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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2025 (22/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Sábado 22 de marzo de 2025 El Peruano / c) Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 7108.11.00.00, 7108.12.00.00, 7108.13.00.00 y 7108.20.00.00; y d) Solo los desperdicios y desechos de oro comprendidos en la subpartida nacional 7112.91.00.00. Lo dispuesto en los párrafos 5.1 al 5.9 del presente artículo no es de aplicación para aquellas MYPE que realizan operaciones con los bienes comprendidos en el listado anterior, incluyendo las de transformación propia o de terceros, siendo aplicable a dichas empresas la normativa vinculada al ingreso como recaudación a que se re fi ere el numeral 9.3 del artículo 9 del TUO del SPOT.» Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia el 1 de abril de 2025. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA. Procedimientos de ingreso como recaudación en trámite iniciados antes de la vigencia del presente Decreto Supremo La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria noti fi ca una constancia de resultado, a través de la cual comunica la conclusión de los procedimientos de ingreso como recaudación iniciados a las MYPE conforme a lo dispuesto en el párrafo 5.1 del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 035-2024-EF, que dicta Normas Reglamentarias de la Ley Nº 31903, Ley que establece la Libre Disposición de los Fondos de las Cuentas de Detracciones para fortalecer la Capacidad Financiera de las MYPE, y que se encuentren en trámite hasta el 31 de marzo de 2025, debido a que la causal que fue imputada a dichas empresas ha quedado sin vigor en virtud de la entrada en vigencia del listado de bienes a que se re fi ere el artículo 4 de la anotada ley, modi fi cado por la Vigésimo Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2383286-2 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada DECRETO SUPREMO Nº 052-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que, con el fi n de fi nanciar la implementación de las políticas públicas, se autoriza, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2025, a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su Sector, a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, entre el respectivo ministerio y las entidades de su Sector o entre estas últimas; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante el Memorando Nº 0381-2025- EF/13.01, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas, en atención al O fi cio Nº 54-2025/ PROINVERSIÓN/DE de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de S/ 20 077 509,00 (VEINTE MILLONES SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la citada entidad, para fi nanciar las actividades referentes a la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas, Proyectos en Activos y Obras por Impuestos, en el marco de las facultades previstas en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF y en la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 210-2022-EF, las mismas que contribuyen al cumplimiento del Objetivo Estratégico OEI1 ”Promover la inversión privada e inversión pública con participación del sector privado, orientada al cierre de brechas en infraestructura social y productiva en el país” del Plan Estratégico Institucional - PEI 2024 – 2030 de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, aprobado por Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 046-2024 y del Objetivo Estratégico Sectorial OES.02. “Incrementar los niveles de productividad en la economía del país” del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas 2024-2030, aprobado con la Resolución Ministerial Nº 425-2023-EF/41, en el marco de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, aprobada por Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, así como de la Política Nacional de Promoción de la Inversión Privada en Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobada por Decreto Supremo Nº 077-2016-EF y de la Política Nacional de Competitividad y Productividad, aprobada por Decreto Supremo Nº 345-2018-EF, en el marco de lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 0050-2025-EF/41.03 de la O fi cina de Presupuesto, Inversiones y Cooperación Técnica de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 20 077 509,00 (VEINTE MILLONES SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 20 077 509,00 (VEINTE MILLONES SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NUEVE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), para fi nanciar