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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2025 (08/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 8 de mayo de 2025 El Peruano / Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil trescientos ochenta y ocho órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial y Civil-Litigación Oral; así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa N° 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal. Quinto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. N° 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. N° 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. N° 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. N° 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. N° 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa N° 000338-2022-CE-PJ). Sexto. Que, por Resolución Administrativa N° 000424-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 16 de octubre de 2023, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Pasco, entre ellos en el 1° Juzgado de Paz Letrado, 2° Juzgado de Paz Letrado, Juzgado de Familia y Juzgado de Familia Transitorio, de la Sede Central, San Juan Yanacancha - Pasco. Sétimo. Que, a través de las Resoluciones Administrativas N° 000259-2022-CE-PJ y N° 000449-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad familia subespecialidad en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Pasco, entre ellos en la Sala Mixta ubicada en la Sede Central, en el Juzgado de Familia ubicado en la Sede Edifi cio Los Balcones y en el Juzgado de Paz Letrado ubicado en la Sub Sede Paucartambo. Octavo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000227-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso en su artículo primero, reubicar el Juzgado de Familia Transitorio de la provincia y Corte Superior de Justicia de Pasco, dentro de la misma Corte Superior, como Juzgado de Familia Itinerante Transitorio del distrito de Paucartambo de la provincia de Pasco; con competencia funcional para atender con turno abierto los procesos de todas las subespecialidades de familia, incluidos los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley N° 30364. Noveno. Que, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el marco de la Resolución Administrativa N° 000227-2024-CE-PJ, el O fi cio N° 000028-2025-CSJPA-PJ de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Pasco y el O fi cio N° 000324-2025-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información de la Gerencia General del Poder Judicial. En mérito a ello, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 022-2025-ST-CT-EJE-PJ, por el cual se propone para la Corte Superior de Justicia de Pasco, la ampliación de la implementación de la funcionalidad del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, así como en la especialidad Familia Tutelar, subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en el Juzgado de Familia Itinerante Transitorio de la Sub Sede Paucartambo, permitiendo la gestión de los expedientes judiciales electrónicos en el citado órgano jurisdiccional. Décimo. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 651- 2025 de la vigésima primera sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 29 de abril de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, y para la especialidad Familia Tutelar, subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en el Juzgado de Familia Itinerante Transitorio de la Sub Sede Paucartambo de la Corte Superior de Justicia de