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79 NORMAS LEGALES Sábado 25 de octubre de 2025 El Peruano / MgSc. Julio Enrique Ramírez Huanca, solicitando que se emita la Resolución correspondiente; Que, conforme a lo señalado, el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido el Certi fi cado de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002458, de fecha 11 de agosto de 2025, mediante el cual se certi fi ca la existencia de crédito presupuestario para atender lo solicitado, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución; Que, mediante O fi cio Nº 483-2025-VRIN-UNSAAC, de fecha 17 de septiembre de 2025, el Vicerrector de Investigación solicita se disponga lo necesario para autorizar la comisión de servicios con goce de haber, inscripción, pasajes y viáticos al solicitante para su participación en el XXI Congreso Panamericano de Anatomía, el XXVII Congreso de Anatomía del Cono Sur y el XVII Congreso Colombiano de Morfología, a desarrollarse en Bucaramanga - Colombia, del 14 al 18 de octubre de 2025, ya que el docente investigador MgSc. Julio Enrique Ramírez Huanca expondrá de manera oral la ponencia titulada “Estudio Histológico de la córnea en la llama (Lama glama)”; Que, la petición ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el 25 de septiembre de 2025, siendo aprobada por unanimidad, disponiendo se emita la Resolución correspondiente; Que, a la fecha, en lo concerniente a la ejecución del gasto público, se encuentra vigente la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; así como la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; siendo estas normas legales de cumplimiento obligatorio, las cuales establecen procedimientos rigurosos para su autorización y ejecución; Que, al respecto, el Artículo 1º de la Ley Nº 27619 establece expresamente que los viajes al exterior de los servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo, el Artículo 3º de la referida Ley dispone que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad a la fecha del viaje; y, Estando al acuerdo del Consejo Universitario; Ley Nro. 32185 Ley de Presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2025, Ley 27619, D.S. 047-2002-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario. RESUELVE: Primero.- CONCEDER licencia con goce de haber y apoyo económico al MgSc. Julio Enrique Ramirez Huanca, docente ordinario en la categoría y régimen de dedicación como profesor AUXILIAR A TIEMPO COMPLETO, en la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria – Sicuani de la Facultad de Agronomía y Zootecnia, quien participará en el XXI Congreso Panamericano de Anatomía, XXVII Congreso de Anatomía del Cono Sur y XVII Congreso Colombiano de Morfología, a desarrollarse en Bucaramanga - Colombia, como expositor de su ponencia titulada “Estudio Histológico de la córnea en la Llama (Lama glama)”, del 13 al 19 de octubre de 2025. Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración de la UNSAAC, otorgue APOYO ECONÓMICO a favor del docente MgSc. Julio Enrique Ramirez Huanca, traducido en lo siguiente: ● Asignacion de viaticos traducido en: ○ CUATRO (04) días internacionales a razón de $ 370,00, por día ($1,480.00 - TC S/ 3.55). ○ UN (01) día nacional a razón de S/. 320.00. ● Pasajes aéreos (Cusco, Bucaramanga y viceversa). ● Inscripción al evento. ● Difusión en el Diario O fi cial El Peruano. Tercero.- EL EGRESO que se origine por la aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo del Certi fi cado de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002458, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del bene fi ciario de presentar ante la Dirección General de Administración el Formato Nº 1 – Declaración de Compromiso. Asimismo, está en la obligación de presentar la rendición de cuentas documentada, sustentada con los comprobantes de pago correspondientes (facturas, boletas de venta y/o electrónica, tickets, boletos de viaje, y declaración de gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de comisión de servicio), cuyo monto máximo permitido para dichos gastos diversos será hasta el 20% del total autorizado, mientras que el 80% restante deberá sustentarse con gastos de alimentación y alojamiento, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco – UNSAAC, por concepto de alimentación, alojamiento y/o movilidad local. La rendición de cuentas deberá ser presentada en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de retorno a la ciudad del Cusco. Vencido dicho plazo, la institución dará por no presentada la rendición de cuentas. El Formato Nº 3 deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional area.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, indicando en el asunto: “Rendición de Cuentas – RESOLUCIÓN Nº … – NOMBRE DEL BENEFICIARIO”. Los formatos Nº 02, 03 y 04, aprobados mediante Resolución Nº CU-309-2020-UNSAAC, de fecha 10 de septiembre de 2020, serán proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración. Finalmente, el bene fi ciario deberá presentar informe ante el Despacho Rectoral. Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la Directiva para Autorización de Viajes y Otorgamiento de Viáticos por Comisión de Servicio dentro y fuera del País de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-0309-2020-UNSAAC. Sétimo.- DISPONER que la unidad de Red de Comunicaciones de la Institución, publique la presente resolución en la página web de la UNSAAC: www.unsaac.edu.pe. La Dirección General de Administración, adoptará las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. PAULINA TACO LLAVE Rector (e) 2451216-1 Conceden licencia con goce de haber y otorgan apoyo económico a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Paraguay UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN Nº CU -685-2025- UNSAAC Cusco, 26 de septiembre de 2025