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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (08/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de octubre de 2025 El Peruano / Minas el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión - Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; y, el Decreto Supremo Nº 018-2020- EM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la primera transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego Nº 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma total de US$ 1 158 558,33 (Un millón ciento cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y ocho y 00/100 dólares americanos), cuyo equivalente en soles representa hasta la suma de S/ 4 341 041,41 (Cuatro millones trescientos cuarenta y un mil cuarenta y uno y 41/100 soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A., para fi nanciar los proyectos, que se detallan a continuación: PROYECTO: “AMPLIACIÓN SET CHUPACA SEGUNDO TRANSFORMADOR 33/13.2 KV - 5MVA Y CELDAS CONEXAS DISTRITO DE CHUPACA - PROVINCIA DE CHUPACA - DEPARTAMENTO DE JUNÍN” con CUI Nº 2494769. EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y MinasUNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la Ejecución de proyectos de inversión CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de CapitalGENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y TransferenciasFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito S/ 3 534 753,51 PROYECTO: “AMPLIACIÓN DE LA SET PACHACHACA, TRANSFORMADOR 50/10 KV, 5 MVA Y CELDAS CONEXAS DISTRITO DE YAULI - PROVINCIA DE YAULI - DEPARTAMENTO DE JUNÍN” con CUI Nº 2384034. EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 016 Ministerio de Energía y MinasUNIDAD EJECUTORA : 005 Dirección General de Electrificación Rural CATEGORIA PRESUPUESTAL : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001253 Transferencia de recursos para la Ejecución de proyectos de inversión CATEGORIA DE GASTO 6 Gastos de CapitalGENERICA DE GASTO 2.4 Donaciones y TransferenciasFUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito S/ 806 287,90 TOTAL: S/ 4 341 041,41 Artículo 2.- Disponer que, bajo el marco del Manual de Operaciones del Programa PIT y los Convenios Especí fi cos de Financiamiento y sus Adendas Nº 01, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A., deposite los recursos transferidos a la cuenta recolectora aperturada para dichos fi nes, en un plazo dos (2) días hábiles contado a partir de efectuada la transferencia a que se re fi ere el artículo 1, y conforme a las disposiciones y términos establecidos en el Contrato de Fideicomiso suscrito entre la Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER), la empresa ELECTROCENTRO S.A. y el Banco Scotiabank Perú S.A.A. Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos para las cuales son transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en los Convenios Especí fi cos de Financiamiento y sus Adendas Nº 01, suscritos entre la DGER y la empresa ELECTROCENTRO S.A., en el Contrato de Fideicomiso y el Manual de Operaciones del Programa PIT. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2446228-1 Autorizan primera transferencia financiera de recursos a favor de ELECTRO UCAYALI S.A. para financiar proyecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 326-2025- MINEM/DM Lima, 6 de octubre de 2025VISTOS: El Informe Nº 378-2025-MINEM/DGER- JAL de la Jefatura de Asesoría Legal y el Informe Nº 055-2025-MINEM/DGER/JAF-PYF de la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electri fi cación Rural; el Informe Nº 309-2025/MINEM- OGPP-OPRE de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 925-2025-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 9 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, señala que los recursos que son empleados para la electri fi cación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como para promocionar la inversión privada; asimismo, los recursos están dirigidos a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente. Para la ejecución de los proyectos u obras, la Dirección General de Electri fi cación Rural podrá destinar recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), previa suscripción de convenios; Que, los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2020-EM (en adelante, Decreto Supremo Nº 018-2020-EM), establecen los criterios y los procedimientos aplicables para fi nanciar la ejecución de proyectos de los nuevos SER, así como el reforzamiento, ampliación, remodelación, mejora de la infraestructura e inversiones de optimización, ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación eléctrica existente, a través de las transferencias fi nancieras a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del FONAFE y a ADINELSA, con la fi nalidad de brindar un servicio de calidad, con fi able y sostenible en