Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (30/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Lunes 30 de junio de 2025 El Peruano / Transportes; el Informe N° 0392-2025-MTC/19.03.CG_ GAT-IMT de la Dirección de Disponibilidad de Predios; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2008-MTC (en adelante, el Reglamento), tiene por objeto, entre otros, de fi nir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas, así como las condiciones para el uso del derecho de vía para la instalación de elementos y dispositivos no relacionados con el transporte o tránsito; Que, el artículo 4 del Reglamento establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, es la autoridad competente para dictar e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho Reglamento, correspondientes a la gestión de la infraestructura vial en carreteras, caminos y vías urbanas, así como para fi scalizar su cumplimiento; señala, además, que esta entidad es la autoridad a cargo de la gestión de la infraestructura de la Red Vial Nacional; Que, asimismo, el artículo 32 del Reglamento dispone que cada autoridad competente para la gestión de la infraestructura vial establece y aprueba mediante resolución del titular, el ancho de la faja de derecho de vía de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras de su competencia, en concordancia a las normas aprobadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo con el Glosario de Términos de Uso Frecuente en Proyectos de Infraestructura Vial, aprobado por Resolución Directoral N° 02-2018-MTC/14, se de fi ne el Derecho de Vía como “Faja de terreno de ancho variable dentro del cual se encuentra comprendida la carretera y todos los elementos que la conforman, servicios, áreas previstas para futuras obras de ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad para el usuario. Su ancho se establece mediante resolución del titular de la autoridad competente respectiva (…)”; Que, el Manual de Carreteras: Diseño Geométrico DG - 2018, aprobado por Resolución Directoral N° 03- 2018-MTC/14, de fi ne el derecho de vía, como la faja de terreno de ancho variable que incluye la carretera, sus obras complementarias, servicios, zonas para futuras ampliaciones o mejoras, y áreas de seguridad para los usuarios; Que, con Resolución Ministerial N° 115-2024- MTC/01.02, se establece el Derecho de Vía del tramo que inicia en la intersección con la Av. Costanera y fi naliza en el empalme con el Proyecto Puente Santa Rosa de la Ruta Nacional PE-20I donde se ejecutará el proyecto “Creación (Construcción) de la Vía Expresa Santa Rosa (RUTA PE- 20 I)”, conforme el detalle de los 1054 (mil cincuenta y cuatro) vértices de fi nidos en el Anexo N° 01 denominado “Cuadro de Coordenadas UTM DATUM WGS-84, Zona 18 Sur, polígono del Derecho de Vía de un tramo de la Ruta Nacional Nº PE-20I” y el Anexo N° 02 denominado “Planos detalle del Derecho de Vía de la Ruta Nacional N° PE-20I” , que forman parte integrante de la mencionada Resolución Ministerial; Que, con Memorándum N° 439-2025-MTC/20.15, la Dirección de Control y Calidad del programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL remite a la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el Informe N° 010-2025-MTC/20.15.3-GCGZ, con la información técnica y el Expediente Técnico correspondiente, a fi n de modi fi car la Resolución Ministerial N° 115-2024- MTC/01.02 en mérito a la suscripción de la Adenda N° 8 al Contrato para la Prestación del Servicio de Asistencia Técnica en la Ejecución de los Proyectos “Creación del Servicio de Transitabilidad Vial Interurbana en la Nueva Carretera Central - Ate - Cieneguilla - Antioquía - Santo Domingo de Olleros - Cuenca - Langa - Huarochirí - San Mateo - Yaulí - Emp PE-22, distrito de Yaulí de la Provincia de Yaulí departamento de Junín” también denominada “Carretera Daniel Alcides Carrión” y “Creación (construcción) de la Vía Expresa Santa Rosa (Ruta PE-20I)”, suscrito entre EGIS VILLES ET TRANSPORTS SAS y PROVIAS NACIONAL, para incluir la construcción del Puente Santa Rosa como componente del proyecto “Creación (construcción) de la Vía Expresa Santa Rosa (Ruta PE-20I)”, así como teniendo en consideración el área de construcción del mencionado Puente; Que, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través del Memorando N° 3054-2025- MTC/19 y el Informe N° 0392-2025-MTC/19.03.CG_GAT- IMT, sustenta la modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 115-2024-MTC/01.02, a fi n de establecer que el tramo materia de Derecho de Vía es el que inicia en la intersección con la Av. Costanera y fi naliza al término del Puente Santa Rosa de la Ruta Nacional PE-20I; y, en mérito a ello, modi fi car los Anexos N° 01 y N° 02 que forman parte integrante de la mencionada Resolución Ministerial, atendiendo al nuevo detalle de 1153 (mil ciento cincuenta y tres) vértices; Que, en consecuencia, es necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 115-2024- MTC/01.02, a fi n de establecer el Derecho de Vía para el tramo que inicia en la intersección con la Av. Costanera y fi naliza en el empalme del Puente Santa Rosa de la Ruta Nacional PE-20I, así como modi fi car sus Anexos N° 01 y N° 02, en los términos señalados por la Dirección General de Programas y Proyectos en Transportes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 034-2008-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 115-2024-MTC/01.02 en los términos siguientes: “Artículo 1.- Establecer el Derecho de Vía del tramo que inicia en la intersección con la Av. Costanera y fi naliza al término del Puente Santa Rosa de la Ruta Nacional PE-20I donde se ejecutará el proyecto “Creación (Construcción) de la Vía Expresa Santa Rosa (Ruta PE-20 I)”, conforme el detalle de los 1153 (mil ciento cincuenta y tres) vértices de fi nidos en el Anexo N° 01 denominado “Cuadro de Coordenadas UTM DATUM WGS-84, Zona 18 Sur, polígono del Derecho de Vía de la Ruta Nacional PE-20I” y el Anexo N° 02 denominado “Planos detalle del Derecho de Vía de la Ruta Nacional PE-20I”, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial” Artículo 2.- Modi fi car los Anexos N° 01 y N° 02 de la Resolución Ministerial N° 115-2024-MTC/01.02, conforme al Anexo N° 01 denominado “Cuadro de Coordenadas UTM DATUM WGS-84, Zona 18 Sur, polígono del Derecho de Vía de la Ruta Nacional PE-20I ” y al Anexo N° 02 denominado “ Planos detalle del Derecho de Vía de la Ruta Nacional PE-20I ”, respectivamente, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de los Anexos N° 01 y N° 02 en las sedes digitales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc) y del programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL (www.pvn. gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2414219-1