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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (03/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 3 de octubre de 2025 El Peruano / fi nancieras según lo establecido en el Tarifario materia de aprobación, así como el seguimiento a su cumplimiento. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, y a su vez ésta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2444706-1 Encargan al Vicecontralor de la Vicecontraloría de Control Gubernamental, las funciones del cargo de Contralor General de la República, vinculadas a las acciones y actos administrativos y/o de control gubernamental; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 413-2025-CG Lima, 2 de octubre de 2025VISTOS:El Memorando Nº 000105-2025-CG/DC, del Despacho del Contralor; el Proveído Nº 002179-2025-CG/SGE, de la Secretaría General; el Proveído Nº 006482-2025-CG/ GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando Nº 007924-2025-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa Nº 000736-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000998-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a las disposiciones previstas en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; Que, el artículo 33 de la Ley Nº 27785 dispone que la Vicecontraloría General de la República es la unidad orgánica cuyo responsable es el segundo funcionario en rango del Sistema, pudiendo existir como máximo dos Vicecontralorías; asimismo, establece que el Vicecontralor de mayor antigüedad en el cargo reemplaza al Contralor General en caso de ausencia o impedimento temporal y ejerce las funciones que éste le delega; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado con Resolución de Contraloría Nº 274-2025-CG, y sus modi fi catorias, prevé en la estructura orgánica de esta Entidad Fiscalizadora Superior a la Vicecontraloría de Control Gubernamental, cuyo titular se constituye en el único funcionario en el cargo de Vicecontralor; Que, estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental en el Memorando Nº 000998-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000736-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría por la cual se encarga al señor Marco Antonio Argandoña Dueñas, Vicecontralor de la Vicecontraloría de Control Gubernamental, las funciones del cargo de Contralor General de la República, por efecto del uso del descanso vacacional del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, del 10 al 16 de diciembre de 2025, conforme a los documentos de vistos, con la fi nalidad de asegurar la continuidad de la función rectora que compete a esta entidad, garantizando su normal funcionamiento; En uso de las facultades conferidas por el articulo 32 y conforme al artículo 33 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar al señor Marco Antonio Argandoña Dueñas, Vicecontralor de la Vicecontraloría de Control Gubernamental, las funciones del cargo de Contralor General de la República, vinculadas a las acciones y actos administrativos y/o de control gubernamental, cuyo vencimiento de los plazos según la normativa aplicable para su atención, se encuentre en el período del encargo de funciones, así como otros documentos necesarios para la gestión; asimismo, se le encarga las acciones de supervisión de las actividades y funciones de los órganos con dependencia directa del Despacho Contralor, del 10 al 16 de diciembre de 2025 y en tanto dure la ausencia del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2444824-1 Dan por terminada designación de Jefe del Órgano de Control Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 414-2025-CG Lima, 2 de octubre de 2025 VISTOS: La Hoja Informativa N° 000226-2025-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; el Memorando N° 000392-2025-CG/GPOIN, de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico; la Hoja Informativa N° 000053-2025-CG/JUSPE, de la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral; el Memorando N° 001100-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000737-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000999-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control