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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2025 (30/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 30 de mayo de 2025 El Peruano / Que, conforme a las precitadas normas, el Titular de la Entidad es la máxima autoridad ejecutiva al interior de la entidad contratante conforme a sus normas de creación y organización; Que, conforme a lo establecido en el numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley N° 32069, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, las facultades que dicha ley le otorga, salvo las excepciones previstas en el Reglamento; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019- JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, el que dispone en el literal n) de su artículo 8 que la Jefatura puede delegar a la Secretaría General u otros funcionarios del FONDEPES, las funciones y atribuciones que no sean privativas a su cargo, de acuerdo a Ley; Que, mediante Informe N° 000149-2025-FONDEPES/ OGA, el Jefe de la O fi cina General de Administración propone a la Gerencia General, un proyecto de Delegación de facultades de la Jefatura del FONDEPES hacia diversos órganos que lo conforman, en el marco de la entrada en vigencia de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, para lo cual adjunta el Informe N° 001806-2025-FONDEPES/OGA-UFA; Que, mediante Informe N° 000202-2025-FONDEPES/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias, propone las facultades que la Jefatura podría delegar a los órganos del FONDEPES; Que, mediante Informe N° 000162-2025-FONDEPES/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable sobre la viabilidad legal de la referida propuesta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; y, Con Los vistos de la Gerencia General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Coordinador de la Unidad Funcional de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación de facultades Delegar en el/la Gerente General, el/la directora (a) de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola y en el/la Jefe(a) de la O fi cina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, las facultades y atribuciones que se detallan en el Anexo N° 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- De la observancia de los requisitos legales La presente delegación de facultades y atribuciones comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 3.- De la obligación de dar cuenta El/la servidor/a público/a en el/la cual se ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente resolución, deberá informar trimestralmente al/a la Jefe(a) de la Entidad respecto de las actuaciones realizadas en virtud de la delegación; así como informar de manera inmediata ante riesgos u otros hechos advertidos que pudieran transgredir lo regulado por la normativa de la materia y puedan afectar el cumplimiento de la fi nalidad pública de la contratación. Artículo 4.- Deber de vigilancia respecto de los actos emitidos por delegación El ejercicio del deber de vigilancia del delegante se desarrolla en atención a las siguientes consideraciones: 4.1 Veri fi car el cumplimiento del deber de informar por parte del delegado, a que se re fi ere el artículo 3 de la presente resolución, disponiendo las medidas administrativas que correspondan en caso de omisión. 4.2 Comunicar a los órganos competentes para la evaluación de posibles responsabilidades, sobre los riesgos u otros actos advertidos y comunicados por el delegado, que pudieran transgredir lo regulado por la normativa de la materia, en el marco de las facultades y atribuciones delegadas. 4.3 Revisar aleatoriamente un mínimo de dos (02) expedientes de contratación gestionados e informados por el delegado, con una periodicidad bimensual. Artículo 5.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Entidad, en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Coordinador de la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. KATIA NATALI NOVOA SÁNCHEZ Jefa ANEXO 1 I. DELÉGUESE EN EL GERENTE GENERAL DE LA GERENCIA GENERAL DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO LAS SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES, EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, EN EL MARCO DE LA LEY N° 32069, LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y SU REGLAMENTO, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 009- 2025-EF: a) Aprobar la contratación mediante procedimientos de selección no competitivos en los supuestos previstos en los literales b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069. II. DELÉGUESE EN EL JEFE DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO LAS SIGUIENTES FACULTADES Y ATRIBUCIONES, EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, EN EL MARCO DE LA LEY N° 32069, LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y SU REGLAMENTO, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 009-2025-EF: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades del FONDEPES, así como sus modi fi catorias. b) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades contratantes para realizar compras corporativas de bienes y servicios en general, y sus respectivas adendas. c) Establecer mediante acto resolutivo la relación de bienes y servicios en general que se contraten a través de compras corporativas, debiendo encargar a la entidad encargada, como las obligaciones de las mismas.