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25 NORMAS LEGALES Viernes 28 de noviembre de 2025 El Peruano / obligatoria la publicación de dicho acto resolutivo en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función del Director Ejecutivo expedir resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo; Con el visado del Gerente General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y el Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones Aprobar el otorgamiento de subvenciones hasta por la suma de S/ 709,622.00 (Setecientos nueve mil seiscientos veintidós con 00/100 soles), a favor de las tres (03) Entidades Ejecutoras que vienen ejecutando sus Planes de Negocio Forestal, para el Hito 2, derivados del Concurso del Programa de Incentivos Forestales del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Fomento de las Plantaciones Forestales Comerciales para el Desarrollo Productivo Forestal en 7 Departamentos”, con Código Único de Inversión 2454392, del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento El otorgamiento de subvenciones aprobadas en el Artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 003: Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, en el Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitaciones en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones aprobadas por el Artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Mecanismos para la rendición de cuentas y para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados Los mecanismos para la rendición de cuentas, para la evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados se ejecutarán conforme a lo previsto en los Lineamientos Nº D000001-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE, “Lineamientos que regulan los mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por los recursos otorgados mediante subvenciones del Proyecto de Inversión Plantaciones del Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú”, aprobados mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000262-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE. Artículo 5.- Obligación de informar En cumplimiento de lo dispuesto en numeral 71.5 del artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR deberá informar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cuarenta y cinco (45) días de fi nalizado el Año Fiscal, los resultados alcanzados y el costo bene fi cio de las subvenciones otorgadas mediante el Artículo 1 de la presente Resolución. Para tal efecto, el Programa Fomento y Gestión Sostenible de la Producción Forestal en el Perú, deberá remitir al SERFOR, la información que les sea solicitada. Artículo 6.- Noti fi cación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así como la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.DESIDERIO ERASMO OTÁROLA ACEVEDO Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR 2463115-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefa de la Subunidad de Articulación de la Unidad de Educación Alimentaria y Nutricional, Fortalecimiento de Capacidades y Articulación del Programa de Alimentación Escolar RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000029-2025- MIDIS-PAE San Isidro, 25 de noviembre de 2025VISTOS: El Proveído N° 00097-2025-MIDIS/PAE-DE, de la Dirección Ejecutiva, Memorando N° 001-2025-MIDIS/PAE-UEAN, de la Unidad de Educación Alimentaria y Nutricional, Fortalecimiento de Capacidades y Articulación, Informe N° 025-2025-MIDIS/PAE-URH, de la Unidad de Recursos Humanos; y el Informe N° 0029-2025-MIDIS/ PAE-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa de Alimentación Escolar; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2025-MIDIS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2025-MIDIS, se crea el Programa de Alimentación Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio de alimentación nutritivo, saludable y complementario, priorizando la calidad, pertinencia territorial y cultural, así como la promoción de hábitos saludables, dirigido a los estudiantes de instituciones educativas públicas a nivel nacional, así como a programas no escolarizados de educación inicial conforme al marco normativo vigente; Que, mediante Resolución Ministerial N° D000209- 2025-MIDIS, modi fi cado por Resolución Ministerial N° D000240-2025-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Alimentación Escolar, en el cual se establece la estructura funcional y la de fi nición de las funciones; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000001-2025-MIDIS-PAE, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa de Alimentación Escolar; Que, mediante Resolución Ministerial N° D000244- 2025-MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Programa de Alimentación Escolar; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000002-2025-MIDIS-PAE se aprueba el reordenamiento de cargos del CAP Provisional del Programa de Alimentación Escolar;