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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (03/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Viernes 3 de octubre de 2025 El Peruano / principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes del Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 143- 2023-CG de 24 de abril de 2023, se designó, entre otros, a la señora Felipa Llanqui Argollo en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Azángaro; Que, mediante Carta Nº 006768-2025-CG/PER de 11 de setiembre de 2025, se noti fi có a la señora Felipa Llanqui Argollo la extinción de su vínculo laboral con la Contraloría General de la República, por la causal objetiva de extinción del contrato de trabajo estipulada en el literal h) del artículo 16 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, precisándose como último día de labores el 11 de setiembre de 2025; Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa Nº 000216-2025-CG/VCG, en atención a sus competencias establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 274-2025-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Puno para dar por terminada la designación de la señora Felipa Llanqui Argollo en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Azángaro, de conformidad con el literal a) “Situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de la presente directiva” del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, conforme a los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000015-2025-CG/GRPU y el Memorando Nº 001001-2025-CG/GRPU, de la Gerencia Regional de Control de Puno, documentos que se sustentan en la Carta Nº 006768-2025-CG/PER de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; Que, de otro lado, el numeral 17.1 del artículo 17 del TUO de la Ley Nº 27444 señala que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existieran en la fecha a la que pretende retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción. Además, el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del mismo cuerpo normativo establece que el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos también es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni se afecte a terceros; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000993-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000730-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación de la señora Felipa Llanqui Argollo en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Azángaro, entidad bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Puno, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Gubernamental, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación de la señora Felipa Llanqui Argollo, con e fi cacia anticipada al 12 de setiembre de 2025, en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Azángaro. Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2444826-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional del Callao UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 173-2025-CU Callao, 14 de agosto de 2025El Consejo Universitario de la Universidad Nacional del Callao Visto el acuerdo del Consejo Universitario en su sesión ordinaria del 14 de agosto de 2025, tratado el punto de agenda 5. MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - RESOLUCIÓN N° 306-2022-CU.