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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (14/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Domingo 14 de setiembre de 2025 El Peruano / y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifíquese el artículo primero, segundo, tercero y quinto de la Resolución Jefatural N° 000193-2024/JNAC/RENIEC (19DIC2024), quedando redactado de la siguiente manera: Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, a nivel nacional y hasta la meta de 30,000 procedimientos de inscripción, duplicado, renovación y recti fi cación de datos del Documento Nacional de Identidad para personas con urgencias médicas (quienes se encuentren hospitalizadas, requieran de intervenciones quirúrgicas o necesiten a fi liarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose a personas menores y mayores de edad derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justifi cada, según formato - Anexo 01, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, de los procedimientos de renovación y duplicado del Documento Nacional de Identidad, tramitados a nivel nacional, para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social, como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la sociedad civil y cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justi fi cada, según formato - Anexo 02, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural y hasta la meta conjunta de 30,000 procedimientos fi jada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Autorizar la gratuidad desde el primer día hábil de enero 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, en todo tipo de trámites para la obtención y expedición del DNI, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta (60) años de edad, en situación de especial vulnerabilidad, a nivel nacional, que se realicen a través de campañas y/o jornadas de documentación o atención personalizada itinerante de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y hasta la meta conjunta de 30,000 procedimientos fi jada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Quinto.- Autorizar de manera excepcional, para los efectos de la presente Resolución Jefatural y únicamente para el caso de los Documentos Nacionales de Identidad electrónicos que son entregados a terceros mediante carta poder, la emisión del DNIe, sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales, para que posteriormente puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano titular de la inscripción ante cualquier Centro de Atención autorizado o realizarse de manera autónoma desde la comodidad de un entorno web. Artículo Segundo.- Modifíquese el artículo primero y segundo de la Resolución Jefatural N° 000195-2024/JNAC/RENIEC (19DIC2024), quedando redactado de la siguiente manera: Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad hasta la meta de 2,000 procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de Personas Naturales – RUIPN y consecuente emisión del Documento Nacional de Identidad electrónico – DNIe, en las modalidades de inscripción por primera vez, duplicado, renovación y recti fi cación de datos para: niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar, en situación de orfandad debido al fallecimiento de uno o dos de sus padres, abuelos o tutores, menores que acompañan a sus madres en el cumplimiento de su condena en establecimientos penitenciarios; personas menores y mayores de edad repatriados, personas en situación de calle, personas mayores o menores víctimas de delitos penales que vulneren la libertad, la integridad física y psicológica, la dignidad económica y social de las/os ciudadanos, así como para los familiares directamente afectados; siendo reportadas por instituciones del Estado u organizaciones de la sociedad civil, previo informe social y gestionadas en campañas y/o jornadas de documentación itinerante o atención personalizada itinerante de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social – DRIAS del RENIEC, para el año 2025. Artículo Segundo.- Autorizar de manera excepcional, para los efectos de la presente Resolución Jefatural y únicamente para el caso de los Documentos Nacionales de Identidad electrónicos que son entregados a terceros mediante carta poder, la emisión del DNIe, sin la inyección ni activación de los certi fi cados digitales, para que posteriormente puedan ser inyectados a solicitud del ciudadano titular de la inscripción ante cualquier Centro de Atención autorizado o realizarse de manera autónoma desde la comodidad de un entorno web. Artículo Tercero.- Modifíquese el artículo primero, segundo y tercero de la Resolución Jefatural N° 000201-2024/JNAC/RENIEC (26DIC2024), modi fi cada por la Resolución Jefatural N° 000017-2025/JNAC/RENIEC (03FEB2025), quedando redactado de la siguiente manera: Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad hasta la meta de trescientos un mil (301,000) procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales - RUIPN, para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad - DNI, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS, desde el primer día hábil del mes de enero 2025 hasta el 31 de diciembre del 2025, en las siguientes modalidades: a) Inscripción por primera vez, para población vulnerable indocumentada menor y mayor de edad que habiten en todos los distritos del Perú. b) Renovación y actualización de datos para niños, niñas y adolescentes de 0 a 17 años de edad que habiten en todos los distritos del Perú. c) Renovación, duplicados, actualización de imágenes y recti fi cación de datos (a excepción de recti fi cación de domicilio), dirigidos a personas mayores que habiten en 761 distritos seleccionados y categorizados como pobres y muy pobres conforme a los quintiles 1 y 2 de pobreza, en base a la metodología del Ministerio de Economía y Finanzas, así como por el Mapa de Pobreza Provincial y Distrital 2018, señalados en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. d) Renovación, duplicados, actualización de imágenes y recti fi cación de datos (a excepción de recti fi cación de domicilio), dirigidos a personas mayores que habiten en 140 distritos con comunidades nativas, de ámbitos VRAEM y zonas de frontera seleccionados y categorizados como pobres y muy pobres conforme al Mapa de Pobreza Provincial y Distrital 2018, señalados en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. e) Renovación, duplicados, actualización de imágenes y recti fi cación de datos (a excepción de recti fi cación de domicilio), dirigidos a personas mayores que cuenten con la constancia de clasi fi cación socioeconómica Sisfoh (pobre o pobre extremo) en todos los distritos del Perú. f) Recti fi cación o renovación del DNI de la persona mayor de edad que incluya de manera a fi rmativa su condición de donante de órganos y tejidos, con fi nes de trasplante o injerto, después de su muerte.. Artículo Segundo.- Disponer que los procedimientos realizados en el marco de la presente resolución se realizan con emisión de Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe). Artículo Tercero.- Autorizar de manera excepcional, para los efectos de la presente Resolución Jefatural y únicamente para el caso de los Documentos Nacionales de Identidad electrónicos que son entregados a terceros