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73 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de marzo de 2025 El Peruano / Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización la actualización del Cuadro de Infracciones y Sanciones. Cuarta.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/ municallao). Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde GEORGE VICTOR COLLANTES FERNANDEZ Secretario General del Concejo Municipal 2378702-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN Autorizan viaje de Alcaldesa para participar en evento a realizarse en República Dominicana RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 084-2025- MPSM Tarapoto, 5 de febrero del 2025 VISTO: EL ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N°009- 2025-MPSM de fecha 05 de febrero de 2025, la Carta MP N°050-1XIICTS-OITS 2024 de fecha 23 de enero del 2025, el Informe N°018-2025-OCOPI-MPSM de fecha 28 de enero del 2025, el Informe N°026-2025-GA/MPSM de fecha 03 de febrero del 2025, el Informe Legal N°025-2025-OAJ/MPSM de fecha 03 de febrero del 2025, el Informe N°20-2025-OCOPI/MPSM de fecha 03 de febrero del 2025, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades Provinciales y distritales son los Órganos de gobiernos locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo, el artículo II del Título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Num.11) del Art.9° de la Ley N°27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Concejo Municipal, “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el Gerente municipal y cualquier Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, sobre acuerdos, indica: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.Que, la Ley N°27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios, las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. Que, mediante Carta MP N°050-1XIICTS-OITS 2024 de fecha 23 de enero del 2025, suscrito por la Directora Ejecutiva de la Organización Internacional de Trabajo Social OITS, cual cursa invitación a la Titular de la Municipalidad Provincial de San Martín, con el din de que participe en la XII Cumbre Internacional de Trabajo Social, que se llevará a cabo del 26 al 28 de mazo del 2025 en el Dominican Fiesta Hotel Santo Domingo, República Dominicana. Que, mediante Informe N°018-2025-OCOPI-MPSM de fecha 28 de enero del 2025, suscrito por el jefe de la Ofi cina de Cooperación Internacional, solicitando opinión sobre autorización de viaje para que la Alcaldesa participe en el XII Cumbre Internacional de Trabajo Social los días 26, 27 y 28 de marzo del 2025. Que, mediante Informe N°026-2025-GA/MPSM de fecha 03 de febrero del 2025, suscrito por la Gerente de Administración, recomienda cumplir con su trámite correspondiente a fi n de llevar a cabo si en caso fuera posible el procedimiento administrativo a ejecutar en función a las disposiciones establecidas. Que, mediante Informe Legal N°025-2025-OAJ/ MPSM de fecha 03 de febrero del 2025, suscrito por el jefe de la O fi cina de Asesoría Legal, concluyendo, que el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San Martín, deberá deliberar y tomar la decisión respecto de la Autorización de Viaje para que la Alcaldesa participe en la XII Cumbre Internacional de Trabajo Social, los días 26, 27 y 28 de marzo del 2025. Que, mediante Informe N°20-2025-OCOPI/MPSM de fecha 03 de febrero del 2025, suscrito por el jefe de la Ofi cina de Cooperación Internacional, en el cual remite actuados sobre Autorización de viaje para que la Alcaldesa participe en la XII Cumbre Internacional de Trabajo Social. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 05 de febrero del 2025, se acordó autorizar el viaje al exterior del país de la Alcaldesa Provincial de San Martín, Sra. Lluni Perea Pinedo, a fi nde participar en la XII Cumbre Internacional de Trabajo Social, evento que se realizará los días 26,27 y 28 de marzo del 2025, en el Dominican Fiesta Hotel Santo Domingo, República Dominicana. Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal N°009- 2025-MPSM de fecha 05 de febrero del 2025, autoriza el viaje al exterior del país de la Alcaldesa Provincial de San Martín, Sra. Lluni Perea Pinedo, a fi nde participar en la XII Cumbre Internacional de Trabajo Social, evento que se realizará los días 26,27 y 28 de marzo del 2025, en el Dominican Fiesta Hotel Santo Domingo, República Dominicana. Por tanto, estando a lo señalado en los considerados precedentes, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N°27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior del país de la Alcaldesa Provincial de San Martín, Sra. Lluni Perea Pinedo, a fi n de participar en la XII Cumbre Internacional de Trabajo Social, evento que se realizará los días 26, 27 y 28 de marzo del 2025, en el Dominican Fiesta Hotel Santo Domingo, República Dominicana. Esta actividad tiene como objetivo principal de contribuir al diálogo y desarrollo de nuevas ideas que impulsen el trabajo social en favor de las mujeres, así como también el avance y oportunidades en torno a la mejora del bienestar y la inclusión social de la mujer en diversos contextos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y demás Unidades Orgánicas que correspondan, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo.