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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2025 (31/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / INTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL ADUANERO GERENCIA DE FISCALIZACIÓN Y RECAUDACIÓN ADUANERA DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN POSTERIOR REQUERIMIENTO N° <Número de requerimiento inicial> FECHA : <Fecha de requerimiento inicial>MODELO DE REQUERIMIENTO INICIAL (FISCALIZACIÓN DEFINITIVA ADUANAS) <RUC_Número de requerimiento inicial> <Precisiones para la presentación de solicitudes electrónicas> La presente notificación se considera efectuada en la fecha del depósito del documento en el Buzón Electrónico SOL según lo establecido en el inciso b) del artículo 104 del TUO del Código Tributario y surte efecto conforme al artículo 106 del TUO del Código Tributario. En caso de incumplimiento de lo requerido, se considerará como una infracción sancionable con multa de acuerdo con lo tipificado en el inciso c) del artículo 197 o el inciso b) del artículo 198 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N.° 1053 y modificatorias, según corresponda. De acuerdo con el primer párrafo del artículo 141 del TUO del Código Tributario y normas modificatorias, "No se admite como medio probatorio bajo responsabilidad, el que, habiendo sido requerido por la Administración Tributaria durante el proceso de verificación o fiscalización, no ha sido presentado y/o exhibido (...)" Cualquier consulta relacionada al presente requerimiento, efectuarla con el agente fiscalizador al teléfono (01) 6343600, anexo <número de anexo> o al teléfono celular <número de celular>. Atentamente, <Firma> <Apellidos y nombres> JEFE DE LA DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN POSTERIOR INTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL ADUANERO El presente documento ha sido emitido de acuerdo con lo establecido en el artículo 111 del TUO del Código Tributario y el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS. Para corroborar la identificación del funcionario puede llamar al (01) 6343600, anexo 20085. Para quejas o sugerencias tiene a disposición nuestro portal www.sunat.gob.pe. Para denuncias por transgresión al Código de Ética de la Función Pública, realizarlas a la Oficina de Integridad Institucional –SUNAT a través de la dirección electrónica https://denuncias.servicios.gob.pe www.sunat.gob.pe Página 2