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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2025 (31/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / N° Ord. DENOMINACIÓN DEL SERVICIOTIEMPO DE DURACIÓNREQUISITOS COSTODEPENDENCIA DONDE SE PRESENTA LA SOLICITUDDEPENDENCIA QUE PRESTA EL SERVICIO 143Pago por incumplimiento del uso de estacionamiento: - Vehículos de visitantes. Por más de 1 hora. - Vehículos de transporte publico (taxis), prohibidos de ocupar los estacionamientos.Vehículos de distribuidores (Quioscos y cafetines). Por más de 30 minutos.- Vehículos estacionados en vías principales (Eje, desde la Puerta 02-Av. De la Cultura hasta la Puerta 06-Av. Universitaria) y otras vías señalizadas.- Pagar multa por incumplimiento del uso de estacionamiento vehicular. S/.20.00Caja-Tesorería de la Dirección General de AdministraciónDirección General de Administración Tercero.- DISPONER, que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, en coordinación con la Jefatura de la Unidad de Modernización, proceda a la difusión del Tarifario aprobado por la presente Resolución. Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Red de Comunicaciones, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Red del Portal de transparencia de la UNSAAC https://www.unsaac.edu.pe/ Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector MARÍA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA Secretaria General (e) 2381034-1 Aprueban ampliaciones de viaje de Presidenta de la Comisión Organizadora y de otras autoridades de la Universidad Nacional de Barranca a los EE.UU., autorizadas mediante la Res. N° 495-2025-UNAB UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 655-2025- UNAB Barranca, 21 de mayo de 2025VISTO:El MEMORANDO Nº 333-2025-UNAB-CO/P de la Presidencia, INFORME Nº 75 -2025-UNAB-OCOI y la CARTA S/N DE KLAMATH COMMUNITY COLLEGE; CONSIDERANDO:Que, el párrafo IV del artículo 18º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el artículo 4º del Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca- UNAB; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 158-2023-MINEDU, de fecha 20 de noviembre de 2023, en su artículo 2º. - Se designa a la señora CECILIA HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA, en el cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 062-2024-MINEDU, de fecha 11 de junio de 2024, en su artículo 2º. - Se designa al señor OLGER ALEJANDRINO ORTEGA ACHATA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, a la señora NOEMI LEON ROQUE, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27619, “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, establece la regulación de la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; coligiéndose de ello que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” de forma obligatoria; asimismo, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, mediante el artículo 2º del Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, se regula la autorización de viajes al exterior de la república, por parte de funcionarios públicos y servidores públicos o de cualquier persona en representación del estado; asimismo indica que dichos viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 495-2025-UNAB, de fecha 22 de abril de 2025, se autoriza el viaje por comisión de servicios con goce de haber, del 27 al 30 de mayo de 2025 en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica a la Dra. CECILIA HAYDEE EUFEMIA ALIAGA HERRERA, Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, a la Dra. GLADYS LUZ GARAY LIVIA, Directora de la O fi cina de Gestión de la Calidad y a la Mg. LUZ ARELIS MORENO QUISPE, Directora de la O fi cina de Cooperación Interinstitucional de la UNAB, para participar en la Conferencia y Exposición Anual NAFSA 2025; Que, mediante INFORME Nº 75-2025-UNAB-OCOI, de fecha 20 de mayo de 2025, la Directora de la O fi cina de Cooperación Interinstitucional, comunica que la Directora del Programa de Equivalencia de Estudios del Klamath Community College, hace extensiva la invitación a la delegación de nuestra universidad representada por la Presidenta de la Comisión Organizadora, la Directora de la