad Regulatoria aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 004-2023-SUNASS-CD. 4. MVCS: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 5. Otass: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento. 6. RAT: Régimen de Apoyo Transitorio. 7. Sunass: Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento. 8. Sunat: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. 3.2. Cuando se mencione un capítulo, subcapítulo, artículo, párrafo, numeral, inciso, literal o anexo sin indicar la norma a la cual pertenece, se re fi ere a la presente norma.