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99 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Derogan las Ordenanzas N° 035-2014- GRSM/CR y N° 025-2017-GRSM/CR referentes al Instructivo para la Categorización y Recategorización de los Centros Poblados ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2025- GRSM/CR Moyobamba, 17 de noviembre de 2025EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley N° 27902, Ley N° 28013 y Ley N° 31433; Reglamento Interno del Consejo Regional de San Martín, y demás normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado concordante con los Arts. 2º y 3º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal que tiene jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a la ley; Que, conforme el Artículo 192° de la Constitución Política del Perú, determina que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas nacionales y locales. Además, establece sus competencias, como la promoción y regulación de actividades y servicios públicos, así como la gestión de la obra pública regional; Que, el artículo 11° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional; asimismo, el artículo 38° de la citada Ley establece que las ordenanzas del Consejo Regional norma asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estipula que es atribución del Consejo Regional: aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante el literal b) del artículo 2 del Reglamento Interno del Consejo Regional, Capítulo II, Funciones Generales del Consejo Regional, establece que el Consejo Regional de San Martín, ejerce su función normativa aprobando, derogando y modi fi cando normas de carácter regional (…), para el cumplimiento de ésta función emite Ordenanzas y Acuerdos Regionales de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37° de la Ley N° 278867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y son aprobados por mayoría simple; Que, con Ordenanza Regional N°035-2014-GRSM/ CR, se aprueba el “Instructivo para la Categorización y Recategorización de Centros Poblados”, modi fi cada con la Ordenanza Regional N°025-2017-GRSM/CR, ordenanzas que toman como base normativa al Decreto Supremo N°019-2003-PCM, reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial, derogado por el Decreto Supremo N°191-2020-PCM; Que, mediante Informe Técnico Nº 026-2025-GRSM/ ARASM/DGT-ADOT de fecha 05 de mayo de 2025, emitido por el profesional responsable del Área de Demarcación y Organización Territorial de la Dirección de Gestión Territorial de la Autoridad Regional Ambiental, se señala que: Las disposiciones contempladas en el instructivo para la categorización y recategorización de centros poblados aprobado a nivel regional con la Ordenanza Regional N°035-2014-GRSM/CR y actualizado con la Ordenanza Regional N°025-2017- GRSM/CR, no tiene validez técnica y legal por cuanto está vinculado al Decreto Supremo N°019-2003-PCM derogado en el año 2020; asimismo, algunos requisitos contemplados en el instructivo para la categorización y recategorización de centros poblados, han sido derogados, han cambiado el sentido del requisito o es improcedente su aplicación por no guardar correlación con acciones de demarcación territorial contemplados en la legislación vigente. (…) De acuerdo a las de fi niciones contenidas en la Directiva N°001-2023-GRSM/GRPyP-SGDI “Lineamientos y procedimientos para la formulación, modi fi cación y aprobación de documentos normativos u orientadores en el Gobierno Regional”, normar los aspectos técnicos orientadores para el proceso de categorización y recategorización de centros poblados en San Martín, como actividad institucional del Gobierno Regional San Martín, no correspondería a un instructivo. Por lo que, corresponde derogar la Ordenanza Regional N°035-2014-GRSM/CR de fecha 22 de diciembre de 2014, que aprobó el Instructivo para la Categorización y Recategorización de los Centros Poblados y la Ordenanza Regional N°025- 2017-GRSM/ CR de fecha 13 de diciembre de 2017, que aprobó la modi fi cación de la Ordenanza Regional N°035-2014- GRSM/CR y con el cual se actualizó el Instructivo para la Categorización y Recategorización de los Centros Poblados y posteriormente aprobar un documento normativo orientador institucional que regule la aplicación de los aspectos técnicos orientadores para el proceso de categorización y recategorización de centros poblados. Que, mediante Informe Legal N° 274-2025-GRSM/ ORAL de fecha 04 de junio del 2025, la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, OPINA FAVORABLEMENTE por la emisión de una Ordenanza Regional que derogue la Ordenanza Regional N°035-2014-GRSM/CR de fecha 22 de diciembre de 2014, que aprobó el Instructivo para la Categorización y Recategorización de los Centros Poblados y la Ordenanza Regional N°025-2017-GRSM/CR de fecha 13 de diciembre de 2017, que aprobó la modi fi cación de la Ordenanza Regional N°035-2014-GRSM/CR y con el cual se actualizó el Instructivo para la Categorización y Recategorización de los Centros Poblados; Que, el Consejo Regional de San Martin, en Sesión extraordinaria desarrollada el 17 de noviembre de 2025, en las instalaciones del Auditorio del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo - Tarapoto, y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional, APROBÓ por UNANIMIDAD de los consejeros regionales asistentes, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- DEROGAR la ORDENANZA REGIONAL N°035-2014-GRSM/CR, de fecha 22 de diciembre de 2014, que aprobó el Instructivo para la Categorización y Recategorización de los Centros Poblados y la ORDENANZA REGIONAL N°025-2017-GRSM/CR de fecha 13 de diciembre de 2017, que aprobó la modi fi cación de la Ordenanza Regional N°035-2014- GRSM/CR. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento e implementación de la presente ordenanza al gobernador regional de San Martin en coordinación con la Gerencia