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111 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente y a las demás unidades de organización de la Municipalidad Distrital de Lurín, en el ámbito de sus competencias funcionales. Artículo Tercero.- DISPONER, a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario O fi cial “El Peruano”, y; a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Sistemas, su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN RAÚL MARTICORENA PÉREZ Alcalde 2462093-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Designan funcionario responsable de brindar información que se solicite en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 223-2025-MDP/A Pachacámac, 6 de octubre de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTOS: la Resolución de Alcaldía Nº018-2024- MDP/A, y el informe Nº 0982-2025-MDP/SG-OACGDA emitido por la O fi cina de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo; CONSIDERANDO:Que, la ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dispone que toda entidad pública está obligada a brindar información de acuerdo a lo previsto en la misma, debiendo designarse al funcionario responsable de brindar la información solicitada por el administrado; Que, el artículo 4 del reglamento de la ley invocada, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, señala, entre otros, que la designación del funcionario responsable de entregar la información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante resolución de vistos, se encarga a Edgar Alexander Huamaní Pasache, jefe de la O fi cina de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo, como funcionario responsable de brindar información que se solicite en aplicación de dicha norma; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al alcalde en el numeral 6 del artículo 20 de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR, con e fi cacia anticipada, a Edgar Alexander Huamaní Pasache, jefe de la O fi cina de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo de la Municipalidad Distrital de Pachacamac, como funcionario responsable de brindar información que se solicite en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS.Artículo 2.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, proporcionen la información y documentación que solicite el funcionario designado, bajo responsabilidad. Artículo 3.- PUBLICAR la presente resolución, en la sede digital de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacamac.gob.pe). POR TANTO: Mando, se registre, comunique y cumpla. ENRIQUE V. CABRERA SULCA Alcalde 2463138-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Designan Comité Electoral que conducirá el proceso de elección de los Delegados Vecinales de las Juntas Vecinales - Ejercicio 2026 del distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2025-ALC/MSI San Isidro, 27 de noviembre de 2025 LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO VISTOS: El Memorando N° D000214-2025-01.3.0- GPV/MSI, de fecha 12 de noviembre de 2025, de la Gerencia de Participación Vecinal, y; CONSIDERANDO: Que, los artículos 194º y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, el numeral 6 del artículo 113º, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias, prescribe que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito mediante, entre otros, el mecanismo de la participación a través de Juntas Vecinales; Que, mediante Ordenanza Nº 610-MSI, se aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales del Distrito de San Isidro, el cual tiene por objeto regular y establecer normas, de forma especí fi ca, para la conformación, organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro; Que, el artículo 6º del citado Reglamento establece que: “ El Comité Electoral es un órgano integrado por tres (03) miembros titulares, que ejercerán las funciones de Presidente, Vicepresidente y Secretario, y un (01) accesitario, como máximo; los cuales serán propuestos por el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Isidro. El Comité Electoral es designado por Decreto de Alcaldía y contará con el asesoramiento de la Municipalidad, así como podrá solicitar el apoyo y asistencia técnica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y la participación del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ”; Que, de acuerdo con el artículo 7° de dicho Reglamento, el Comité Electoral tiene como atribuciones y obligaciones: Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del proceso electoral; aprobar la designación de los miembros de mesa; coordinar con la Municipalidad y la ONPE, la elaboración de los documentos necesarios para llevar a cabo el proceso electoral, así como el soporte logístico y tecnológico que se requiera;