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37 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; en el Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto supremo N° 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 5.1.4, el literal b del numeral 6.1.1, los numerales 6.2.4, 6.2.5, 6.2.6, los literales e y f del numeral 6.2.7, el numeral 6.2.11, los literales a y b del numeral 7.1.1, el literal b del numeral 7.1.2, el literal b del numeral 7.1.3, el numeral 7.3.1, los literales a, d y f del numeral 7.3.2, los numerales 7.3.3.2, 8.1.2, 8.1.3, 13.7, 13.12 y 13.19 y los anexos 02, 03 y 04 del documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 042-2022-MINEDU y modi fi cado por las resoluciones viceministeriales N° 151-2022-MINEDU, N° 058-2023-MINEDU y N° 052-2024-MINEDU, los mismos que, como Anexo 1, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Incorporar los numerales 2.8 y 3.30, el literal c al numeral 7.1.1, el literal d al numeral 7.2.2, y los numerales 13.34, 13.35, 13.36 y 13.37 al documento normativo denominado “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su reglamento”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 042-2022-MINEDU y modi fi cado por las resoluciones viceministeriales N° 151-2022-MINEDU, N° 058-2023-MINEDU y N° 052-2024-MINEDU, los mismos que, como Anexo 2, forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2404989-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan viaje de Procuradora General del Estado y de Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales al Estado Plurinacional de Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0191-2025-JUS Lima, 30 de mayo de 2025 VISTOS, la invitación de la Presidencia de la Asociación Latinoamericana de Abogacías y Procuradurías de Estado (ALAP); el Informe Técnico N° D000001-2025-JUS/PGE-MINAM-PP de la Procuraduría Pública del Ministerio del Ambiente; el Informe Técnico N° D000003-2025-JUS/ PGE-PPEDA, de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos Ambientales; los O fi cios N° D000306-2025/ PGE-GG y N° D000329-2025/PGE-GG, de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado; el Informe N° 231-2025-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 0705-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, la Presidencia de la Asociación Latinoamericana de Abogacías y Procuradurías de Estado (ALAP) invita a participar a la III Conferencia Latinoamericana de Abogacías y Procuradurías de Estado (CLAPE) a llevarse a cabo junto con la Asamblea Extraordinaria de la Asociación Latinoamericana de Abogacías y Procuradurías de Estado (ALAP), los días 4 y 5 de junio de 2025, en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, la CLAPE se dedicará a analizar la defensa judicial del medio ambiente. Mediante la presentación de casos concretos abordados en los respectivos países, los expositores ahondaran en la forma como han sido resueltos o están siendo tratados estos temas, identi fi cando las buenas prácticas que puedan ser conocidas, estudiadas y aplicadas por las instituciones que conforman la asociación; Que, se propone la asistencia de la señora María Aurora Caruajulca Quispe, Procuradora General del Estado, ya que se contará con la participación de otros titulares de instituciones que tienen la competencia de la defensa jurídica del Estado; por lo que, se trata de una ocasión valiosa para compartir experiencias en la dirección de sistemas de defensa del Estado, así como, la posibilidad futura de generar espacios de intercambio de conocimiento entre las instituciones; Que, asimismo, se propone la asistencia del señor Julio César Guzmán Mendoza, Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales, quien realizará una presentación en la conferencia; y, asistirá a la Procuradora General del Estado, en la Asamblea y las reuniones bilaterales que se han solicitado a algunos colegas de la región, para tratar los problemas de tala y minería ilegal que enfrentan nuestras fronteras; Que, asimismo, la participación de ambos comisionados resulta importante para el posicionamiento del Estado Peruano en la lucha contra las actividades relacionadas a la criminalidad ambiental y los mecanismos punitivos que se aplican en sede nacional; y, en virtud, a que los temas que se abordarán en el evento serán de suma utilidad para la defensa del Estado en los procesos relacionados a delitos ambientales; Que, mediante O fi cios N° D000306-2025/PGE-GG y N° D000329-2025/PGE-GG, la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado remite los antecedentes y sustentos respecto del evento y del viaje presentado; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las actividades antes descritas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los citados profesionales, a efectos que participen en las mismas, por lo que es pertinente autorizar el presente viaje, por razones de itinerario, del 3 al 6 de junio de 2025; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Procuraduría General del Estado; Con el visado de la Procuraduría General del Estado; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo