TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de octubre de 2025 El Peruano / Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, correspondiente a la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER); en el caso del acápite v) se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades o empresas involucradas; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 de la referida norma se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, con fecha 12 de junio de 2024, se suscribió la Adenda Nº 01 al convenio especí fi co de fi nanciamiento entre la empresa ELECTROCENTRO S.A. y la DGER, para el desarrollo del proyecto “Ampliación Set Chupaca Segundo Transformador 33/13.2 KV - 5MVA y celdas conexas Distrito de Chupaca - Provincia de Chupaca – Departamento de Junín - CUI Nº 2494769”; y, la Adenda Nº 01 al convenio especí fi co de fi nanciamiento ELECTROCENTRO S.A. y la DGER de fecha 27 de diciembre de 2024, para el desarrollo del proyecto “Ampliación de la Set Pachachaca, transformador 50/10 KV, 5 MVA y Celdas conexas Distrito de Yauli - Provincia de Yauli - Departamento de Junín - CUI Nº 2384034”; con el objeto de modi fi car la cláusula tercera (objeto del Convenio, costo total de la inversión y aportes) y la cláusula Quinta (devolución de fi nanciamiento), y establecer el importe a ser depositado al fi deicomiso de inversión con cargo a los recursos del convenio de préstamo; Que, la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER emitió la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para la Adquisición de Bienes y Suministros Nº 00736-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 30 de junio de 2025, que acreditó la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 3 566 664,10 (Tres millones quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro y 10/100 soles), destinados al proyecto con CUI Nº 2494769: “Ampliación Set Chupaca Segundo Transformador 33/13.2 KV - 5MVA y celdas conexas Distrito de Chupaca - Provincia de Chupaca - Departamento de Junín”; y, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Nº 00752-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 30 de junio de 2025, que acredita la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 3 583 377,60 (Tres millones quinientos ochenta y tres mil trescientos setenta y siete y 60/100 soles), destinados al proyecto con CUI Nº 2384034: “Ampliación de la Set Pachachaca, transformador 50/10 KV, 5 MVA y Celdas conexas Distrito de Yauli - Provincia de Yauli - Departamento de Junín”, a efectos que se realice la trasferencia fi nanciera a favor de la empresa ELECTROCENTRO S.A., con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, estando a lo establecido en el Manual de Operaciones del Proyecto PIT, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 026-2022-MINEM-VME, con fecha 26 de noviembre de 2024, la DGER y la empresa ELECTROCENTRO S.A., en calidad de Fideicomitentes suscribieron el Contrato de Fideicomiso de inversión con el Banco Scotiabank para la administración de fl ujos dinerarios en el marco de la gestión del Programa PIT; cabe precisar, que a través del O fi cio Nº 572-2025-MINEM/ DGER del 02 de octubre de 2025, se solicitó la apertura de cuentas “Recolectoras” del contrato de fi deicomiso; Que, por su parte, el numeral 4.6.2.1 “Gestión del Fideicomiso” del Manual de Operaciones del Proyecto PIT, señala sobre la apertura de cuentas de fi deicomiso, lo siguiente: “La DGER-DFC, para la operatividad del Componente 1, estructurará y contratará un Fideicomiso en dólares con una sociedad fi duciaria supervisada por la SBS, que cuente con la aprobación del BM, para la administración de recursos para cada subproyecto; el contrato de Fideicomiso será suscrito entre la DGER-DFC (Fideicomitente), la EDE receptora de los recursos (Fideicomisario) y el Fiduciario (Institución Financiera), en el cual se establecerán los plazos de ejecución de las operaciones de pago, el Fiduciario transferirá a las empresas Contratistas y Supervisores, los recursos del fi nanciamiento que la DGER-DFC le otorgue, previa autorización. La fi nalidad del fi deicomiso es que los fl ujos entregados al Fiduciario sean administrados única y exclusivamente para el desarrollo y ejecución de las obras...”; Que, mediante el Memorando Nº 00158-2025/MINEM- DGER-PIT, de fecha 30 de setiembre de 2025, la Dirección Ejecutiva del Programa PIT solicitó a la DGER la emisión de la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera, como consecuencia de las Adendas Nº 01 a los Convenios Especí fi cos de Financiamiento entre ELECTROCENTRO S.A. y la DGER, para lo cual acompaña el Informe Nº 034-2025-MINEM-DGER-PIT-JP de la Jefatura de Proyectos, el Informe Nº 182-2025-MINEM/DGER/PIT-CAF del Coordinador de Administración y Finanzas y el Informe Nº 25-2025-MINEM/DGER/DFC-PIT-AL del Asesor Legal, todos del Proyecto PIT, en los cuales se sustenta la primera transferencia fi nanciera a favor de la Empresa ELECTROCENTRO S.A., para fi nanciar los proyectos: a) “Ampliación Set Chupaca Segundo Transformador 33/13.2 KV - 5MVA y celdas conexas Distrito de Chupaca - Provincia de Chupaca - Departamento de Junín”, a la cuenta del fi deicomiso, por la suma de US$ 949 973,33 (Novecientos cuarenta y nueve mil novecientos setenta y tres y 33/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 3 534 753,51 (Tres millones quinientos treinta y cuatro setecientos cincuenta y tres y 51/100 soles); y, b) “Ampliación de la Set Pachachaca, transformador 50/10 KV, 5 MVA y Celdas conexas Distrito de Yauli - Provincia de Yauli - Departamento de Junín, a la cuenta del fi deicomiso, por la suma de US$ 215 585,00 (Doscientos quince mil quinientos ochenta y cinco y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 806 287,90 (Ochocientos seis mil doscientos ochenta y siete y 90/100 soles); Que, a través del Informe Nº 386-2025-MINEM/ DGER-JAL remitido con Memorando Nº 00378-2025/MINEM-DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER señala que habiéndose suscrito los Convenios Especí fi cos de Financiamiento y sus respectivas Adendas Nº 01, corresponde que se emita el acto resolutivo respecto a la transferencia fi nanciera a favor de la empresa ELECTROCENTRO S.A.; Que, a través del Informe Nº 308-2025/MINEM-OGPP- OPRE remitido con Memorando Nº 02115-2025/MINEM-OGPP, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para que se realice la transferencia fi nanciera a favor de la empresa ELECTROCENTRO S.A., conforme a lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185; Que, mediante Informe Nº 924-2025-MINEM/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la empresa ELECTROCENTRO S.A., en el marco del Decreto de Urgencia Nº 048-2021, Decreto de Urgencia que autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión - Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; Con los vistos de la Dirección General de Electri fi cación Rural; de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto de Urgencia Nº 048-2021, Decreto de Urgencia que autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y