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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (08/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de octubre de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Disposiciones sobre la PCA La PCA no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización fi nanciera de los recursos públicos asignados conforme a la normatividad vigente; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.3 del artículo 10 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada a través de la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01. Artículo 4.- Compromiso Los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se fi nancian con cargo a fuentes de fi nanciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de fi nanciamiento antes mencionadas que esperan obtener en el Año Fiscal 2025, en concordancia con lo señalado en el artículo 39 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 5.- Publicación La presente Resolución Directoral y los anexos I, II, III y IV se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma y su Anexo I en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LOLI JHOVER CHÁVEZ CABRERA Director Dirección General de Presupuesto Público ANEXO I   PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA) CORRESPONDIENTE A LA REVISIÓN DE OFICIO DEL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2025 (En soles) NIVEL DE GOBIERNO PCAGOBIERNO NACIONAL 153 934 823 535 GOBIERNOS REGIONALES 59 257 299 783 GOBIERNOS LOCALES 50 228 876 742 TOTAL GENERAL 263 421 000 060 2446233-1 EDUCACIÓN Decreto Supremo que modifica el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas para el Año Fiscal 2025 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 DECRETO SUPREMO N° 016-2025- MINEDU LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modi fi cado por la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31224, el Instituto Peruano del Deporte constituye un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyendo además, un pliego presupuestal; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que las subvenciones que se otorguen a personas jurídicas, no pertenecientes al Sector Público en los años fi scales correspondientes, deben estar consideradas en el anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público, debiendo contar con el fi nanciamiento respectivo y el informe técnico sustentatorio de la O fi cina de Presupuesto o la que hagas sus veces en la Entidad subsidiaria correspondiente; Que, conforme a lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, las subvenciones a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2025 por los pliegos presupuestarios están contenidas en el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas – Año Fiscal 2025 de la referida Ley, entre las que se encuentran, los montos máximos de subvenciones a ser otorgadas por el Instituto Peruano del Deporte; Que, el artículo 81 de la Ley N° 32185 autoriza, en el Año Fiscal 2025, al Instituto Peruano del Deporte (IPD), según los resultados alcanzados en la evaluación de los indicadores de desempeño establecidos en la normativa interna que regula el otorgamiento de subvenciones a favor de las Federaciones Deportivas Nacionales y la Asociación Nacional Paraolímpica del Perú, para modi fi car el Anexo A de la mencionada ley, mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Educación, el cual se publica en los portales institucionales del IPD y del Ministerio de Educación, dentro de los tres (03) días hábiles contados a partir de la publicación del citado decreto supremo en el diario o fi cial El Peruano. Asimismo precisa que, dependiendo de la fecha de presentación de la solicitud de modi fi cación del Anexo A, se consideran los resultados alcanzados en la evaluación de los indicadores de desempeño del 2024; y que, para el otorgamiento de las subvenciones, las instituciones antes señaladas suscriben Convenios de Asignación por Desempeño con el IPD, según los criterios técnicos que este último establezca respecto de su otorgamiento, en los cuales se establecen los requisitos y condiciones para su otorgamiento, total o parcial, y se incluyen los indicadores de desempeño aprobados previamente por el IPD conforme a la normativa que para tal efecto haya establecido dicha entidad; Que, mediante los O fi cios Nº 000904-2025-P/ IPD, Nº 001063-2025-P/IPD y Nº 000110-2025- OPP/IPD, los Informes Nº 000145-2025-UPTO-OPP/IPD, N° 000155-2025-UPTO-OPP/IPD, Nº 000171-2025-UPTO-OPP/IPD, N° 000559-2025-OAJ/IPD, N° 001190-2025-GDS-DINADAF/IPD, N° 001463-2025-GDS-DINADAF/IPD y N° 001375-2025-PMD-DINADAF y los Memorandos N° 001561-2025-DINADAF/IPD, Nº 001788-2025-DINADAF/IPD y Nº 002142-2025-DINADAF/IPD, el Instituto Peruano del Deporte, en el marco de lo establecido en el artículo 81 de la Ley N° 32185, solicita y sustenta la necesidad de modi fi car el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas para el Año Fiscal 2025 de la Ley N° 32185, considerando para dicho fi n los “Indicadores de desempeño para las Personas Jurídicas, en el marco de la gestión de subvenciones económicas otorgadas por el Instituto Peruano del Deporte”, para el Año Fiscal 2024, aprobados por Resolución de Presidencia N° 012-2024-IPD/P, con la fi nalidad de efectuar una redistribución de las subvenciones a ser otorgadas a las personas jurídicas en el Año Fiscal 2025, la misma que no afecta el monto total autorizado a favor del IPD en dicho Anexo, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; las cuales están reorientadas a cumplir con la Programación de Actividades Deportivas del II Semestre de 2025 del Instituto Peruano del Deporte; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 01749-2025-MINEDU/