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54 NORMAS LEGALES Viernes 30 de mayo de 2025 El Peruano / Aprueban el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº D000209-2025- MIMP-DM Lima, 29 de mayo del 2025 VISTOS, Las Notas Nº D000262-2025-MIMP- DGPDAEM y Nº D000265-2025-MIMP-DGPDAEM y el Informe Nº D000047-2025-MIMP-DGPDAEM-IYZB de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres; el Memorándum Nº D000298-2025-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer; el Informe Nº D000106-2025- MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento; el Memorándum Nº D000458-2025-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000478-2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2022-MIMP se aprueba la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora con el objetivo de promover la participación plena y a todo nivel de la actividad económica de las mujeres, en su diversidad, que lideran emprendimientos, empresas y asociaciones empresariales para contribuir al logro de una reactivación económica con igualdad, inclusión y sostenibilidad a nivel nacional a través de iniciativas y acciones articuladas; Que, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 012- 2022-MIMP establece que la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora es dirigida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en tanto ente rector de políticas nacionales y sectoriales sobre mujer, para lo cual encarga a la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, o la que haga sus veces, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la formulación, conducción e implementación del plan de trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, en coordinación con las entidades participantes señaladas en el artículo 5 del mencionado Decreto Supremo; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 012-2022-MIMP prevé que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Resolución Ministerial, aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora; Que, con Resolución Ministerial Nº 155-2024-MIMP se aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2024; Que, el artículo 83 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP, establece que la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres depende del Despacho Viceministerial de la Mujer; y, es el órgano de línea responsable de dirigir, coordinar, articular y realizar el seguimiento y evaluación de las políticas públicas, normas, estrategias y compromisos del Estado en materia de los derechos económicos, laborales y productivos de las mujeres en su diversidad; así como sobre el desarrollo de su autonomía económica; Que, en ese contexto, a través de las Notas Nº D000262-2025-MIMP-DGPDAEM y Nº D000265-2025- MIMP-DGPDAEM, así como el Informe Nº D000047- 2025-MIMP-DGPDAEM-IYZB, la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres propone y sustenta la necesidad de emitir una Resolución Ministerial que apruebe el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2025, para lo cual precisa que el citado documento ha sido compartido y validado con las entidades participantes de la mencionada Estrategia Nacional; Que, mediante Memorándum Nº D000458-2025- MIMP-OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Informe Nº D000106-2025-MIMP-OP elaborado por la O fi cina de Planeamiento, emite opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2025; Que, con Informe Nº D000478-2025-MIMP-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo sustentado por los órganos competentes del Ministerio, emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Dirección General de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo Nº 012-2022-MIMP, Decreto Supremo que aprueba la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2025, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La implementación de Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora - 2025 se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades participantes de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, de acuerdo a sus competencias y en el marco de las leyes anuales de presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- La Presente Resolución Ministerial y su Anexo son publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Ministra 2404549-1 Aprueban la Directiva N° 004-2025-MIMP “ Acreditación, Supervisión y Fiscalización de Centros de Atención para Personas Adultas Mayores – CEAPAM” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000210-2025- MIMP-DM Lima, 29 de mayo del 2025 VISTOS, el Informe Técnico N° D000056-2025-MIMP- DIPAM-NRQ y el Informe N° D000006-2025-MIMP- DIPAM de la Dirección de Personas Adultas Mayores; la Nota N° D000258-2025-MIMP-DGFC y el Memorándum N° 000257-2025-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad; el Memorándum N° D000317-2025-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Informe N° D000066-2025- MIMP-OMI y la Nota N° D000164-2025-MIMP-OMI de la Ofi cina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D000453-2025-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000473-2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que toda entidad es competente para realizar las