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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (29/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / Minas de Ucayali, al Consejero Regional de Ucayali Leonardo Mallqui Diaz, secretario de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto y al Consejero Regional de Ucayali Miguel Abel Silva Vásquez, miembro de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto, en merito al Acuerdo Regional Nº 115-2025-GRU-CR, para el 22 de setiembre del 2025; por lo que, se llevó a cabo dicha reunión, manifestando los miembros de la Comisión de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional de Ucayali, la conformidad para la incorporación de los cuatro (04) procedimientos a cargo de la Dirección Regional de Energía y Munas de Ucayali al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente del Gobierno Regional de Ucayali. Que, mediante el Dictamen Nº 003-2025-GRU-CR- CPP, de fecha 22 de setiembre del 2025, la Comisión Ordinaria De Planeamiento Y Presupuesto Del Consejo Regional De Ucayali, concluye el sustento para la aprobación de la Ordenanza Regional que incorpora cuatro (04) Procedimientos Administrativos a cargo de la Dirección Regional de Energía y Minas de Ucayali en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Ucayali, donde la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Regional de Ucayali, acordó por mayoría: Aprobar La Iniciativa De La Ordenanza Regional Que Dispone La Incorporación De Los Cuatro (04) Procedimientos Administrativos A Cargo De La Dirección Regional De Energía Y Minas De Ucayali En El Texto Único De Procedimientos Administrativos (Tupa) Vigente Del Gobierno Regional De Ucayali, Que Contiene Cuatrocientos Veintiséis (426) Procedimientos Administrativos Y Servicios Prestados En Exclusividad No Estandarizados Y Estandarizados; Así Como El Remplazo Con El Nuevo Formulario Solicitud De Acceso A La Información Pública Que Corresponde Al Procedimiento Estandarizado “Acceso A La Información Pública Creada Y Obtenida Por La Entidad Que Se Encuentre En Su Posesión O Bajo Su Control”; Aprobar Los Requisitos, Plazos De Atención, Los Montos De Derechos De Tramitación, Silencio Administrativo Correspondiente A La Evaluación Previa, Recursos Impugnativos De Reconsideración Y Apelación De Los Cuatro (04) Procedimientos Administrativos Que Están A Cargo De Tramitar En La Dirección Regional De Energía Y Minas (…); Que, mediante Opinión Legal Nº 005-2025-FLP/ ALCRU de fecha 22 de setiembre del 2025, se declara procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional sobre la aprobación de incorporación de cuatro (04) Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Ucayali ah cargo de la Dirección Regional de Energía y Minas; Que, en la Sesión Extraordinaria de fecha 25 de setiembre del 2025, los señores Consejeros escucharon la sustentación de lo solicitado por el Presidente de la Comisión Ordinaria De Planeamiento Y Presupuesto Del Consejo Regional De Ucayali, donde por UNANIMIDAD aprobaron el Dictamen Nº 003-2025-GRU-CR-CPP, de fecha 22 de setiembre del 2025, aprobar la iniciativa de la Ordenanza Regional que dispone la incorporación de los cuatro (04) procedimientos administrativos a cargo de la Dirección Regional de Energía y Minas de Ucayali en el texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente del Gobierno Regional de Ucayali, que contiene cuatrocientos veintiséis (426) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad no estandarizados y estandarizados; así como el remplazo con el nuevo formulario solicitud de acceso a la información pública que corresponde al procedimiento estandarizado “acceso a la información pública creada y obtenida por la entidad que se encuentre en su posesión o bajo su control”; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 141-2025-GRU- CR de fecha 25 de setiembre del 2025, se aprobó, la iniciativa de la Ordenanza Regional que dispone la incorporación de los cuatro (04) Procedimientos Administrativos a cargo de la Dirección Regional de Energía y Minas de Ucayali en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente del Gobierno Regional de Ucayali, que contiene cuatrocientos veintiséis (426) Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad no Estandarizados y Estandarizados; Así, como el Remplazo con el Nuevo Formulario Solicitud de Acceso a la Información Pública que Corresponde al Procedimiento Estandarizado, “ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA Y OBTENIDA POR LA ENTIDAD QUE SE ENCUENTRE EN SU POSESIÓN O BAJO SU CONTROL”. Asimismo, se aprobó, los requisitos, plazos de atención, los montos de derechos de tramitación, silencio administrativo correspondiente a la evaluación previa, recursos impugnativos de reconsideración y apelación de los cuatro (04) procedimientos administrativos que están a cargo de tramitar en la Dirección Regional de Energía y Minas, y se estableció, que la citada Ordenanza es parte de la Ordenanza Regional Nº 015-2021-GRU-CR, Ordenanza Regional Nº 008-2023-GRU-CR y la Ordenanza Regional Nº 001-2025-GRU-CR; Que, en atención a lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria Final y Artículo 18 del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2024-JUS para utilizar el formato contenido en el Anexo de dicho Reglamento, se procedió a reemplazar el antiguo formato Solicitud de Acceso a la Información Pública con el nuevo formato que corresponde al procedimiento administrativo estandarizado Acceso a la Información Pública creada y obtenida por la Entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente del Gobierno Regional de Ucayali utilizando la herramienta informática Sistema Único de Trámites; Que, el literal o) del artículo 21º la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, artículo 9º y 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cado por las Leyes Nº 27902 y Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 25 de setiembre del 2025, aprobaron por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Artículo Primero.- APROBAR, la Incorporación de cuatro (04) Procedimientos Administrativos que están a cargo de tramitar la Dirección Regional de Energía y Minas, en el documento de gestión institucional Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Ucayali, conteniendo cuatrocientos veintiséis (426) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad no estandarizados y estandarizados; así como, el reemplazo con el nuevo formulario Solicitud de Acceso a la Información Pública que corresponde al procedimiento administrativo estandarizado “Acceso a la Información Pública creada y obtenida por la Entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control”. Cuyos procedimientos administrativos incorporados y nuevo formulario, como Anexo es parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, los requisitos, plazos de atención, los montos de derechos de tramitación, el silencio administrativo correspondiente de la evaluación previa, los recursos impugnativos de reconsideración y apelación de los cuatro (4) procedimientos administrativos que están a cargo de tramitar la Dirección Regional de Energía y Minas. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que la presente ORDENANZA REGIONAL es parte de la ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2021-GRU-CR, ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2023-GRU-CR y la ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2025-GRU-CR. Artículo Cuarto.- DISPENSAR, a la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, con la fi nalidad de proceder a su implementación.