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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (29/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 107

107 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / Carabayllo”,considerando que la propuesta es de interés en materia social y cultural para nuestra comunidad. Que, con Informe Nº 133-2025-GPPCI/MDC, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional emite opinión favorable a la Ordenanza que aprueba disposiciones para promover la incorporación del enfoque intercultural. Que, con Informe N° 377-2025-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba Disposiciones para Promover la Incorporación del Enfoque Intercultural; el Uso, Preservación, Desarrollo, Recuperación, Fomento y Difusión de las Lenguas Indígenas u Originarias, Así Como La Promoción De La Diversidad Cultural Para La Prevención y Sanción Del Racismo y La Discriminación Étnico-Racial; la Promoción de Derechos del Pueblo Afroperuano” , en El Distrito de Carabayllo. Que, mediante Dictamen N° 04-2025-CPSDYPD/ MDC de la Comisión de Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos recomienda al Pleno del Concejo Municipal, que en el ejercicio de su competencia se apruebe el proyecto de Ordenanza “Disposiciones para Promover la Incorporación del Enfoque Intercultural; el Uso, Preservación, Desarrollo, Recuperación, Fomento y Difusión de las Lenguas Indígenas u Originarias, Así Como La Promoción de La Diversidad Cultural para la Prevención y Sanción del Racismo y La Discriminación Étnico-Racial; la Promoción de Derechos del Pueblo Afroperuano, en el Distrito de Carabayllo”. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias, con la dispensa del trámite y lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza y sus Anexos: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA DISPOSICIONES PARA PROMOVER LA INCORPORACION DEL ENFOQUE INTERCULTURAL; EL USO, PRESERVACIÓN, DESARROLLO, RECUPERACIÓN, FOMENTO Y DIFUSIÓN DE LAS LENGUAS INDÍGENAS U ORIGINARIAS, ASÍ COMO LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD CULTURAL PARA LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN ÉTNICO-RACIAL Y LA PROMOCIÓN DE DERECHOS DEL PUEBLO AFROPERUANO EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo Primero.- APROBAR , las disposiciones para promover la incorporación del enfoque intercultural; el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas indígenas u originarias, así como la promoción de la diversidad cultural para la prevención y sanción del racismo y la discriminación étnico-racial y la promoción de derechos del pueblo afroperuano en el Distrito de Carabayllo que consta de siete (07) Capítulos, treinta y uno (31) Artículos y dos (02) Anexos; el Anexo 01 - Cuadro de Infracciones y Sanciones, y el Anexo 02 - Glosario de Términos, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que se incorporen las sanciones previstas en la presente Ordenanza para su Aplicación de Sanciones Administrativas – RASA, así como en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA), comprendidas en el Anexo 1, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Artículo Tercero.- APROBAR las disposiciones complementarias para la implementación de la presente ordenanza, especí fi camente para regular el procedimiento administrativo sancionador a seguir ante la comisión de presuntos casos de discriminación étnico-racial, especi fi cando, en concordancia con la legislación nacional vigente. Artículo Cuarto.- DEROGAR, todas las disposiciones normativas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, y la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, y demás unidades orgánicas a adoptar e implementar las medidas y acciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Secretaría General, solo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a Subgerencia de Imagen Institucional, la publicación de la indicada Ordenanza, Disposiciones Generales y sus anexos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carabayllo (https://web.municarabayllo.gob.pe/normas-legales). Regístrese, comuníquese y cúmplase PABLO MENDOZA CUEVA Alcalde 2463909-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Ordenanza que otorga Amnistía Tributaria para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias en el distrito de Lurigancho – Chosica, “ Amnistía Tributaria por Navidad y Año Nuevo” ORDENANZA N° 380-MDL Lurigancho, 28 de noviembre del 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO VISTO: El Informe N° 00217-2025-MDL/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 00494-2025- MDL/GAT-SGREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, el Memorándum N° 001331-2025-MDL/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000465-2025-MDL/OGPP- OPME de la O fi cina de Plani fi cación y Modernización del Estado, el Informe N° 000656-2025-MDL/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 003354-2025-MDL/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades que establece que la autonomía para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8) del artículo 9 de la Ley N° 27972 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo, conforme al artículo 39, el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; y el artículo 40 precisa que las ordenanzas constituyen las normas de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, mediante las cuales se regula la organización interna, los servicios públicos y las materias de competencia municipal;