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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (25/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Sábado 25 de octubre de 2025 El Peruano / reversión de los saldos migratorios negativos provinciales, la redistribución espacial de la población y la atención al envejecimiento demográ fi co.” Que, mediante Informe Nº 079-2023-GRM-DIRESA/ DR-DEIESP/UPS, de fecha 17 de julio del 2023, la Lic. Sonia Aranibar Aranibar, en su condición de Responsable de Unidad Funcional Promoción de la Salud, emite el documento en mención a la M.C. Flor de María Curí Tito - Directora Ejecutiva de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, informándole que de acuerdo al Acta de Sesión Ordinaria Nº 02 del Consejo Regional de Salud Moquegua, realizada el día 31 de mayo 2023, se acordó exhortar la implementación de una Ordenanza Regional aprobando una Política de Alimentación Saludable y Estilos de Vida Saludable, debido al sobrepeso, obesidad y las enfermedades no trasmisibles (hipertensión, diabetes y enfermedad coronaria), que afecta principalmente a nivel Regional en el marco Nacional. Que, mediante Informe Nº 189-2023-GRM/GGR- GRDS, de fecha 24 de julio del 2023, el M.C. Juan Luis Herrera Chejo, en su condición de Gerente Regional de Desarrollo Social, remite al Econ. Hugo César Espinoza Palza - Gerente General Regional, el Proyecto de Ordenanza Regional para la Promoción del estilo de vida saludable y entornos saludables en la población de la Región Moquegua para su aprobación. Que, mediante O fi cio Nº 1168-2023-GRM/CR/ CD/GAP, de fecha 17 de noviembre del 2023, la Abg. Gabriela Andrade Palomo - en su condición de Consejera Delegada, solicita al Eco. Hugo Espinoza Palza - Gerente General Regional, el requerimiento de la Presidenta de la Comisión de Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza, para que trámite la opinión técnica y legal de la reformulación del proyecto de Ordenanza Regional para la Promoción de la Alimentación Saludable y Actividad Física y aplicable en el Sector Público y Privado de la Región Moquegua. Que, mediante Informe Nº 1319-2023-GRM/GGR- ORA, de fecha 26 de diciembre del 2023, el Abg. Saúl Hernán Herrera Díaz, en su condición de Jefe de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, hace suyo el Informe en mención, en donde concluye: En atención a lo vertido en el análisis del presente informe la O fi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Moquegua es de OPINION que es PROCEDENTE la propuesta de “ORDENANZA REGIONAL PARA LA PROMOCION DE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE Y ACTIVIDAD FÍSICA APLICABLE AL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO DE LA REGIÓN MOQUEGUA”, debiéndose derivar el presente al Consejo Regional para continuar el trámite correspondiente. Que, la Consejera Regional Maribel Grecia Mamani Asencio, en su condición de Presidenta de la Comisión de Desarrollo Social y Lucha Contra la Pobreza, solicita al Bach. Alonso Joann Quispe Romero - Consejero Delegado Regional, Opinión Técnica respectiva, sobre la propuesta de “Ordenanza Regional para la Promoción de la Alimentación Saludable y Actividad Física aplicable al Sector Público y Privado de la Región Moquegua”. Por esta razón el Abg. Marco Edu Cutipa Arohuanca - Secretario Técnico, mediante Informe Nº 15 -2024-MECA-ST-CR/GRM, de fecha 05 de marzo del 2024, Concluye: que deben quedar de fi nidas en el cuerpo normativo las categorías de “Promoción de Alimentación Saludable” y Actividad Física aplicable”; asimismo, deben establecerse los “Lineamientos” de aplicación para cumplir con la fi nalidad de la norma; y, debe especi fi carse si el cuerpo normativo será o no reglamentado. Que, el M.C. Juan Luis Herrera Chejo en su condición de Director Regional de Salud, mediante Informes Nº 348-2024-GRM-GG-GRDS/DIRESA, e Informe Nº 365-2024-GRM-GG-GRDS/DIRESA, de fechas 12 de junio y 25 de junio del 2024, respectivamente; documentos mediante el cual remite Proyecto de Ordenanzas, en la que incluye y se establece las de fi niciones operativas como: Alimentación Saludable, Alimentación, Nutrición, Actividad Física y Pausas Activas; Así como en su Proyecto de Ordenanza Regional en el artículo Dos, se incluye los lineamientos especí fi cos a tener en cuenta en la elaboración de estrategias regionales, precisando que no es necesario que la presente sea reglamentada, en razón de que establecerán Estrategias Regionales una vez aprobada la norma. En fi n, una Estrategia de Entorno Saludable, permite realizar acciones de promoción, prevención y protección que contribuyen al mejoramiento de las condiciones de salud de las poblaciones en su entorno (hogar, escuela, trabajo, barrio, localidad) promoviendo estilos de vida saludables. Que, con O fi cio Nº 025-2024-GRM/CR/CODSyLP/P/ MGMA del 05 de agosto del 2024, la Consejera Regional Maribel Grecia Mamani Asencio, en su condición de Presidenta de la Comisión Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, solicitó se considere en una próxima Sesión de Consejo Regional como un punto de agenda, a la deliberación del Dictamen Nº 003-2024/GRM/CR/CDSLCP del 05 de agosto del 2024. Que, mediante O fi cio Circular Nº 044-2024-GRM/ CR/CD/AJQR del 12 de agosto del 2024, el Consejero Regional Alonso Joann Quispe Romero en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo del 2024, convocó a la Sesión Extraordinaria Nº 18-2024-CR/GRM, a desarrollarse el 15 de agosto del 2024. Que, en el punto Nº 02 de la Agenda, se abordó el Dictamen Nº 003-2024/GRM/CR/CDSLCP, sobre la aprobación de la “ Ordenanza regional que promueve la alimentación saludable y actividad física en el ámbito de los sectores públicos y privados de la Región Moquegua ”. Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; con el voto por unanimidad y con la dispensa del trámite de aprobación del acta. HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE PROMUEVE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE Y ACTIVIDAD FÍSICA EN EL ÁMBITO DE LOS SECTORES PÚBLICOS Y PRIVADOS DE LA REGIÓN MOQUEGUA Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza regional que promueve la alimentación saludable y actividad física en el ámbito de los sectores públicos y privados de la región Moquegua. Artículo Segundo.- De fi nición de Alimentación Saludable. Es aquella alimentación variada con alimentos preferentemente en estado natural o con procesamiento mínimo, que aporta energía y todos los nutrientes esenciales que cada persona necesita para mantenerse saludable, permitiendo tener una mejor calidad de vida en todas las edades. Artículo Tercero.- De fi nición De Actividad Física. Se defi ne como cualquier movimiento del cuerpo producido por la acción voluntaria y que supone un gasto de energía. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Moquegua, promueva acciones y estrategias regionales para los sectores públicos y privados, basadas en los siguientes lineamientos: 1) Elegir y disfrutar todos los días de la variedad de alimentos naturales disponibles en la localidad. 2) Reducir el consumo de alimentos procesados y ultra procesados para proteger la salud. 3) Cuidar la salud, evitando el sobrepeso, y recudiendo el consumo de azúcar en las comidas y bebidas. 4) Mantener saludable el cuerpo, tomando seis (06) a ocho (08) vasos de agua al día. 5) Establecer en un documento técnico, el conjunto de alimentos saludables de la localidad. 6) Mantener el cuerpo y la mente, activos y alertas, realizando al menos treinta (30) minutos de actividad física al día. 7) Incorporar en la semana, como mínimo tres veces, actividades que refuercen, músculos y huesos. 8) Priorizar la recreación activa, social, espontánea y voluntaria.