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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2025 (31/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los 23 días del mes de abril del año dos mil veinticinco WERNER MÁXIMO SALCEDO ÁLVAREZ Gobernador Regional delGobierno Regional de Cusco Nota.- La presente Ordenanza Regional y el instrumento que aprueba como anexo, serán publicados en el Portal Web https://transparencia.regioncusco.gob.pe/Documento-Normativo/2, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. 2396596-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban transferencia de recursos presupuestarios a favor de la Mancomunidad Regional de Los Andes ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 035-2025-GOB.REG. HVCA/CR Huancavelica, 14 de febrero de 2025VISTO:El acta, del Consejo Regional de Huancavelica de sesión ordinaria, celebrada el 14 de febrero de 2025, con el voto en mayoría de sus integrantes; CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modi fi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional Huancavelica, que ejerce funciones normativas y fi scalizadoras, siendo la instancia donde se adoptan los más importantes acuerdos; tiene la facultad de ejercer su función normativa, fundamentalmente, para: Promover el Desarrollo Regional, Regular la Administración Regional y Fomentar la Participación Ciudadana. Que, mediante o fi cio Nº 094-2025/GOB.REG.HVCA/ GGR, de fecha 31 de enero de 2025, la Gerencia General Regional remite el expediente administrativo sobre transferencia de recursos a favor de la Mancomunidad Regional de Los Andes, para su aprobación conforme a la Directiva Nº 002-2023-EF/50.01 – Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria. Que, mediante Informe Nº 029-2025/GOB. REG.HVCA/GGR-GRPPyAT, de fecha 21 de enero de 2025, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, comunica la disponibilidad presupuestal de S/. 100,000.00 (Cien mil con 00/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, para cumplir con la demanda presupuestal.Que, conforme dispone el Artículo 10º de la Ley Nº 29768 – Ley de Mancomunidad Regional, “Para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley, los Gobiernos Regionales efectuarán las transferencias fi nancieras o presupuestales a la Mancomunidad Regional, mediante Acuerdo de Consejo Regional y de conformidad a la legislación sobre la materia. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR la transferencia de recursos presupuestarios a favor de la Mancomunidad Regional de Los Andes, por el monto de S/. 100,000.00 (Cien mil con 00/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, los mismos que serán utilizados para los gastos operativos y de funcionamiento de la institución para el presente ejercicio fi scal. Artículo Segundo.- ENCARGAR al pleno del Consejo Regional el control y seguimiento a la ejecución correcta y dentro de los plazos del proyecto a que se re fi ere el artículo primero. Artículo Tercero.- COMUNÍQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo Regional, e instancias pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN J. ANYAIPOMA MALDONADO Presidente de Consejo Regional 2391379-1 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 408-2024-GRJ/CR Mediante O fi cio Nº 102-2025-GRJ-CR, el Gobierno Regional de Junín solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Regional Nº 408-2024-GRJ/CR, publicada en la edición del día 24 de mayo de 2025. DICE: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN, POR INCORPORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS DEL SECTOR TURISMO, APROBADO MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 184-2021-PCM” Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Junín, por incorporación de (15) procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 184-2021- PCM, cuyo texto forma parte integrante de la presente Norma Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva de Consejo Regional, la publicación del texto de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, con el apoyo e información oportuna que proporcione la Dirección Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información; así también publicar en el portal Web https://www.gob.pe/regionjunin del Gobierno Regional de Junín.